Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 9 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 1724
Expediente de Dominio. Reanudación del Tracto 0001065/2011. Sobre Otras Materias.
CEDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
“DISPONGO:
ESTIMAR la solicitud de REANUDACIÓN DEL TRACTO SUCESIVO formulada por D. BENITO PLAZA DAGUERRE respecto a la finca urbana consistente en parcela de terreno procedente del predio de Son Orlandis, de unos 330 metros cuadrados, que comprende además una casita, y que constituye la registral nº 30.958, inscrita en el tomo 4.158, libro 475, folio 236, sección IV del Registro de la Propiedad nº 9 de Palma a nombre de D. Mariano Muñoz Jiménez y Dña. Ana Molina Fernández, declarando que el referido demandante ha adquirido el dominio de la anterior finca, sirviendo esta resolución, en el momento en que sea firme, de título bastante para la inscripción.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe RECURSO DE APELACIÓN en ambos efectos a interponer por el Ministerio Fiscal o por cualquiera de los interesados, que podrá interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente resolución y será resuelto, en su caso, por la Ilma. Audiencia Provincial de Palma. Este recurso no se admitirá si no se acredita una consignación de 50 euros en la Cuenta de Depósitos de este Juzgado.
Una vez firme esta resolución, expídase testimonio de la misma, y entréguese al solicitante, incorporando el original al Libro de Actas y archivándose definitivamente las actuaciones.
Así lo acuerda, manda y firma Dña. Mª del Pilar Anguita Mata, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Palma de Mallorca. Doy fe.’
Y como consecuencia del ignorado paradero de D. MARIANO MUÑOZ JIMENEZ, ANA MOLINA FERNANDEZ, RAFAEL MOLL SALAMANCA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En PALMA DE MALLORCA a veintiuno de Febrero de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.