Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 23 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 1458
Procedimiento Ordinario 0000400/2011. Sobre Otras Materias.
D. LUIS MÁRQUEZ DE PRADO MORAGUES, Secretario Judicial del Juzgado de 1ª Instancia nº 23 de Palma de Mallorca, hago saber:
Que en el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución cuyo ENCABEZAMIENTO y FALLO son del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Palma de Mallorca, a dieciocho de enero de dos mil trece.
Vistos por Dª. SONIA I. VIDAL FERRER, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 23 de Palma de Mallorca los presentes autos de Juicio Ordinario en reclamación de cantidad seguidos en este Juzgado con el nº 400/11 a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS de la c/ MANACOR, 79 representada por el Procurador ONOFRE PERELLÓ y asistida de la Letrado NIEVES ALEÑAR contra HERENCIA YACENTE DE SARA GALLARDO VILLUENDAS, en rebeldía.
FALLO
SE ESTIMA la demanda formulada a instancia de COMUNIDAD DE PROIETARIOS del edificio sito en c/ MANACOR, Nº 79 DE PALMA representada por el Procurador ONOFRE PERELLÓ contra HERENCIA YACENTE DE SARA GALLARDO VILLUENDAS y se CONDENA a la demandada al pago de la cantidad de 14.830€ más los intereses legales desde la interposición de la demanda y al pago de las costas procesales.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días a partir del siguiente a su notificación. Para ello se deberá depositar en la cuenta del juzgado el importe de 50€ de conformidad a lo dispuesto en la DA 15 de la LOPJ.
Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio en autos, para unir el original al Libro de Sentencias del Juzgado, definitivamente juzgado en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado.- SONIA I. VIDAL FERRER- Rubricado.
PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido leída y publicada en el día de la fecha por el mismo Juez que la ha dictado, estando celebrado en audiencia pública en presencia de quien la suscribe. Doy fe.
Y para que sirva de notificación a la HERENCIA YACENTE de Dª SARA GALLARDO VILUENDAS, se extiende el presente
PALMA DE MALLORCA a veintidós de Enero de dos mil trece.
EL SECRETARIO JUDICAL.