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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 1268
Notificación OE 14/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Intentada la notificación y ante la imposibilidad de notificar al propietario del solar sito en la C/ Sirenas, 1 de Bahía de Palma y de conformidad con el artículo 59.5 de LRJPAC, mediante el presente anuncio se pone en su conocimiento el decreto de alcaldía de 15 de junio de 2011, referente al expediente OE 14/2011, del siguiente tenor literal:

 

DECRETO DE ALCALDÍA

En relación a la visita de inspección efectuada al solar situado en el número 1 de la C/ Sirenas de la Urbanización Bahía de Palma, y


RESULTANDO que se observa que en parte del muro de cerramiento se ha producido un asiento del terreno en el que se asienta el citado muro que se evidencia en una fisura de directriz parabólica, y

 

RESULTANDO que asimismo se comprueba un hundimiento en la acera pública en esa misma zona, y


RESULTANDO que se ha desprendido parte del aplacado de lajas de piedra por rotura a esfuerzo rasante con el soporte, y

 

CONSIDERANDO que, el artículo 10 de la Ley 10/1990 de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística dispone que los propietarios de las edificaciones deben mantenerlas en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, siendo deber de los Ayuntamientos la labor de inspección así como la de ordenar las medidas necesarias para corregir las deficiencias observadas, previa instrucción del oportuno procedimiento, dando audiencia a los interesados y fijando detalladamente las obras a realizar, y


CONSIDERANDO que, con independencia de la depuración de las posibles responsabilidades que procedan en orden a la obligación de los propietarios de mantener las construcciones en condiciones de seguridad, y salubridad, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.m) de la Ley 7/1985 LRBRL según redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril que la modifica y demás normativa de aplicación, la Alcaldía es competente para adoptar bajo su responsabilidad las medidas necesarias y adecuadas para preservar la seguridad de las personas y bienes, y

 

CONSIDERANDO que, según el artículo 11 de la Ley 10/1990 según redacción dada por la Disposición Adicional Vigésima de la Ley 6/1999, de 3 de abril, de Directrices de Ordenación Territorial de les Illes Balears y Medidas Tributarias, dispone que “el organismo que haya cursado la orden de ejecución concederá al propietario un plazo acomodado a la naturaleza de las medidas a adoptar para que proceda al cumplimiento de lo ordenado”, añadiendo que “transcurrido el plazo concedido por el organismo que haya cursado la orden de ejecución, sin que se haya dado cumplimiento a lo ordenado, podrá concederse un último e improrrogable plazo para la ejecución ordenada que, si no se cumple, se llevará a efecto por el organismo requirente a costa del obligado a través del procedimiento de ejecución subsidiaria previsto en el artículo 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común”, y


CONSIDERANDO que la actuación propuesta se considera de necesaria y urgente realización, y

 

A la vista de lo expuesto y en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, esta Alcaldía tiene a bien DECRETAR:

 

1º) INSTAR a la propiedad a que, con carácter inmediato, proceda al vallado provisional de la zona afectada para evitar el paso de personas y aparcamiento de vehículos sobre la parte afectada de la acera con la indicación de que, de no cumplimentar lo ordenado, el Ajuntament procederá a su ejecución a costa del obligado a través del procedimiento de ejecución subsidiaria previsto en el art. 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


2º) SOLICITAR en el plazo máximo de 20 días a contar a partir de la recepción de la presente resolución la precepctiva licencia de obras mediante el procedimiento establecido que contemple las obras de reparación del muro de cerramiento y de la acera publica.

 

3º) DAR AUDIENCIA a los interesados, para que en un plazo de 10 días a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución e incluidos en el plazo establecido en el punto segundo, se personen en el expediente y manifiesten lo que en derecho proceda en defensa de sus intereses.

 

5º) DAR CUENTA de la presente resolución a la propiedad, a la Policía Local y al Servicio de Mantenimiento de este Ajuntament.”

 

Lo que le traslado a Vd. a los efectos que procedan, significando que contra este acuerdo que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, RECURSO DE REPOSICIÓN ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de UN MES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, no pudiendo, en este caso, interponer RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO hasta que se haya resuelto el de REPOSICIÓN.

 

El RECURSO DE REPOSICIÓN POTESTATIVO deberá presentarlo en el Registro General de este Ajuntament o en las dependencias a que se refiere el Art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución en el término de UN MES , a contar del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía Contencioso-Administrativa.

 

De no utilizar el Recurso Potestativo de Reposición, cabe interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y a los artículos 45 y ss de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de 2 MESES, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación.


Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.”


 

En Calvià, a 30 de noviembre de 2012

 

LA TENIENTE DE ALCALDE DELEGADA DE URBANISMO, PLANEAMIENTO Y PATRIMONIO

(Por delegación de Alcaldía de 14 de junio de 2011)

Eugenia Frau Moreno