Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 1038
Notificación de embargo de Bienes Inmuebles.
En expediente administrativo de apremio que instruye este Servicio de Recaudación del Ayuntamiento de Calviá, contra los obligados al pago Dª MARIA VICTORIA RODRIGUEZ SANCHEZ con N.I.F 52.203.473-M, deudor a la Hacienda Local, se ha dictado lo siguiente:
“DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES: Notificado el título ejecutivo y requerido de pago de sus débitos los obligados al pago Dª MARIA VICTORIA RODRIGUEZ SANCHEZ con N.I.F 52.203.473-M habiendo transcurrido el plazo que establece el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria sin que los haya satisfecho, y desconociéndose la existencia de otros bienes y derechos embargables señalados en anterior lugar a los inmuebles por el artículo 169.2 de la citada Ley, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 83 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
DECLARO EMBARGADO, como propiedad del deudor, los inmuebles que a continuación se describe:
FINCA REGISTRAL 51581 TOMO 3904 LIBRO 1065 FOLIO 64 CALVIA 1.
URBANA: NÚMERO CUARENTA Y SIETE DE ORDEN. Plaza de aparcamiento señalada con el número cinco. Tiene una superficie de nueve metros noventa decímetros cuadrados. Limita: al frente y derecha entrando, zona de acceso y maniobra; fondo, aparcamiento número cuatro; izquierda, aparcamiento número seis. Su cuota es del cero coma ciento sesenta por ciento. Forma parte de un Edificio que se halla en construcción denominado Valldurgent, situado en el número 38 de la calle Ramón de Moncada, Urbanización Ses Rotes Velles, término de Calvià.
FINCA REGISTRAL 27917 TOMO 4156 LIBRO 1317 FOLIO 47 CALVIA1.
URBANA: NÚMERO CIENTO VEINTIUNO DE ORDEN. Vivienda del piso quinto, señalada con el número ciento siete, del cuerpo de edificio situado a la derecha del núcleo de circulación vertical, denominado Bloque B, sito en la calle Puig del Teix, de la Urbanización de Santa Ponsa, en término municipal de Calvià. Linda: al frente de su entrada, con descubierto de terraza; fondo, con pasillo general de acceso; derecha, con la vivienda número ciento nueve de su planta; e izquierda, con la vivienda número ciento cinco de su planta. Tiene una superficie útil de OCHENTA Y SEIS METROS OCHENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS y edificada de CIENTO DOCE METROS OCHENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS. Su CUOTA es del CERO COMA SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES POR CIENTO. Procede de la finca 9676, obrante al folio 171 del Libro 419 de Calvià, en cuya inscripción 4 constan relacionadas las normas de comunidad. Este finca tiene calificación Definitiva de Viviendas de Protección Oficial según nota extendidad al margen de la inscripción 4 de la finca matriz.
DERECHO DEL DEUDOR SOBRE LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA: Finca Registral 51581Pleno dominio de esta finca según escritura de compraventa de fecha 20 de Agosto de 1999 ante el Notario de Calvià D. Manuel Luis Beltrán García.
Finca Registral 27917 Pleno dominio de una mitad indivisa de esta finca según escritura de compraventa y donación de fechas 17 de junio de 1999 y 16 de marzo de 2005 ante los Notarios de Calvià D. Raimundo Fortuny Marqués y D. Manuel Luis Beltrán García.
IMPORTE DE LOS DEBITOS QUE SE PERSIGUEN, CONCEPTO Y EJERCICIOS A QUE SE CORRESPONDEN E IMPORTE TOTAL DE LA RESPONSABILIDAD A QUE QUEDA AFECTADA LA FINCA ANTERIORMENTE DESCRITA:
Impuesto Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana ejercicios 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011. Recogida y eliminación de Basuras Comercios de los ejercicios 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011. Impuesto Vehículos Tracción Mecánica de los ejercicios 2009, 2010 y 2011.
Importe del principal de la deuda 6.922,78 €
Recargos de apremio ordinario 1.384,57 €
Intereses de demora 1.556,96 €
Presupuesto para gastos y costas del procedimiento 500,00 €
TOTAL DESCUBIERTOS PERSEGUIDOS 10.364,31 €
A deducir la cantidad de 392,33 € por diligencia de embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de crédito o de depósito.
TOTAL PENDIENTE DE PAGO: 9.971,98 €.
De este embargo se practicará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad de Calviá, Nº1, a favor del Ayuntamiento de Calviá.. Calviá, a 13/11/2012, La Tesorera Accidental, Jefa del Servicio de Recaudación, Margalida Vaquer Manresa”
Le notifico la transcrita diligencia de embargo, según lo dispuesto en el artículo 76.3 del Reglamento General de Recaudación y le requiero conforme al artículo 83.2 para que aporte al expediente, entregándolos, los títulos de propiedad del inmueble embargado.
Conforme al artículo 170.3 de la Ley General Tributaria, contra la Diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición: a)Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago. b) Falta de notificación de la providencia de apremio. c) Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta Ley. d) Suspensión del procedimiento de recaudación.
Contra el embargo practicado y contenido de la presente notificación podrá presentar RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Sr. Tesorero en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso, y si no lo fuera, de forma presunta en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado el referido recurso de reposición.
No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere conveniente.
La interposición de recurso no paraliza la tramitación del procedimiento de apremio, que sólo podrá suspenderse en los casos y condiciones previstos en el artículo 73 del Reglamento General de Recaudación.
La notificación al deudor de este expediente, relativo al procedimiento ejecutivo en la vía de apremio que se instruye por este Servicio de Recaudación Municipal, no ha podido tener efecto por causas no imputables a este Servicio, por lo que se cita a los interesados o sus representantes para que, en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, comparezcan en las oficinas de este Servicio sita en la calle Can Vich, 14 de Calviá a los efectos de que les sea practicada la respectiva notificación, significándoles que de no comparecer en el plazo citado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, ello de conformidad a lo dispuesto en el articulo 112 apartados 1 y 2 de la Ley 58/2003, General Tributaria.
Calviá, a 04 de enero de 2013
La Teniente Alcalde de Economía y Hacienda
(Delegación por decreto de Alcaldía de 14/06/2011)
Cristina Tugores Carbonell
La Tesorera Accidental
Jefa del Servicio de Recaudación
Margalida Vaquer Manresa