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AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 1959
Expediente 212-2006 - Obras
Intentada la notificación sin éxito a Marti Vell de Gestió, S.L. en varias ocasiones del acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 27/11/2012, referente al expediente 212-2006, y resultando lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento administrativo común. (LRJAP-PAC), se hace público su contenido por un plazo de 20 días a los efectos que la Ley establece.
Son Servera, 04 de febrero de 2013
El alcalde,
Jose Barrientos Ruiz
“Antoni Gual Sureda, Secretario del Ayuntamiento de Son Servera, Baleares.
CERTIFICO:
Que según consta en el acta de la Junta de Gobierno Local ordinaria de dia 27 de noviembre de 2012, se adoptó por unanimidad y por delegación de alcaldia decreto número 797/2011, entre otros, el acuerdo que copiado literalmente dice lo siguiente:
“2-Expediente de obra mayor número 212/06 (Caducidad)
Identificación de l’expediente: 000212/2006- OBRAS
Interesado: MARTI VELL DE GESTIO, SL
Descripción: Expediente de obra mayor núm. 212/06 (Caducidad)
Mediante resolución de Alcaldia número 364/2007 se concedió licencia de obra mayor número 212/2006-obras con el objectivo de ejecutar las siguientes obras en la calle Coma de Ses Bolengues, 44, Edificio de Viviendas.
Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 8 de julio de 2008 se aprobó el correspondiente projecto de ejecución . Dicho acuerdo fue notificado a la parte interesada en fecha 19 de julio de 2008.
El 11 de octubre de 2012, la Srª Carme Galmés Manresa presentó escrito solicitando el inicio inmediato del expediente de caducidad del expediente de obras núm. 212/2006, al haber transcurrido los plazos fijados a la licencia para ejecución de obras sin que estas se hayan ejecutado.
En fecha 19 de noviembre de 2012 los servicios de inspeccón municipal emitieron informe haciendo constar que solamente se han ejecutado las obras de excavación referentes al proyecto indicado en los apartados anteriores.
De acuerdo con el artículo 8.2 i siguientes de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística y visto el informe jurídico de fecha 19 de enero de 2012, que en la parte bastante dice:
“CONSIDERACIONES JURÍDICAS
La disposición invocada establece que transcurridos los plazos para el inicio de las obras así como el plazo final de ejecución, el Ayuntamiento deberá iniciar el correspondiente expediente de caducidad de la licencia concedida, teniendo que advertir de esta consecuencia a la propia licencia de obras.
El procedimiento para la declaración de caducidad de una licencia de obras es el siguiente:
-Acuerdo de iniciación del expediente de caducidad de la licencia.
-Audiencia al interesado por un plazo no inferior a 15 dias para que pueda formular las siguientes alegaciones que crea mas oportunas.
-Resolución de alegaciones y resolución del expediente “
Revisado el expediente y visto que no se han cumplido los plazos d’ejecución de la obra tal y como hace constar la Srª Galmés Manresa a su escrito, de acuerdo con el acta de los servicios de inspección municipal”.
Esta Junta de Gobierno Local acuerda por unanimitat:
Primero.- Iniciar el expediente de caducidad del expediente de obra mayor número 212/2006-obras para la ejecución de un edificio de viviendas en calle Coma de Bolengues, 4 del Port Verd, de acuerdo con el artículo 8 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística, una vez que esta corporación h podido comprovar que no se ha cumplido los plazos de eejecución de las obras, circunstancia que fue advertida al documento otorgante de licencia municipal de obras.
Segundo.- Notificar el presente acuerdo a la sociedad MARTI VELL DE GESTIÓ, SL para que en el plazo de 15 dias y mediante la correspondiente representación puedan presentar reclamaciones y alegaciones en contra de la presente resolución, la cual no agota la via administrativa.
Tercer.- Notificar el presente acuerdo a la Srª Carme Galmés Manresa
Y para que conste i surta efectos , expido el presente certificado.
Son Servera a 28 de noviembre de 2012
Visto bueno
El Alcalde,
José Barrientos Ruiz
Contra esta resolución que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a.- Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente decreto.
b. - El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la
jurisdiccióncontenciosa administrativa y de la Ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Son Servera, 04 de febrero de 2013