Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL

Núm. 1588
Resoluciones de Responsabilidad Empresarial de Prestaciones por Desempleo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Habiendo resultado infructuosa la notificación de Resolución de  Responsabilidad empresarial por las causas detalladas en la relación de empresas afectadas por carta certificada con acuse de recibo a los sujetos responsables, se procede en forma y efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento Administrativo común de  26 de Noviembre de 1992 ( BOE 27.11.92) a publicar la relación de empresas a las que se les notifica las cantidades que deberán reintegrar a este organismo, por los hechos que a continuación se detallan

RAZON SOCIAL

CTA. DE COTIZ.

NOMBRE DEL TRABAJADOR

PERÍODO

IMPORTE

PALACE PROPERTIES S.A

07/107002464

LAURA BRINDUSA MOLDOVAN

3/1/2010  11/24/2010

2658,96

PALACE PROPERTIES SA.

07/107002464

MARIA ISABEL HERNANDEZ HERNANDEZ

3/1/2010  11/24/2010

2658,96

RECAR TOURISTIC  S.L.

07/106288809

MANUEL ARAQUE ESPINOLA

11/1/2009  6/29/2009

2027,76

CONSTRUCCIONES REBOLO E HIJOS  S.L.

07/114232705

IONEL MUNTEAN

4/9/2008  12/19/2008

3367,56

KLOSE MICHAEL HEINZ

07/117044085

STEPHAN MATZANKE

10/1/2011  12/16/2011

3898,6

ANTONIO SALAS POL

07/113838439

CARMEN ROSA OROZCO HUALLPARA

12/1/2010  12/5/2011

4348,8

BERNARDO VIDAL FONT S.L.

07/114491470

BERNARDO VIDAL FONT

3/1/2011  10/25/2011

6709,68

VALLESTEC S.L.

08/139179666

ANTONIO PICON MESA

6/14/2006  9/28/2011

20767,5

RECAR CONTROL S.L.

07/112608054

MARIA TERESA MORLA BISQUERRA

4/9/2008  12/19/2008

3278,38

COM.B.B. PEREZ GAMBIN;LIZON MUÑOZ

07/113191165

MIGUEL PATRICIO FLORES GOMEZ

4/1/2007  10/13/2009

8864,46

SICILIA REFRIGERACIONES S.A.

07/07746453

JUAN CARLOS ROBLES POMAR

8/1/2009  3/31/2010

5344,2

ARES GESTION URBANISTICA S.A.

07/105517152

FRANCISCO ALONSO GAYO

8/1/2008  4/15/2009

10087,63

CONSTRUCCIONES REBOLO E HIJOS S.L.

07/114232705

JESUS DE GRACIA FERNANDEZ

11/12/2007 12/19/2008

6535,58

AFRICA GUINEA ECUATORIAL

07/113250072

SALVADOR GONZALEZ CRUZ

7/1/2010  5/18/2011

1988

PROMOCIONES GOMIS 2004  S.L.

07/111430718

SERAFINA MORENO CORTES

1/12/2010  9/28/2010

4239,33

PEDRO SUREDA OLIVER

07/107946701

IGNACIO SORIANO LORENZO

11/1/2011  2/15/2012

293,22

NORTINSULAR S.L.

07/114319294

Mª ANGELES CORRALIZA BLANCO

4/9/2008  12/19/2008

1819,98

Ello supone una responsabilidad de esa empresa por el reconocimiento de una prestación por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, todo ello de acuerdo con los artículos 126,127, 220 y 230, del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio (BOE nº 154, de 29-06-94). El artículo 31 del  Reall Decreto 625/85, de 2 de abril (BOE nº 109 de 7 de mayo) establece que el empresario será responsable del pago de la prestación por desempleo cuando los trabajadores no estuviesen en alta en la Seguridad Social al sobrevenir la situación protegida, sin perjuicio del abono que de la misma efectúe la entidad gestora. El alta de pleno derecho no eximirá de responsabilidad al empresario. En cuanto a los efectos del descubierto absoluto o diferencias de cotización, se estará a lo dispuesto con carácter general en materia de responsabilidad empresarial respecto de las prestaciones de la Seguridad Social.

Por lo que se le comunica que, en aplicación de la letra c), del nº 1, del art. 32 del Real Decreto 625/1985 deberá, en el plazo de 30 días, desde la publicación de esta Resolución, ingresar la cantidad citada, y comunicar tal ingreso a la Dirección Provincial del SPEE mediante el correspondiente justificante. Fax 971170700

Transcurrido este plazo sin que haya efectuado la liquidación de la deuda se emitirá la correspondiente certificación de descubierto, con lo que se iniciará la vía de apremio

Si el reintegro se realizase antes de la apertura de la mencionada vía de apremio, pero con posterioridad a la finalización del plazo de 30 días reglamentarios, la cantidad adeudada se incrementará de acuerdo con lo establecido en el artº 27.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad social modificado por el artículo 17. Uno del RDL 20/2012 fijando en un único recargo del 20%.

Se advierte que de no estar conforme con el acuerdo adoptado, dispone de 30 días, contados desde la recepción de la presente resolución, para interponer ante este Organismo, a través de su Oficina de Empleo, la preceptiva reclamación previa a la vía jurisdiccional, según lo dispuesto en el artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE nº 86, de 11 de abril).

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

 

Palma de Mallorca,  a 30 de enero de 2013 

LA DIRECTORA PROVINCIAL DEL SEPE
SONIA BARRANCO ÁLVAREZ