Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE INCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 5 DE INCA
Núm. 1320
Divorcio Contencioso 0002684/2011. Sobre Otras Materias.
D. JOSE MANUEL CASTIÑEIRA ALVARIÑO, Secretario Judicial, del JDO.1A.INSTANCIA N.5 de INCA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento de DIVORCIO CONTENCIOSO Nº 2684/2011 seguido a instancia de JAIME CIFRE COVAS frente a ANDREA GONZALEZ RODRIGUEZ Se ha dictado Sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA n 198/2012
En Inca, a 11 de octubre de 2012.
Juez-Magistrado que la dicta: D. Orestes Muñoz Villena.
PRIMERO.- Que por la meritada representación de la parte actora se presentó demanda arreglada a las prescripciones legales en la que, previa alegación de los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables, terminaba suplicando que se dictara sentencia por la que se disuelva el matrimonio celebrado entre los cónyuges y solicitando ciertas medidas desestimadas en el acto de juicio y formes al no ser recurridas en forma. Fundaba su acción en el Art. 86 CC.
SEGUNDO.- Que, admitida a trámite la demanda y dado traslado de la misma al demandado para que compareciera en tiempo y forma y la contestara, no lo verificó, siendo declarada en rebeldía.
TERCERO.- Que, convocadas las partes a Juicio, compareció la actora, que se afirmó y ratificó en su escrito de demanda, no compareciendo el demandado.
CUARTO.- Que a propuesta de la parte actora se ha practicado prueba de interrogatorio de parte y documental por reproducida.
QUINTO.- Que en la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.
FALLO.
QUE ESTIMANDO TOTALMENTE las pretensiones interpuestas por el Procurador de los tribunales Dª. María Teresa Pérez Vicens, en nombre y representación de D. Jaime Cifre, declaro disuelto por divorcio el matrimonio de D. Jaime Cifre Covas y Dª. Andrea González Rodríguez.
No procede hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.
Firme que sea la presente resolución, comuníquese al Sr. Encargado del Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de lo sujetos de este pleito.
Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, que habrá de prepararse ante este Juzgado en plazo de cinco días, y del que conocerá, en su caso, la Ilma. Audiencia de les llles Balears.
Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicho demandado, ANDREA GONZALEZ RODRIGUEZ, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
INCA a quince de Octubre de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,