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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE FORNALUTX

Núm. 1562
Publicación definitiva Ordenanza nº 27

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Se hace público que, transcurrido el plazo de treinta días de exposición al público al que fue sometida la modificación de la Ordenanza Municipal número 27 Reguladora de los horarios de los establecimientos y espectáculos públicos y actividades recreativas, que inicialmente fue aprobada por el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el día 20 de diciembre de 2012, no se han producido reclamación alguna contra la misma, por lo que se da por aprobada definitivamente la modificación y nueva redacción del artículo 7 y se procede a su publicación a efectos de su entrada en vigor, conforme lo previsto en el art. 17 del RDL de 2/2004, de 5 de marzo, aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Nueva redacción del artículo 7 de la: ORDENANZA MUNICIPAL NÚMERO 27 REGULADORA DE LOS HORARIOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS.

Articulo  7. Fiestas Populares y actos puntuales.

7.1 Sin perjuicio del que dispone el articulo 1, el Alcalde podrá autorizar horarios especiales durante la celebración de Fiestas Populares, Navidad, Año Nuevo y otros actos populares y/o tradicionales, con las limitaciones que se establecen en la resolución administrativa correspondiente.

7.2 Las diferentes asociaciones locales legalmente constituidas que tengan intención de celebrar y/ o organizar actividades o fiestas en espacios públicos, previa solicitud, se los podrá autorizar a cada una de ellos  hasta un máximo de tres actos o acontecimientos al año con horario especial que suponga una ampliación de hasta a dos horas las que prevé el art. 1 grupo III de la presente Ordenanza, siempre que se adopten todas les medidas para su celebración.

 

Fornalutx, a 30 de enero de 2013.

 

El Alcalde,

Juan Albertí Sastre.