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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 1770
Relación 114, multas de tráfico que no se han podido notificar a los infractores.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De acuerdo con lo que se dispone en la Ley sobre Tráfico y el Reglamento General de Circulación (R.D. 1428/2003, de 21 de noviembre) le comunicamos que se le ha  formulado la presente denuncia, iniciándose el expediente sancionador por infracción a las Normas de Circulación que se instruirá en la sección de multes de tráfico de este Ayuntamiento. El Instructor es Gabriel Simonet Homar, recusable en los supuestos y efectos previstos en los arts.28 y 29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre y el Alcalde el órgano competente para resolverlo.

Lo que se le comunica conforme a lo previsto en los artículos 77, 78 i 79 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, para que en el plazo de QUINCE DIAS NATURALES contados  a partir de la recepción  de esta notificación de denuncia, formule, si lo considera oportuno, el escrito de descargo ante el Sr. Alcalde, adjuntando o proponiendo las pruebas que considere oportunas. En caso de no efectuar alegaciones dentro del plazo mencionado, esta notificación de iniciación del procedimiento se considerará PROPUESTA DE RESOLUCION, de acuerdo con los establecido en el artículo 13.2 recogido en el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado  por Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, a los efectos recogidos en los artículos 18 y 19 del mencionado texto legal.

En el caso de nos ser el conductor del vehículo  denunciado, se le requiere para que indique los datos del conductor en este mismo impreso y le advertimos que de no hacerlo, será considerado autor de una falta grave conforme al artículo 72.3 de la presente Ley y se seguirá contra usted el correspondiente procedimiento.

Si está conforme con el contenido  de la denuncia, podrá obtener la reducción del 50% de descuento de la cuantía de la multa que podrá pagar dentro de los VEINTE DIAS NATURALES siguientes la fecha de recepción del presente escrito en  la oficina de Tesorería de este Ayuntamiento o en  las entidades bancarias siguientes consignando el número de expediente, nombre y matrícula.

LA CAIXA 2100  0101  41  0200001009

SA NOSTRA  2051  0020  60  0044912583

BANCA MARCH  0061  0100  82  0006120188

 

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

01015/12

(datos personales ocultos) (datos personales ocultos)

80,00

2415FWG

171 00 1A

01023/12

(datos personales ocultos)

80,00

9832CFZ

CIR 154-5B

01027/12

(datos personales ocultos)

80,00

9368BLL

171 00 1A

01029/12

(datos personales ocultos)

80,00

9945GSP

171 00 1A

01043/12

(datos personales ocultos)

200,00

3205HHX

91 2 2

01046/12

(datos personales ocultos)

80,00

IB8354BY

171 00 1A

0105212

(datos personales ocultos) (datos personales ocultos)

80,00

6509BWV

171 00 1A

01054/12

(datos personales ocultos)

80,00

7897DKX

171 00 1A

01056/12

(datos personales ocultos)

90,00

IB1001DK

71-1A

01075/12

(datos personales ocultos)

200,00

7950BHR

LSV 61-03-5A

01076/12

(datos personales ocultos)

1.500,00

7950BHR

SOA 3A 5 C

01077/12

(datos personales ocultos)

90,00

7950BHR

71-1A

01078/12

(datos personales ocultos)

1.500,00

IB9992CX

SOA 3A 5 C

01079/12

(datos personales ocultos)

200,00

IB9992CX

LSV 61-03-5A

01080/12

(datos personales ocultos)

90,00

IB9992CX

71-1A

01098/12

(datos personales ocultos)

80,00

4272BHR

171 00 1A

01106/12

(datos personales ocultos)

80,00

7950BHR

CIR 154-5B

01111/12

(datos personales ocultos)

90,00

IB9992CX

71-1A

01114/12

(datos personales ocultos)

80,00

IB9776BZ

CIR 154-5B

NOTIFICACION PROPUESTA RESOLUCION PLIEGO DE DESCARGO

"Conforme a lo que dispone el artículo 13.2 del Real Decreto núm. 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el "Reglamento General de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, esta Alcaldía formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Visto que se ha tramitado el expediente por infracción a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial i al Reglamento General de Circulación ajustándose al procedimiento previsto en el R.D. 320/94 de 25 de febrero, antes mencionado.

Visto que, la competencia para la imposición de la sanción corresponde a esta Alcaldía conforme a lo que dispone el artículo 68.2 del R. D. L. 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre el Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Visto que han quedado probados los hechos denunciados y que el informe del policía local establece que los hechos han resultados ciertos y acreditados y se ratifica en todos los extremos denunciados.

Se ha ratificado en el contenido de la denuncia y solicita que se continúe con la instrucción del procedimiento sancionador.

Visto como recoge el artículo 76 de la Ley de Tráfico R.D. 339/90 de 2 de marzo donde se establece que las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad darán fe salvo prueba en contrario, y al no haber sido solicitada por el interesado la practica de prueba o presentado alegaciones que desvirtúen el hecho denunciado se procede a evacuar el trámite de Propuesta de Resolución en la forma siguiente:

1º. Imponer al interesado/a la sanción en la cuantía antes descrita.

2º. Conceder a la interesada/ el interesado un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente en que reciba esta notificación para que pueda examinar el expediente en el negociado de multas de este Ayuntamiento, situado en la calle Petit, núm.1 durante el cual podrá presentar, por escrito las alegaciones que estime pertinentes y presentar los documentos que tenga por oportunos.

EL PAGO DE LA SANCION PONE FIN AL PROCEDIMIENTO (ART. 8.2. R.D. 1398/1993)

FORMAS DE PAGO

Oficina de Tesorería Ayuntamiento de Alaró o

SA NOSTRA 2051 0020 60 0044912583

LA CAIXA 2100 0101 41 0200001009

BANCA MARCH 0061 0100 82 0006120188

 

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

00948/12

(datos personales ocultos)

200,00

1067DSL

R18 2 2D

NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DEFINITIVO DEL EXPEDIENTE

Vistas las alegaciones efectuadas y el informe favorable de la policía local, el Alcalde - Presidente dicta la siguiente

R E S O L U C I Ó N

1ª.- El archivo definitivo del expediente sancionador seguido por la infracción denunciada.

2ª.- Notificar esta resolución al interesado, a los efectos pertinentes.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Contra la mencionada resolución puede interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de UN mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación de conformidad con lo que dispone la ley. Contra la denegación expresa, en el plazo de DOS meses puede interponer recurso contencioso - administrativo ante el Tribunal que resulte competente. Contra la desestimación por silencio de dicho recurso, puede interponer recurso contencioso - administrativo en el plazo de SEIS meses, contados a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

Directamente puede interponer, en el orden jurisdiccional recurso contencioso - administrativo en el plazo de DOS meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Todo esto sin perjuicio de que pueda interponer cuantos otros recursos estime procedentes.

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

00818/12

(datos personales ocultos) (datos personales ocultos)

90,00

M8031ND

71-1A

NOTIFICACION DE SANCION AL TITULAR

La Alcaldía-Presidencia por Decreto de esta fecha ha dictado la siguiente resolución:

"Visto que se ha tramitado el expediente por infracción a la L.S.V. y al R.G.C., conforme con el procedimiento previsto en el artículo 79 del R.D legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Visto que la competencia para la imposición de sanciones corresponde a la Alcaldía, conforme con lo que dispone el artículo 68 del mencionado texto legal.

Visto que han quedado probados los hechos denunciados y que acabada la tramitación reglamentaria procede dictar la Resolución que corresponda.

Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, antes mencionada, dicta la siguiente:

R   E   S   O   L   U   C   I   Ó   N

1º.- Imponer la sanción por infracción a la L.S.V. y al R.G.C.

2º.- Notifíquese esta Resolución de forma reglamentaria al interesado, a los efectos oportunos. Lo manda y firma el Sr. Alcalde."

La multa expresada, deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a esta Resolución a) En metálico en el Ayuntamiento, b) Por giro postal, c) Mediante ingreso bancario en las siguientes entidades: SA NOSTRA (2051 0020 60 0044912583),LA CAIXA(2100 0101 41 020001009) , I BANCA MARCH (0061 0100 82 0006120188) consignando nº de expediente, matrícula y nombre. Una vez pasado este plazo sin que se haya hecho efectivo el pago dentro del periodo voluntario se exigirá por vía ejecutiva, según el artículo 84 de la mencionada Ley, incrementado con el recargo del 20% y costas.

Contra este Decreto, que es definitivo en la vía administrativa, sólo podrá interponerse RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Alcalde en el plazo de UN MES  a contar desde la fecha de notificación de la presente; en caso de no resolución en el mismo plazo de este recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo. Asimismo, tanto ante la desestimación del recurso de Reposición como la no presentación del mismo, podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de 2 MESES contados desde el siguiente día al de la notificación del acuerdo resolutorio, si fuese expreso. Si no lo fuese, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. No se pueden simultanear ambos recursos. No obstante podrá utilizar cualquier otro recurso que estime conveniente.

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

00749/12

(datos personales ocultos)

40,00

IB8693DH

072 03

00811/12

(datos personales ocultos)

40,00

4765GHC

072 03

00896/12

(datos personales ocultos)

40,00

M5673ZH

072 03

NOTIFICACION DE SANCION AL TITULAR

La Alcaldía-Presidencia por Decreto de esta fecha ha dictado la siguiente resolución:

"Visto que se ha tramitado el expediente por infracción a la L.S.V. y al R.G.C., conforme con el procedimiento previsto en el artículo 79 del R.D legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Visto que la competencia para la imposición de sanciones corresponde a la Alcaldía, conforme con lo que dispone el artículo 68 del mencionado texto legal.

Visto que han quedado probados los hechos denunciados y que acabada la tramitación reglamentaria procede dictar la Resolución que corresponda.

Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, antes mencionada, dicta la siguiente:

R   E   S   O   L   U   C   I   Ó   N

1º.- Imponer la sanción por infracción a la L.S.V. y al R.G.C.

2º.- Notifíquese esta Resolución de forma reglamentaria al interesado, a los efectos oportunos. Lo manda y firma el Sr. Alcalde."

La multa expresada, deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a esta Resolución a) En metálico en el Ayuntamiento, b) Por giro postal, c) Mediante ingreso bancario en las siguientes entidades: SA NOSTRA (2051 0020 60 0044912583),LA CAIXA(2100 0101 41 020001009) , I BANCA MARCH (0061 0100 82 0006120188) consignando nº de expediente, matrícula y nombre. Una vez pasado este plazo sin que se haya hecho efectivo el pago dentro del periodo voluntario se exigirá por vía ejecutiva, según el artículo 84 de la mencionada Ley, incrementado con el recargo del 20% y costas.

Contra este Decreto, que es definitivo en la vía administrativa, sólo podrá interponerse RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Alcalde en el plazo de UN MES  a contar desde la fecha de notificación de la presente; en caso de no resolución en el mismo plazo de este recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo. Asimismo, tanto ante la desestimación del recurso de Reposición como la no presentación del mismo, podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de 2 MESES contados desde el siguiente día al de la notificación del acuerdo resolutorio, si fuese expreso. Si no lo fuese, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. No se pueden simultanear ambos recursos. No obstante podrá utilizar cualquier otro recurso que estime conveniente.

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

00490/12

(datos personales ocultos)

200,00

7359BMW

072 03

00521/12

(datos personales ocultos)

40,00

9265HCS

072 03

00699/12

(datos personales ocultos)

40,00

0208CBV

072 03

NOTIFICACION DE SANCION AL TITULAR

La Alcaldía-Presidencia por Decreto de esta fecha ha dictado la siguiente resolución:

"Visto que se ha tramitado el expediente por infracción a la L.S.V. y al R.G.C., conforme con el procedimiento previsto en el artículo 79 del R.D legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Visto que la competencia para la imposición de sanciones corresponde a la Alcaldía, conforme con lo que dispone el artículo 68 del mencionado texto legal.

Visto que han quedado probados los hechos denunciados y que acabada la tramitación reglamentaria procede dictar la Resolución que corresponda.

Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, antes mencionada, dicta la siguiente:

R   E   S   O   L   U   C   I   Ó   N

1º.- Imponer la sanción por infracción a la L.S.V. y al R.G.C.

2º.- Notifíquese esta Resolución de forma reglamentaria al interesado, a los efectos oportunos. Lo manda y firma el Sr. Alcalde."

La multa expresada, deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a esta Resolución a) En metálico en el Ayuntamiento, b) Por giro postal, c) Mediante ingreso bancario en las siguientes entidades: SA NOSTRA (2051 0020 60 0044912583),LA CAIXA(2100 0101 41 020001009) , I BANCA MARCH (0061 0100 82 0006120188) consignando nº de expediente, matrícula y nombre. Una vez pasado este plazo sin que se haya hecho efectivo el pago dentro del periodo voluntario se exigirá por vía ejecutiva, según el artículo 84 de la mencionada Ley, incrementado con el recargo del 20% y costas.

Contra este Decreto, que es definitivo en la vía administrativa, sólo podrá interponerse RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Alcalde en el plazo de UN MES  a contar desde la fecha de notificación de la presente; en caso de no resolución en el mismo plazo de este recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo. Asimismo, tanto ante la desestimación del recurso de Reposición como la no presentación del mismo, podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de 2 MESES contados desde el siguiente día al de la notificación del acuerdo resolutorio, si fuese expreso. Si no lo fuese, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. No se pueden simultanear ambos recursos. No obstante podrá utilizar cualquier otro recurso que estime conveniente.

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

00628/12

(datos personales ocultos)

90,00

PM4231CP

072 03

00653/12

(datos personales ocultos)

40,00

9267BCF

072 03

00663/12

(datos personales ocultos)

200,00

PM8706AZ

072 03

00742/12

(datos personales ocultos)

200,00

6029GLX

072 03

00751/12

(datos personales ocultos) (datos personales ocultos)

40,00

3936CRD

072 03

00763/12

(datos personales ocultos)

200,00

5039CKR

072 03

0076412

(datos personales ocultos)

200,00

8873CVV

072 03

00772/12

(datos personales ocultos)

200,00

PM6996Y

072 03

00773/12

(datos personales ocultos)

200,00

PM6996Y

072 03

00774/12

(datos personales ocultos)

200,00

PM6996Y

072 03

00777/12

(datos personales ocultos)

40,00

IB3576CZ

072 03

00794/12

(datos personales ocultos)

800,00

4913BJM

072 03

00795/12

(datos personales ocultos)

200,00

4913BJM

072 03

00796/12

(datos personales ocultos)

90,00

4913BJM

072 03

0079712

(datos personales ocultos)

200,00

IB1567CF

072 03

00798/12

(datos personales ocultos)

800,00

IB1567CF

072 03

00799/12

(datos personales ocultos)

90,00

IB1567CF

072 03

00806/12

(datos personales ocultos)

40,00

IB2892BY

072 03

00814/12

(datos personales ocultos)

40,00

7939BDV

072 03

00839/12

(datos personales ocultos)

40,00

IB6116CV

072 03

00841/12

(datos personales ocultos)

40,00

2992GRZ

072 03

00868/12

(datos personales ocultos) (datos personales ocultos)

200,00

IB5047CN

072 03

00873/12

(datos personales ocultos)

40,00

7127FMX

072 03

00886/12

(datos personales ocultos)

40,00

7504GCY

072 03

0088812

(datos personales ocultos)

40,00

0702BNW

072 03

00899/12

(datos personales ocultos)

40,00

7504GCY

072 03

00919/12

(datos personales ocultos)

200,00

0843BJV

072 03

00926/12

(datos personales ocultos)

40,00

2981DLR

072 03

00930/12

(datos personales ocultos)

90,00

PM1413BY

072 03

0093612

(datos personales ocultos)

200,00

9408GYD

072 03

00960/12

(datos personales ocultos)

200,00

9329CXT

072 03

00988/12

(datos personales ocultos)

200,00

PM6247BG

072 03

NOTIFICACION DE SANCION AL INFRACTOR

La Alcaldía-Presidencia por Decreto de esta fecha ha dictado la siguiente resolución:

"Visto que se ha tramitado el expediente por infracción a la L.S.V. y al R.G.C., conforme con el procedimiento previsto en el artículo 79 del R.D legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Visto que la competencia para la imposición de sanciones corresponde a la Alcaldía, conforme con lo que dispone el artículo 68 del mencionado texto legal.

Visto que han quedado probados los hechos denunciados y que acabada la tramitación reglamentaria procede dictar la Resolución que corresponda.

Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, antes mencionada, dicta la siguiente:

R   E   S   O   L   U   C   I   Ó   N

1º.- Imponer la sanción por infracción a la L.S.V. y al R.G.C.

2º.- Notifíquese esta Resolución de forma reglamentaria al interesado, a los efectos oportunos. Lo manda y firma el Sr. Alcalde."

La multa expresada, deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a esta Resolución a) En metálico en el Ayuntamiento, b) Por giro postal, c) Mediante ingreso bancario en las siguientes entidades: SA NOSTRA (2051 0020 60 0044912583), LA CAIXA (2100 0101 41 0200001009),BANESTO (0030 2245 11 0000052271) I BANCA MARCH (0061 0100 82 0006120188) consignando nº de expediente, matrícula y nombre. Una vez pasado este plazo sin que se haya hecho efectivo el pago dentro del periodo voluntario se exigirá por vía ejecutiva, según el artículo 84 de la mencionada Ley, incrementado con el recargo del 20% y costas.

Contra este Decreto, que es definitivo en la vía administrativa, sólo podrá interponerse RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Alcalde en el plazo de UN MES  a contar desde la fecha de notificación de la presente; en caso de no resolución en el mismo plazo de este recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo. Asimismo, tanto ante la desestimación del recurso de Reposición como la no presentación del mismo, podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de 2 MESES contados desde el siguiente día al de la notificación del acuerdo resolutorio, si fuese expreso. Si no lo fuese, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. No se pueden simultanear ambos recursos. No obstante podrá utilizar cualquier otro recurso que estime conveniente.

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

00485/12

(datos personales ocultos)

100,00

4913BJM

072 03

NOTIFICACION DE SANCION AL INFRACTOR

La Alcaldía-Presidencia por Decreto de esta fecha ha dictado la siguiente resolución:

"Visto que se ha tramitado el expediente por infracción a la L.S.V. y al R.G.C., conforme con el procedimiento previsto en el artículo 79 del R.D legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Visto que la competencia para la imposición de sanciones corresponde a la Alcaldía, conforme con lo que dispone el artículo 68 del mencionado texto legal.

Visto que han quedado probados los hechos denunciados y que acabada la tramitación reglamentaria procede dictar la Resolución que corresponda.

Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, antes mencionada, dicta la siguiente:

R   E   S   O   L   U   C   I   Ó   N

1º.- Imponer la sanción por infracción a la L.S.V. y al R.G.C.

2º.- Notifíquese esta Resolución de forma reglamentaria al interesado, a los efectos oportunos. Lo manda y firma el Sr. Alcalde."

La multa expresada, deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a esta Resolución a) En metálico en el Ayuntamiento, b) Por giro postal, c) Mediante ingreso bancario en las siguientes entidades: SA NOSTRA (2051 0020 60 0044912583), LA CAIXA (2100 0101 41 0200001009) ,BANESTO (0030 2245 11 0000052271) I BANCA MARCH (0061 0100 82 0006120188) consignando nº de expediente, matrícula y nombre. Una vez pasado este plazo sin que se haya hecho efectivo el pago dentro del periodo voluntario se exigirá por vía ejecutiva, según el artículo 84 de la mencionada Ley, incrementado con el recargo del 20% y costas.

Contra este Decreto, que es definitivo en la vía administrativa, sólo podrá interponerse RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Alcalde en el plazo de UN MES  a contar desde la fecha de notificación de la presente; en caso de no resolución en el mismo plazo de este recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo. Asimismo, tanto ante la desestimación del recurso de Reposición como la no presentación del mismo, podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de 2 MESES contados desde el siguiente día al de la notificación del acuerdo resolutorio, si fuese expreso. Si no lo fuese, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. No se pueden simultanear ambos recursos. No obstante podrá utilizar cualquier otro recurso que estime conveniente.

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

00771/12

(datos personales ocultos)

200,00

PM9696Y

118 1 5B

NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN SANCIONADORA RECURSO DE REPOSICIÓN

La Alcaldía -, ha dictado la siguiente RESOLUCION:

"Visto que se ha presentado recurso de reposición contra la resolución, per la cual se sanciona por infracción de tránsito.

Visto el informe jurídico en el cual se establece que: de conformidad con el artículo 14 del reglamento de Procedimiento Sancionador (R.D. 320/1994, de 25 de febrero) la denuncias formuladas por los agentes de la autoridad constituyen prueba de cargo respecto a los hechos denunciados, habiendo sido estos negados por el denunciado y ratificados por el agente denunciante, por lo cual queda acreditada la infracción imputada i no haber transcurrido el término de prescripción"

De conformidad con lo establecido en los artículos 116 y  siguientes de la Ley  30/92, de 26 de noviembre de R.J.A.P.

Por el presente HE RESUELTO:

1ª.- Desestimar el Recurso de Reposición presentado.

2º.- Comunicar la presente Resolución al interesado con el Régimen de Recursos correspondientes."

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa (Art. 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de L.R.J.A.P.), puede presentar recurso contencioso administrativo según lo que dispone el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, L.B.R.L. y los artículos 57 y siguientes de la L.R.J.C.A., de 26 de diciembre de 1956.

El recurso debe interponerse dentro del plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente de recibir esta notificación, en la Sala del Contencioso Administrativo del Juzgado de Contencioso Administrativo. Todo esto sin perjuicio de otros recursos o acciones que encuentre oportunos.

Se informa que la interposición de cualquier recurso no suspende la ejecución del acto impugnado y que a partir del día siguiente del vencimiento de termino de ingreso en periodo voluntario hasta el día de pago de la deuda, deberán abonase intereses de demora.

FORMAS DE PAGO:

1r.- En la Tesorería municipal en metálico.

2n.- Por Giro Postal, indicando el num. de boletín y la matrícula.

3r.- En cualquier sucursal de las siguientes entidades bancarias:

SA NOSTRA, LA CAIXA, BANESTO I BANCA MARCH

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

00032/12

(datos personales ocultos)

40,00

2816CDH

072 03

 

Alaró, 28 de Enero de 2013

El Alcalde,
Joan Simonet Pons