Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
VICEPRESIDENCIA ECONÓMICA, DE PROMOCIÓN EMPRESARIAL Y DE OCUPACIÓN
Núm. 2030
Resolución del vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Empleo por la que se modifica la Resolución de 21 de junio de 2005 de determinación de la zona de gran afluencia turística del municipio de Sant Antoni de Portmany, a efectos de exclusión de la limitación de horarios comerciales
Hechos
1. El 4 de septiembre de 2012, el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany presentó a la Vicepresidencia Económica, de Promoción Empresarial y de Empleo la propuesta de determinar todo el término municipal de Sant Antoni como zona de gran afluencia turística.
2. El 17 de octubre de 2012, el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany presentó a la Vicepresidencia Económica, de Promoción Empresarial y de Empleo documentación complementaria de su solicitud.
3. El 14 de enero de 2013, el Servicio de Comercio emitió un informe que señala que la propuesta del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany supone ampliar la zona de gran afluencia turística determinada para el municipio de Sant Antoni de Portmany mediante la Resolución del director general de Comercio de 21 de junio de 2005 (BOIB nº. 100, de 2 de julio) y también que la propuesta se ajusta a los requisitos que establece el artículo 22 de la Ley 11/2001, de 15 de junio, de Ordenación de la Actividad Comercial en las Illes Balears para la determinación de zonas de gran afluencia turística.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 21.1.b) de la Ley 11/2001, de 15 de junio, de Ordenación de la Actividad Comercial en las Illes Balears, en la redacción aprobada por la Ley 8/2009, de 16 de diciembre, de reforma de la Ley 11/2001, de 15 de junio (BOIB nº. 186, de 22 de diciembre de 2009).
2. El artículo 22 de la Ley 11/2001, de 15 de junio, de Ordenación de la Actividad Comercial en las Illes Balears, en la redacción aprobada por el Decreto Ley 11/2012, de 19 de octubre, por el que se modifica la Ley 11/2001, de 15 de junio (BOIB nº. 155, de 23 de octubre de 2012).
3. La Resolución del vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Empleo de 3 de octubre de 2011 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Vicepresidencia Económica, de Promoción Empresarial y de Empleo, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Vicepresidencia (BOIB nº. 153, de 8 de octubre).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Determinar que es zona de gran afluencia turística, a efectos de excluir la limitación de horarios comerciales establecida en la Ley 11/2001, de 15 de junio, de ordenación de la actividad comercial en las Illes Balears:
- Todo el término municipal de Sant Antoni de Portmany.
2. Notificar esta Resolución al Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante del vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Empleo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, 5 de febrero de 2013
El director general de Comercio y Empresa
César Nuño Pacheco Cifuentes
Por delegación del vicepresidente económico,de Promoción Empresarial y de Empleo(BOIB 153/2011)