Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE SES SALINES
Núm. 2104
Inicio procedimiento sancionador 54/2012
Medoune Diop
Calle Pedrera 32 bajos
Palma, C.P.07014.
Balears.
Vista la denuncia presentada por la Policía Municipal i que tuvo entrada en este ayuntamiento el 19 de octubre de 2012, por incumplimiento de bandos i ordenanzas instruido contra Medoune Diop, titular del N.I.E. X-5632127-W con domicilio en Calle Pedrera 32, bajos, de Palma de Mallorca , como consecuencia de una infracción de ordenanza se determinan los siguientes extremos:
PRIMERO. Hechos imputados. Mediante denuncia e informe de la Policía Municipal se puso en conocimiento del Ayuntamiento de Ses Salines que el día 10 de octubre de 2012, a las 18:35 de la tarde, el denunciado vendía sus productos de manera irregular y sin los permisos correspondientes en la parcela 37 y 39 de la Avenida Primavera de la Colonia de Sant Jordi.
SEGUNDO. Infracciones Cometidas. Los hechos son constitutivos de infracción administrativa conforme con lo establecido en el articulo 25 de la ordenanza general primera, reguladora de las normas de convivencia ciudadana, policía y buen gobierno donde se determina “Queda terminantemente prohibida la venta ambulante de cualquier clase de géneros en los espacios públicos, así como la colocación de géneros de cualquier clase sobre las aceras y la calzada, sin la previa autorización municipal, pudiendo ser multados en la primera vez, y en caso de reincidencia serles retirados y decomisados los géneros por la Policía Municipal..”
TERCERO. Sanciones que se pueden imponer. Que los hechos referenciados pueden ser considerados como constitutivos de infracción administrativa ,tipificada la infracción como leve, pudiendo corresponderle una sanción de 80 euros, de conformidad con el artículo 163.b, a) de la ordenanza general primera, reguladora de las normas de convivencia ciudadana, policía y buen gobierno.
CUARTO. Sanción que se impone. Se impone una sanción pecuniaria de 80€, pudiendo aprovecharse del 50% de reducción en caso de efectuar el pago de 40€ en el plazo máximo de 24 horas desde la notificación del presente documento, implicando dicho pago el reconocimiento de los hechos denunciados y la renuncia a presentar alegaciones.
QUINTO. Nombramiento de instructor y Secretario. Mediante la provisión de alcaldía de 6 de septiembre de 2012 se ha nombrado instructor del procedimiento sancionador a D. Joan Estrany Massanet, quien ostenta el cargo de abogado (siendo Secretario del procedimiento el Regidor de Urbanismo del Ayuntamiento).
Se le comunica que podrá promover recusación de instructor de conformidad con el articulo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas i de Procedimiento Común, en el caso que se de alguno de los supuestos del articulo 28 de la misma Norma.
SEXTO. Derechos del presunto responsable. De conformidad con los artículos 8.3 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero y 13.2 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora los interesados dispondrán de un plazo de quince días para efectuar las alegaciones, presentar los documentos e informes que estimen pertinentes, proponer pruebas, tener audiencia y vista del expediente, e utilizar los medios de defensa que en Derecho sean apropiados.
En el supuesto de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento, esta podrá ser considerada propuesta de resolución.
Transcurrido el plazo el órgano competente dictará la resolución que corresponda, pudiendo proceder a posteriori, si no se realiza el pago, al procedimiento de apremio contemplado en el Reglamento General de Recaudación con los recargos correspondientes, procediendo en su caso al embargo de sus bienes.
SÉPTIMO. Lugares y medios de pago:
El pago se podrá satisfacer en el número de cuenta abierto a nombre del Ayuntamiento de Ses Salines en la entidad bancaria “Sa Nostra” con el número 2051 0058 49 1004492449 indicando como concepto el nombre del sancionado y el número de expediente 54/2012. Así mismo, para el archivo del expediente sancionador, el denunciado deberá presentar el justificante del pago al Ayuntamiento de Ses Salines o en al Centro Cívico de la Colonia de Sant Jordi, presencialmente, por correo ordinario, correo electrónico o vía fax a la atención del Instructor del expediente sancionador.
Colonia de Sant Jordi, 15 de enero de 2013
Joan Estrany Massanet
Instructor del expediente sancionador
Ses Salines, 4 de febrero de 2013.
La Alcaldesa Presidenta
Maria Bonet Rigo