Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 1919
Disciplina.DO-2008/444.Estimar parc alegaciones y ordenar demolición
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a KARIN-LÍNIA PAGMAR Linder, KARIN-MARIANNE PAGMAR (props), JUAN ESTARELLAS GALMÉS i "DEVELLNOU SL" (PROM), exp. nº DO-2008/444, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a KARIN-MARIANNE PAGMAR,, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice:
Le notifico que, por acuerdo del Conde Gerència d’Urbanisme de data 13/11/2012, s'ha disposat el següent:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN: Que formula la instructora del expediente de demolición, que se sigue contra KARIN-LINEA PAGMAR LINDER, KARIN-MARIANNE PAGMAR (PROPS), JUAN ESTARELLAS GALMÉS y “DEVELLNOU S.L.” (PROM), conforme al artículo 66.2 de la Ley 10/90 de disciplina urbanística de la CAIB.
RESULTANDO: Que el 5.07.2012 se formuló propuesta de RETIRADA/DEMOLICIÓN de las obras ejecutadas en C/ San Magín 24, RC 08903213, consistentes en “Adición de una planta piso +- 50 m2 con la correspondiente estructura y forjado, reforma de piso 1”
Que el 7.08.2012, el Sr. JUAN ESTARELLAS GALMÉS (PROM), en su propio nombre y en el de la entidad “DEVELLNOU S.L.” (PROMS), formuló las alegaciones que tuvo por convenientes.
Que ha transcurrido el tiempo concedido a KARIN-LINEA PAGMAR LINDER y KARIN-MARIANNE PAGMAR (PROPS) para formular alegaciones, no habiendo formulado ninguna alegación.
CONSIDERANDO: Los informes que figuran en el expediente y que las alegaciones formuladas desvirtúan parcialmente los hechos acreditados en el mismo.
Visto el artículo referido y otros de general aplicación, la instructora que suscribe emite el presente informe, y eleva al Consejo de la Gerencia la siguiente propuesta:
1º ESTIMAR PARCIALMENTE las alegaciones formuladas por el Sr. Juan Estarellas Galmes, en su nombre y derecho, y en representación de la entidad “DEVELLNOU S.L.”, frente a la propuesta de 5.07.2012 de retirada demolición de las obras ejecutadas en C/ San Magín 24, RC 08903213, consistentes en “Adición de una planta piso +- 50 m2 con la correspondiente estructura y forjado, reforma de piso 1” , con fundamento en el informe del TAG del servicio de 10.10.2012, que literalmente dice: “1º ESTIMAR PARCIALMENTE las alegaciones formuladas por el Sr. Juan Estarellas Galmes, en su nombre y derecho, y en representación de la entidad “DEVELLNOU S.L.”, frente a la propuesta de 5.07.2012 de retirada demolición de las obras ejecutadas en C/ San Magín 24, RC 08903213
CONSIDERANDO
2º RECTIFICAR EL ERROR en la identidad del promotor, siendo el Sr. Juan Estarellas Galmés representante de la entidad promotora “DEVELLNOU S.L.” (PROM).
3º ORDENAR, vistos los artículos 67.1 y 68 de la Ley 10/90, de 23 de octubre de la CAIB a los Sres. KARIN-LIEA PAGMAR LINEA y KARIN-MARIANNE PAGMAR (PROP), que procedan a la RETIRADA/DEMOLICIÓN de las obras ejecutadas sin licencia en en C/ San Magín 24, RC 08903213, consistentes en “Adición de una planta piso +- 50 m2 con la correspondiente estructura y forjado, reforma de piso 1” así como cualquier otro tipo de obras o instalaciones realizadas sin la preceptiva licencia municipal, para restituir el inmueble en el estado en que se encontraba antes de la comisión de la infracción urbanística. Visto que las obras referidas no están amparadas en ninguna licencia de obras, y visto el informe del arquitecto técnico municipal de 19.07.2012 que dice “Las obras son parcialmente legalizables”. Antes de iniciar la demolición deberán cumplirse las condiciones que indica el informe técnico de 19.07.2012, y que dice:
“Las siguientes condiciones de demolición se habrán de considerar de obligado cumplimiento antes de iniciar la demolición:
1. Redactar proyecto técnico.
2. Nombrar técnicos directores de obra.
3. Redactar estudio básico de seguridad y salud.
6. Nombrar Coordinador de Seguridad
5. En cumplimiento de lo preceptuado en la “Resolución de inicio del servicio público obligatorio insularizado para la gestión de los residuos de construcción, demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca” publicada en el BOIB de 15-11-2005, se habrá de cumplir el artículo 9 del “Plan Director Sectorial para la gestión de los residuos de construcción-demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la Isla de Mallorca (BOIB 23-11-2002), obteniendo la siguiente documentación:
6. Tendreis que realizar nombramiento de la empresa constructora de la Asociación de Constructores de las Baleares, o bien un compromiso, firmado por Ud. y el constructor, y una copia de l’IAE o del documento de cualificación empresarial.
EL PLAZO DE LA EJECUCIÓN SERÁ 3 MESES”
Indicar que para llevar a cabo la demolición de las obras denunciadas deberá disponer de toda la documentación que se relaciona en las condiciones de demolición, sin que sea preceptiva la solicitud de una licencia municipal de obras.
4º APERCIBIR a los interesados, conforme los artículos 67 y siguientes de la Ley 10/1990 de disciplina urbanística de la CAIB, que el incumplimiento de esta orden de demolición, retirada o reconstrucción, podrá dar lugar a la EJECUCIÓN SUBSIDIARIA por este Ayuntamiento, para lo cual se solicitará presupuesto a la empresa adjudicataria de la realización de obras por vía de ejecución subsidiaria del Ayuntamiento. Desde el momento en el que se solicita la presentación del presupuesto, se considerará iniciada la EJECUCIÓN SUBSIDIARIA y todos los gastos que se originen por la preparación y posterior ejecución subsidiaria de las obras descritas en el apartado 1º de este acuerdo, serán a cargo del propietario obligado.
5è COMUNICAR ESTE ACUERDO AL DEPARTAMENTO FINANCIERO a efectos de la recaudación de los tributos correspondientes.
La valoración de les obras realizadas, efectuada por el técnico municipal de acuerdo con los precios del colegio oficial de arquitectos técnicos de Mallorca, es de 7.834,74€
6º NOTIFICAR la presente resolución a los interesados y dar cuenta al Negociado de Expedientes Sancionadores para iniciar/continuar el expediente sancionador
Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El plazo para interponerlo es de un mes, contado desde el día siguiente de la publicación del presente edicto. En este caso, no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento, o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente que se ha interpuesto . En este caso expedita la vía contencioso administrativa.
De no utilizar el recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. 116 antes mencionado y lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación del presente edicto, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.
Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).
Palma, 22 de enero de 2013
La jefa de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod