Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 2097
Notificación de propuesta de resolución de expediente por infracción administrativa en materia de pesca núm. 15/2012, 17/2012, 27/2012 y 30/2012
Dado que no ha sido posible notificar la propuesta de resolución de los expedientes sancionadores por infracción en la normativa de pesca, Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, le notificamos, de acuerdo con lo que se determina en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, con este anuncio se pone en conocimiento de las personas interesadas que se detallan en el anexo adjunto que el instructor nombrado en el procedimiento administrativo ha dictado propuesta de resolución del expediente sancionador por presunta infracción cometida en materia de pesca.
Se le comunica que a partir de este momento pueden acceder con la asistencia, en su caso, de los asesores que necesiten, al contenido del expediente que se encuentra en las dependencias del Departament d’Agricultura, Ramaderia, Pesca, Caça i Cooperació Municipal del Consell Insular d’Eivissa, en la av. de España, 49, 3r piso, y obtener copias de los documentos que contiene al amparo de lo que establece el art. 14 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, y se les concede un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de esta publicación para que formulen alegaciones y presenten los documentos y las informaciones que consideren pertinentes. Así mismo, podrá reconocer su responsabilidad y hacer efectiva la sanción correspondiente. En caso de no efectuar alegaciones ni reconocer su responsabilidad dentro del plazo legalmente establecido, se dictará resolución definitiva del expediente.
Lo cual les notifico para su conocimiento y a los efectos oportunos.
Eivissa, 5 de febrero de 2013
La Secretaria Tècnica de l’Àrea de Cultura, Turisme i Agricultura
Concepción Rebollo Laserna
Anexo
Nº. de expediente: 15/2012
Presunto responsable: (datos personales ocultos)
Fecha de la propuesta de resolución: 17 de octubre de 2012
Precepto infringido: art. 96.1a de la Ley 3/2001, de 26 de marzo de Pesca Marítima del Estado en relación con el artículo 2 del Decreto 69/1999, por el que se regula la pesca deportiva y recreativa en las aguas interiores del archipiélago balear (BOCAIB 80 de 22.06.1999, modificado por el Decreto 61/2002, de 19 de abril (BOIB 51 de 27.04.2002), y articulo 96.1f de la Ley de Pesca Marítima del Estado (BOE núm. 75 de 18 de marzo de 2001) en relación con el artículo 12j del Decreto 69/1999, por el cual se regula la pesca deportiva y recreativa en las aguas interiores del archipiélago balear (BOIB núm. 80 de 22.06.1999), modificado por el Decreto 61/2002, de 19 de abril (BOIB núm. 51 de 27.04.2002)
Calificación de la infracción: Grave
Sanción: 602 €
Último domicilio: (datos personales ocultos)
Municipio: Sant Josep de sa Talaia
Nº. de expediente: 17/2012
Presunto responsable: (datos personales ocultos)
Fecha de la propuesta de resolución: 29 de noviembre de 2012.
Precepto infringido: art. 96.1a de la Ley 3/2001, de 26 de marzo de Pesca Marítima del Estado en relación con el artículo 2 del Decreto 69/1999, por el que se regula la pesca deportiva y recreativa en las aguas interiores del archipiélago balear (BOCAIB 80 de 22.06.1999, modificado por el Decreto 61/2002, de 19 de abril (BOIB 51 de 27.04.2002).
Calificación de la sanción: Grave.
Sanción: 301 €.
Último domicilio: (datos personales ocultos)
Municipio: Santa Eulària des Riu.
Nº. de expediente: 27/2012
Presunto responsable: (datos personales ocultos)
Fecha de la propuesta de resolución: 29 de noviembre de 2012
Precepto infringido: art. 96.1a de la Ley 3/2001, de 26 de marzo de Pesca Marítima del Estado en relación con el artículo 2 del Decreto 69/1999, por el que se regula la pesca deportiva y recreativa en las aguas interiores del archipiélago balear (BOCAIB 80 de 22.06.1999, modificado por el Decreto 61/2002, de 19 de abril (BOIB 51 de 27.04.2002)
Calificación de la infracción: Grave
Sanción: 301 €
Último domicilio: (datos personales ocultos)
Municipio: Santa Eulària des Riu
Nº. de expediente: 30/2012
Presunto responsable: (datos personales ocultos)
Fecha de la propuesta de resolución: 3 de diciembre de 2012
Precepto infringido: art. 96.3b de la Ley 3/2001, de 26 de marzo de Pesca Marítima del Estado (BOE 75, de 28 de marzo de 2001) en relación con el artículo 12 del Decreto 17/2003 (BOIB núm. 28 de 01.03.2003) en el que se regula la pesca de artes menores en las aguas interiores de las Illes Balears.
Calificación de la infracción: Grave
Sanción: 5.000 €
Último domicilio: (datos personales ocultos)
Municipio: Barcelona