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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 1844
Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades y presidente del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares, por la cual se conceden las ayudas de transporte, manutención y/o becas para minusvalía i ayudas a la conciliación dirigidas a trabajadores prioritariamente desocupados de las acciones formativas aprobadas para el periodo 2010-2011 dirigidas prioritariamente a trabajadores ocupados por la cual se autoriza y dispone el gasto, se reconoce la obligación y se propone el pago .

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Texto

Hechos

 1-Mediante la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 18 de octubre de 2010 (BOIB. 152, de 21 de octubre) se aprobó la convocatoria informativa para solicitar ayudas para transporte, manutención y alojamiento, de becas cuando se trate de personas con discapacidad y de ayudas a la conciliación, por parte del alumnado desocupado de los cursos correspondientes a las convocatorias de las acciones de formación profesional para la ocupación en materia de formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadoras y trabajadores ocupados aprobadas para el periodo 2010-2011. Esta resolución ha sido modificada por la resolución de la consejera de Turismo y Trabajo, de 3 de noviembre de 2010 (BOIB. 162 de 6 de noviembre), por la resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 1 de abril de 2011 (BOIB núm.51 Ext. de 6 de abril de 2011) y por la resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 6 de abril de 2011 (BOIB núm.56 de 14 de abril de 2011).

2-De acuerdo con el apartado primero, punto segundo de la Resolución de convocatoria mencionada, los trabajadores desocupados participantes en las acciones de formativas aprobadas para el periodo 2010-2011, pueden recibir ayudas de transporte, manutención y alojamiento, así como también becas, cuando se trate de personas con discapacidad desocupadas y de ayudas a la conciliación, regulados en los artículos 25, 26 y 27 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, de acuerdo con aquello que dispone el Anexo I.

3-Las personas que se indican en el anexo 1 adjunto, como alumnos desocupados de las acciones formativas aprobadas para el periodo 2010-2011 dirigidas prioritariamente a trabajadores ocupados, han presentado solicitudes de ayudas para transporte, manutención y alojamiento, de becas cuando se trate de personas con discapacidad y de ayudas a la conciliación, en el marco de la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 18 de octubre de 2010 (BOIB núm152, de 21 de octubre).

4-Estas personas han presentado las solicitudes dentro del plazo correspondiente y junto con la documentación requerida en el apartado 2 del anexo 1 de la Resolución mencionada.

Fundamentos de derecho

1-La Ley 7/2000, 15 de junio, de creación del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB), modificada por la Ley de 9/2009, de 21 de diciembre, de presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2010, prevé que la finalidad del SOIB, es la planificación, gestión y coordinación de las políticas de ocupación, con funciones concretas de información, orientación e intermediación en el mercado laboral, como también el fomento de la ocupación en todas sus vertientes y el desarrollo de la formación profesional para la ocupación. Y de conformidad con el Decreto 4/2011, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 7/2000, de 15 de junio (BOIB. 119, de 6 de agosto), se adscribe al servicio de Ocupación de las Islas Baleares en la consejería competente en materia de educación.

2-De acuerdo con el artículo 15.2.g) e y) del Decreto 30/2001 de 23 de febrero, de constitución y régimen jurídico del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (BOIB. 28 de 6 de marzo), modificado por el Decreto 9/2005, de 28 de enero (BOIB. 17, de 1 de febrero), es función del presidente autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer el pago del servicio, así como, conceder ayudas y subvenciones.

3-La ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, tiene por objeto la regulación del régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas.

4-el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB. 196, de 31 de diciembre); tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones, cuya gestión corresponde a la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares o a las entidades públicas que dependen.

5-El Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 7 de marzo de 2008 (Orden TAS/718/2008) por la que se despliega el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo que regula el subsistema de formación profesional para el trabajo en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras por la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación (BOE nº. 67 de 18 de marzo de 2008).

6-El Real Decreto 357/2006 de 24 de marzo por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en el ámbito de la ocupación y de la formación profesional ocupacional.

7-Mediante la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 2010 (BOIB nº. 152, de 21 de octubre), se convoca al alumnado de estos cursos a fin de que puedan presentar solicitudes de ayudas para transporte, manutención y alojamiento, y de becas, cuando se trate de personas desocupadas discapacitadas y de ayudas a la conciliación. El apartado 5 del anexo I de la convocatoria regula los importes de las becas para personas con discapacidad desocupadas y de ayudas a la conciliación; de las ayudas para transporte y manutención y de las ayudas para manutención y alojamiento.

8-De acuerdo con el artículo 39.7 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, las subvenciones que se conceden en consideración a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor, no requieren ninguna otra justificación que la acreditación por cualquier medio admisible en derecho de la situación mencionada previamente a la concesión, sin perjuicio de los controles que se puedan establecer para verificar la existencia.

9-La Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB), modificada por la Ley 9/2009, de 21 de diciembre, de presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2010, prevé que la finalidad del SOIB es la planificación, la gestión y la coordinación de las políticas de ocupación, con funciones concretas de información, de orientación y de intermediación en el mercado laboral, como también el fomento de la ocupación en todas sus vertientes y el desarrollo de la formación profesional para la ocupación. El Decreto ley 4/2011, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 7/2000, dispone que este Servicio queda adscrito a la consejería competente en materia de educación.

10-Instrucción 1/2008, de 10 de junio de 2008, de la Intervención General y de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la cual se regula el pago de subvenciones, ayudas y otros gastos de escasa cuantía de naturaleza análoga a un número significativo de perceptores.

11-Autoritzación para la utilización del sistema de pago de subvenciones de escasa cuantía a un número significativo de perceptores en la tramitación de ayudas para transporte, manutención, alojamiento, y de becas cuando se trate de personas con discapacidad y de conciliación por parte del alumnado desocupado de los cursos correspondientes a la convocatoria de acciones dirigidas prioritariamente a trabajadores ocupados aprobadas por el periodo 2010-2011 del Interventor General, de 16 de mayo de 2012.

Visto la propuesta de la Directora del SOIB de fecha del 28 de noviembre, dicto la siguiente:

Resolución

1-Conceder una subvención en concepto de ayuda para transporte, manutención y alojamiento, de becas cuando se trate de personas con discapacidad y de ayudas a la conciliación a las personas que figuran en el anexo 1, como trabajadores desocupados, en los términos siguientes:

a) Ayudas para transporte (TR)

-El importe total de la ayuda para transporte que corresponde a cada alumno se tiene que calcular de acuerdo con lo que establece el apartado 5 del anexo I de la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 2010 (BOIB nº. 152, de 21 de octubre): 4,50 euros por día de asistencia cuando el centro en el cual se imparte la formación radique en un municipio diferente en el del domicilio que consta en la tarjeta de demanda de ocupación del alumno; 1,50 euros por día de asistencia cuando el centro en el cual se imparte la formación y el domicilio del alumno que consta en la tarjeta de demanda de ocupación radiquen en el mismo municipio.

-Se considera último domicilio del alumno el que consta en su tarjeta de demanda de ocupación, el cual tiene que coincidir con lo que figura en la solicitud.

-Los beneficiarios de las ayudas que incurran en más de tres faltas de asistencia mensuales no justificadas en cada acción formativa perderán el derecho a percibir la ayuda, de acuerdo con el artículo 28.3 del Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo.

-Los beneficiarios no pueden percibir el importe de la ayuda correspondiente a los días lectivos en qué hayan dejado de asistir al curso, con independencia que esta ausencia se haya justificado o no, de acuerdo con el punto 2.3 del anexo I de la Resolución del consejero de Turismo y Trabajo de 2010 (BOIB nº. 152, de 21 de octubre).

b) Becas para personas con discapacidad (DIS)

-El importe total de la beca es de 5,50 euros por día lectivo de asistencia, de acuerdo con lo que establece el punto 5 del anexo I de la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 2010 (BOIB nº. 152, de 21 de octubre).

-Los beneficiarios de las becas para personas con discapacidad que incurran en más de tres faltas de asistencia mensuales no justificadas en cada acción formativa perderán el derecho a percibir la ayuda, de acuerdo con el artículo 28.3 del Orden TAS/178/2008, de 7 de marzo.

-Los beneficiarios de las becas para personas con discapacidad no pueden percibir las becas correspondientes a los días lectivos en que hayan dejado de asistir al curso, independientemente que esta ausencia se haya justificado o no, de acuerdo con el punto 2.3 del anexo I de la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 2010 (BOIB nº. 152, de 21 de octubre).

c)Ayudas de conciliación(CC)

-Tienen una cuantía correspondiente al 75% del IPREM diario por día de asistencia, determinado a la Ley de presupuestos generales del estado para el año 2010, de acuerdo con lo que establece el punto 1 del anexo II de la Resolución de la consejera de Turismo y Trabajo de 18 de octubre de 2010.

-Los beneficiarios de las ayudas de conciliación que incurran en más de tres faltas de asistencia mensuales no justificadas en cada acción formativa perderán el derecho a percibir la ayuda, de acuerdo con el artículo 28.3 del Orden TAS/178/2008, de 7 de marzo.

-Los beneficiarios de las ayudas de conciliación no pueden percibir el importe de la beca correspondiente a los días lectivos en que hayan dejado de asistir al curso sin causa justificada.

2-Autoritzar y disponer el gasto, reconocer la obligación y proponer el pago de ayudas para transporte, manutención y alojamiento, de becas cuando se trate de personas con discapacidad y de ayudas a la conciliación de los alumnos de las acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadoras y trabajadores ocupados aprobadas por el periodo 2010-2011 relacionados en el anexo 1 adjunto, el número total de beneficiarios es de 176 becarios, siendo el primer alumno de la nómina el Sr/a. CABALLERO GUERRA ROSA MARÍA con NIF/NIE 07018795 T y el último la Sr/a. CHANG CALVO MARIA con NIF/NIE X9836516Z, por un importe de 5.297,27€ con cargo en las partidas presupuestarias de los presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el ejercicio 2012 siguientes:

4.405,5 € a cargo de la partida 76101.322D03.48033.00.19207

891,77 € a cargo de la partida 76101.322D03.48047.00.19207

3-Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del consejero de Educación, Cultura y Universidades y presidente del SOIB en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativos en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 29 de noviembre de 2012

El presidente del SOIB
Por
delegación de competencias(Res. Presidente del SOIB 28 de noviembre de 2011.BOIB 180 de 1 de diciembre)
El vicepresidente del SOIB
Onofre Ferrer Riera

 

Anexo 1

CURS     DNI/NIE NOM 1er LLINATGE 2n LLINATGE IMPORT

F20100655

172

2

07018795T

Rosa María

Caballero

Guerra

19,5

F20100688

8

1

07807007W

José Enrique

García

Sánchez

12

F20100688

4

1

07807007W

José Enrique

García

Sánchez

15

F20100655

174

1

13939160X

Alicia

Revuelta

López

40,5

F20100667

17

1

15344386M

María Cecilia

García

Flores

15

F20100651

67

2

15519513X

Manuel

Martínez

Garrido

22,5

F20100645

4

2

18217735X

Isabel

Colomina

Vert

9

F20100645

8

2

18217735X

Isabel

Colomina

Vert

7,5

F20100645

11

1

18218670W

María Antonia

Mestre

Nicolau

18

F20100645

11

1

18226642Q

Francisca

Nadal

Font

18

F20100645

30

1

18232668Q

Mª del Carmen

Colmenero

Femenia

49,5

F20100645

7

2

18235772S

Catalina María

Garau

Tur

15

F20100655

178

1

25983086D

MªDolores

Estrella

Jiménez

50

F20100651

20

5

26461732W

María Josefa

Bustos

Rodríguez

22,5

F20100688

8

1

28357101X

Antonio

Miranda

García

31,5

F20100743

10

1

285097755J

Emilio

Lindo

Serrano

10,5

F20100743

2

1

28943249A

Luis Miguel

Cambero

Molano

31,5

F20100655

181

1

30419144B

Mª del Pilar

Navarro

Bilbao

49

F20100655

175

1

30419144B

María del Pilar

Navarro

Bilbao

91

F20100660

37

1

30472030C

Rafaela

Redondo

Herruzo

12

F20100645

7

2

31668530Z

Asunción

Dominguez

Dominguez

15

F20100660

17

1

31703630Q

José Antonio

Del Castillo

Baez

7,5

F20100688

8

1

31703630Q

José Antonio

Del Castillo

Baez

10,5

F20100688

4

1

31703630Q

José Antonio

Del Castillo

Baez

15

F20100751

2

1

34032117Y

MªEstrella

Romero

Alonso

22,5

F20100660

37

1

34053113A

José Antonio

Carvajal

Bizcocho

12

F20100655

174

1

34053113A

José Antonio

Carvajal

Bizcocho

40,5

F20100743

5

2

34064573D

Raul

Castro

Rios

27

f20100711

45

1

34064869Y

Sandra

Ortiz

Jover

159,72

F20100645

7

2

34066607L

Laura María

Fiol

González

15

F20100631

16

2

34066607L

González

Laura

Fiol

21

F20100651

1

5

41441125R

María Pilar

Vargas

Correa

15

F20100651

20

5

41446470X

Alicia

Colomar

Riera

25,5

F20100683

10

1

41535684F

Catalina Victoria

Bennassar

Comas

119

F20100743

10

1

41570581J

Pere Albert

Caldentey

Alcaide

31,5

F20100683

10

1

41574155E

Margalida Maria

Cladera

Amer

24

F20100743

9

1

42951405D

Francisco Carlos

Martínez

Fernández

10,5

F20100688

8

1

42966750J

María del Refugio

Xamena

Fullana

10,5

F20100688

4

1

42966750J

María del Refugio

Xamena

Fullana

13,5

F20100688

4

1

42968231E

Michelle

Puigserver

Houze

27

F20100645

23

1

42984289A

Antonia María

Mairata

Llinas

85,5

F20100645

67

1

43004871T

Manuel

Pérez

Águila

13,5

F20100743

10

1

43006148N

Daniel

Cano

Membrilla

10,5

F20100683

10

1

43013004Z

Catalina

Cantallops

Isern

170

F20100666

29

3

43022436Q

Francisco

Hernández

Oliva

12

F20100655

176

2

43024600H

María Esperanza

López Moragues

Moragues

12

F20100688

8

1

43024606R

Pedro

Segura

Sendra

12

F20100688

4

1

43024606R

Pedro

Segura

Sendra

15

F20100655

171

2

43042163D

Catalina

Socias

Llabres

21

F20100666

29

3

43048507M

Juan

De la Torre

Santiago

12

F20100645

7

2

43048603D

Juana María

Porcel

González

15

F20100666

29

3

43056377D

Alfredo

Barcelo

Morey

12

F20100743

2

1

43064967C

Miguel

López

Esquivias

9

F20100743

5

2

43064967C

Miguel

López

Esquivias

9

F20100655

180

1

43070147W

Rafael

Rojas

Ibañez

10,5

F20100666

29

3

43071312V

Margarita Rosa

Perello

Campaner

12

F20100660

17

1

43073043T

Ángel

Castillo

Escobar

7,5

F20100660

8

1

43073043T

Ángel

Castillo

Escobar

6

F20100743

11

1

43076161J

Antonio

Martínez

Ruvio

10,5

F20100660

17

1

43076937F

M. Eugenia

Páez

Montesinos

7,5

F20100655

170

1

43081897E

Esther Melanie

Gelabert

Bitter

40,5

F20100655

176

2

43082050Z

Inmaculada

Castillo

Muñoz

12

F20100655

176

2

43083465A

Bárbara

Gual

Coll

10,5

F20100655

174

1

43083465A

Bárbara

Gual

Coll

12

F20100743

5

1

43083770D

Jaime

Jaume

Miralles

27

F20100743

8

1

43083770D

Jaime

Jaume

Miralles

27

F20100655

181

1

43088689Y

Josefa

Barceló

López

31,5

F20100743

5

1

43090299Y

Oscar

Blazquez

Pérez

27

F20100743

8

1

43090299Y

Oscar

Blazquez

Pérez

27

F20100655

176

2

43096023A

Ignacio

Millet

Gimeno

12

F20100655

176

2

43098176V

Juana Ana

Reus

Perello

36

F20100655

176

2

43102981S

Cristina

Quetglas

Cano

36

F20100655

177

1

43103166Q

Encarna

Villena

Rodríguez

13,5

F20100655

172

2

43109592W

Guillermo

De Oleza

Nacher

19,5

F20100655

8

1

43109884H

Francisca

Nadal

Salas

58,5

F20100651

65

1

43122285E

Rosa María

Rómán

Pozo

18

F20100666

29

3

43129864B

Jaime

Sánchez

Fornes

12

F20100655

8

1

43134249A

Laura

Mestres

Maza

16,5

F20100655

180

1

43135512R

Miguel

Salva

Guasp

70

F20100655

175

1

43135512R

Miguel

Salva

Guasp

77

F20100645

7

2

43135539M

Magdalena

Bernat

Deya

40,5

F20100655

180

1

43138564V

Catalina

Guzmán

Cabeza

16,5

F20100743

2

1

43142914C

Carlos

Robledo

González

9

F20100655

176

2

43149150T

Oscar

Simón

Palacios

36

F20100655

171

2

43149450T

Oscar

Simón

Placios

49,5

F20100667

17

1

43160815G

Silvia

Sastre

Martínez

15

F20100667

50

1

43160815G

Silvia

Sastre

Martin

13,5

F20100655

175

1

43161221Q

Dolores

Terrasa

Llobera

19,5

F20100666

29

3

43167832Y

Alba

Martínez

Useros

12

F20100655

170

1

43167832Y

Alba

Martínez

Useros

13,5

F20100645

7

2

43168189H

Beatriz María

Sureda

Ramírez

12

F20100655

177

1

43168408F

María Inés

Burguera

Burguera

70

F20100655

8

1

43168408F

María Inés

Burguera

Burguera

98

F20100666

29

3

43171749J

Teresa

Martí

Villa

9

F20100655

175

1

43172262C

María Esperanza

Mestre

Bestard

58,5

F20100655

171

2

43172850X

Laura

Buades

Bauza

18

F20100655

171

2

43175954D

Amanda

Far

Morabito

49,5

F20100645

7

2

43176656K

Marta

Sancho

Malberti

15

F20100666

29

3

43178056H

Amanda

Flores

Bailen

12

F20100660

26

1

43192466F

José Antonio

Niell

Culnill

31,5

F20100660

8

1

43192466F

José Antonio

Niell

Culnill

27

F20100660

42

1

43192466F

José Antonio

Niell

Culnill

40,5

F20100660

15

1

43192466F

José Antonio

Niell

Culnill

18

F20100743

6

1

43197743V

Miquel Ignasi

Cifre

Aguilar

10,5

F20100660

17

1

43201179A

M. del Carmen

Veneros

Calderón

7,5

F20100660

26

1

43201179A

M. del Carmen

Veneros

Calderón

10,5

F20100660

8

1

43201179A

M. del Carmen

Veneros

Calderón

9

F20100660

42

1

43201179A

M. del Carmen

Veneros

Calderón

13,5

F20100667

50

1

43201179A

Mª del Carmen

Veneros

Calderón

15

F20100655

180

1

43208996T

Juana Mª

Abraham

Roig

9

F20100666

29

3

43216585E

Gloria

Urrea

Salva

10,5

F20100666

29

3

43228937T

Sara

Albero

López

12

F20100655

172

2

43233336Y

Tatiana

González

Caballero

13,5

F20100743

6

1

43463141H

Rodrigo

Cuero

López

9

F20100688

8

1

43469835L

Haley

Khaghani

Ghadjar

12

F20100688

4

1

43469835L

Haley

Khaghani

Ghadjar

15

F20100660

17

1

43479520K

Gladys

Fernández

Pardo

7,5

F20100660

26

1

43479520K

Gladys

Fernández

Pardo

10,5

F20100660

8

1

43479520K

Gladys

Fernández

Pardo

9

F20100660

42

1

43479520K

Gladys

Fernández

Pardo

13,5

F20100667

50

1

43479520K

Gladys

Fernández

Pardo

13,5

F20100655

176

2

43521423H

David

López

Heredia

36

F20100743

6

1

44291788K

Juan

González

Arjona

10,5

F20100743

6

1

44325196X

Juan José

Prieto

Garrilano

27

F20100666

29

3

44326073J

Marta

Morell

Romero

12

F20100743

2

1

44327550H

Anselmo Guillermo

Cardona

Smith

9

F20100683

10

1

44327568J

Mª Magdalena

Capo

Siquier

72

F20100645

4

2

44465088Q

Marcos

González

López

27

F20100645

8

2

44465088Q

Marcos

González

López

22,5

F20100645

23

1

44802327Y

María Nancy

Pradas

Palomera

28,5

F20100655

171

2

45067354G

Mª Teresa

Amores

Araujo

63

F20100751

2

1

45190307E

Zoila Emerita

González

Palomeque

25,5

F20100655

8

1

45699378B

Alicia Cecilia

Cengarle

Guido

70

F20100666

10

1

46120037T

Cristina

Blanco

Cortada

239,58

F20100660

17

1

46377758Y

Carmelo Manuel

Solé

González

7,5

F20100660

8

1

46377758Y

Carmelo Manuel

Solé

González

9

F20100667

50

1

46377758Y

Carmelo

Sole

González

13,5

F20100766

9

3

46390296D

Tony Avercio

Montesdeoca

García

252,89

F20100631

16

2

46392227P

Jorge Filiberto

Flores

Chirigoba

21

F20100766

2

11

46395565B

Walter Agustín

Pino

Paredes

53,24

F20100645

30

1

46469152T

Irine

Del Pino

Perez

18

F20100651

1

5

46515786B

Josefa

Guerrero

Haro

18

F20100743

6

1

46641161J

Patricia

De Francisco

Cotorruelo

10,5

F20100651

67

2

47254718E

Yashir

Paños

Casas

7,5

F20100651

20

5

48198458A

José Jamil

Arzube

Suárez

72

F20100651

1

5

49410498N

Cevisne Emelina

Moreira

Toral

54

F20100655

172

2

49484226W

Adriana Myriam

Ronchi

Rinaldi

21

F20100655

180

1

50093829J

Rocio

Calvo

Revelo

45

F20100631

16

2

52910080Y

García

Adriana

Sánchez

24

F20100655

181

1

75108992P

Elisabeth

Delgado

Barnes

31,5

F20100645

11

1

78189912D

Margarita

Pocoví

Artigues

18

F20100667

50

1

78195494W

Mª del Carmen

Santos

Domínguez

15

F20100683

10

1

78196525K

Mª Josefa

Díaz

Galiano

58,5

F20100645

4

2

78203982A

José

Navarro

Martínez

9

F20100645

8

2

78203982A

José

Navarro

Martínez

7,5

F20100655

172

2

78207237S

Margalida

Perello

Ferrer

63

F20100683

10

1

78211543C

Magdalena

Mayol

Segui

76,5

F20100645

23

1

78211544K

Jerónima

Segui

Torrens

85,5

F20100645

23

1

78212370L

María del Mar

Jiménez

Mezquita

24

F20100655

23

1

78213123J

Magdalena

Pastor

Canals

93,17

F20100645

30

1

78215139M

María del Carmen

Cota

Busquets

15

F20100743

6

1

78215202E

Antonio

Massanet

Coll

9

F20100645

23

1

78215716F

Laura

Martínez

Pons

24

F20100655

178

1

78217756T

Laura

Jiménez

Martínez

22,5

F20100655

172

2

X06484182L

Veerle

Bemindt

.

63

F20100655

8

1

X2534396A

Izabella

Piepenbrink

.

6

F20100655

180

1

X3080215D

Jalal

Bouasria

.

18

F20100743

5

1

X3278879E

Luis Melchor

Pilatuña

Shuguli

31,5

F20100743

8

1

X3278879E

Luis Melchor

Pilatuña

Shuguli

31,5

F20100655

172

2

X4739097Q

Camila Antonella

Pica

.

16,5

F20100651

67

2

X5164799B

María Lourdes

Reyes

Mesa

22,5

F20100660

37

1

X5946198P

María

De la Llosa

Güel

36

F20100651

67

2

X7356559D

Oxal

Stocker

.

7,5

F20100651

20

5

X8089523D

Diana Marcela

Marín

Giraldo

21

F20100711

39

1

X8713729H

Claudia Patricia

Ramírez

Escobar

93,17

F20100655

176

2

X9836516Z

María

Chang

Calvo

36