Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 1697
Notificación del trámite de audiencia a la persona interesada en relación al establecimiento de restauración denominado ROUGHNECKS, con número de expediente 204/2011/C, situado en la calle Ramón de Moncada, número 31, local 6, de Santa Ponça, término municipal de Calvià.
Ante la imposibilidad de notificar personalmente el trámite de audiencia a la persona interesada en relación al establecimiento de restauración denominado ROUGHNECKS, con número de expediente 204/2011/C, situado en la calle Ramón de Moncada, número 31, local 6, de Santa Ponça, término municipal de Calvià, y en aplicación de lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica que, con fecha 11 de octubre de 2012, se dictó el siguiente acto administrativo:
«Asunto: trámite de audiencia referente al establecimiento de restauración denominado ROUGHNECKS
En fecha 2 de mayo de 2011, se presentó la declaración responsable de inicio de actividad turística (DRIAT) y el resto de documentación establecida en el del Decreto 13/2011, de 25 de febrero, de acuerdo con el artículo 19 del mencionado decreto, para la inscripción del establecimiento de restauración denominado ROUGHNECKS, con número de expediente 204/2011/B, situado en la calle Ramón de Moncada, número 31, local 6, de Santa Ponça, término municipal de Calvià, en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Islas Baleares.
En fecha 23 de marzo de 2012, se resolvió la inscripción del establecimiento de restauración en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Islas Baleares, pendiente de verificar la conformidad de los datos declarados, según establece el artículo 23 del decreto mencionado anteriormente.
En fecha 4 de junio de 2012, el Servicio de Inspección y Estrategia Turística de esta conselleria realizó la comprobación pertinente y emitió informe en el que se pone de manifiesto que no concuerdan el explotador declarado e inscrito en nuestro registro y el explotador que realmente existe en la actualidad.
Según este informe se tienen que subsanar las siguientes deficiencias:
Comunicar el cambio de titular presentando el anexo II y pagar la tasa correspondiente de 49,69 € mediante el modelo 046.
Disponer de listas de pecios en el exterior.
Disponer de hojas de reclamaciones.
Disponer de cartel anunciador de la existencia de hojas de reclamaciones.
De todo esto le informamos, ya que de acuerdo con lo que prevé el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, dispone de un plazo de 15 días de trámite de audiencia, para presentar documentación o para alegar aquello que considere oportuno, a contar desde el día siguiente al de la recepción de este escrito, y en el caso de que no haya aportado la documentación anterior, se entenderá que ha perdido el derecho al trámite, previa resolución que se tendrá que dictar en los términos previstos en el artículo 42 de la mencionada Ley. También se informa que la falta de comunicación a esta Conselleria de Turismo, del cambio de titularidad en la propiedad o en la explotación del establecimiento, está tipificada en el artículo 105 de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares, como falta grave, y podrá ser sancionada con multa de 4.001 a 40.000 euros de acuerdo con el artículo 109 de la misma ley».
Palma, 25 de enero de 2013
La jefa de Departamento de Ordenación y Planificación Turística
Margarita Sendín Rebassa
El director general de Turismo
Jaime Martínez Llabrés