Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 1195
Notificación de los Acuerdos de Iniciación de los expedientes administrativos sancionadores por infracción de normas en materia de transportes.
No habiendo sido posible notificar el Acuerdo de Iniciación de los expedientes sancionadores y la apertura de los plazos de alegaciones y pruebas, por presunta infracción a las disposiciones ordenadoras del Transporte Terrestre, tipificadas en la Ley 16/87, de 30/07, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE 31/07/87) (en adelante, LOTT), reformada por Ley 29/2003, de 8 de octubre, sobre mejora de las condiciones de competencia y seguridad en el mercado de transporte por carretera (BOE núm. 242 de 9 de octubre de 2003) se procede a la notificación, conforme determina el artículo 59.5 de la Ley 30/92, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, a las personas que se detallan en el ANEXO adjunto, haciendo constar:
1º.- Disponen los denunciados de un PLAZO DE 15 DIAS (QUINCE) DÍAS HÁBILES, a contar del siguiente al de la presente publicación, para hacer efectiva voluntariamente la sanción, en cuyo caso la cuantía pecuniaria de ésta se reducirá en un 25 por ciento; así como que el pago de la sanción pecuniaria con anterioridad a que se dicte resolución sancionadora implicará la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento, dictándose a continuación resolución sancionadora que podrá ser impugnada mediante idénticos recursos a los que le hubieran correspondido en el supuesto de que el procedimiento se hubiese tramitado de forma ordinaria y hubiera terminado mediante resolución expresa. La mencionada terminación del procedimiento se producirá en todo caso, salvo en aquellos supuestos en que lleve aparejada una sanción accesoria; todo ello de acuerdo con lo establecido en los párrafos segundo y tercero del artículo 146.3 LOTT y en los artículos 210 párrafo cuarto y 213.1 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, reformado por Real Decreto 1225/2006, de 27 de octubre (BOE núm. 273, de 15 de noviembre de 2006, en adelante, ROTT).
2º.- Disponen los denunciados de un PLAZO DE 15 (QUINCE) DÍAS HÁBILES, a contar a partir del siguiente al de la presente publicación, para formular sus alegaciones, con aportación o proposición de las pruebas que las justifiquen, ante esta Dirección General.
3º Mientras dure la tramitación de los expedientes sancionadores, los interesados podrán tomar vista de los mismos, y conocer la identidad del Instructor que ha sido nombrado en el Acuerdo de Iniciación a los efectos de recusación previstos en los artículos 23 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44 de 3-04-2004 y BOE núm. 98 de 24 de abril de 2004) y 29 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4º El plazo máximo normativamente establecido para dictar resolución y notificarla es de un año a contar desde la fecha de iniciación del procedimiento, a tenor del artículo 50.3 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en relación con los artículos 146.2 párrafo tercero LOTT y 205 párrafo segundo ROTT. El transcurso de dicho plazo sin que se haya producido la resolución y notificación de la misma producirá la caducidad del procedimiento, dictándose a continuación la correspondiente resolución expresa de caducidad en aplicación del inciso final del párrafo segundo del artículo 205 ROTT, siempre que dicho procedimiento no se hubiese suspendido o paralizado por causa imputable al interesado, en cuyos casos se interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar la resolución, por el tiempo que esté en suspenso o paralizado el procedimiento.
Todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 42.4 y 42.5 de la Ley 30/1.992 de 26 de Noviembre, según redacción dada por la Ley 4/1.999, de 13 de Enero, de modificación de la anterior.
ANNEX
Primera notificació
Núm exp. |
Data infr. Matrícula. |
Nom titular Adreça |
Província |
Sanció (euros) |
Preceptes infringits |
0512/12 |
01/05/12 0184-BBR |
CAMIO ASSOCIAT, SCCL Cr.Nacional 340, km 118, 43838-CREIXELL |
Tarragona |
1.501,00 |
Arts. 13 y del Ap. VI 3 a) de el Anexo I y Apts.V.1 i VI 4 de l Anexo IB del REG CEE núm. 3821/85, del Consejo de 20/12/85, modificado por el Reglamento CE 2135/98, del Consejo, de 24/IX, que el art. 141.5 de la Ley 16/87, de 30/07 (LOTT) y el art. 198.5 del R.D.1211/90, de 28/09 (ROTT), modificado por R.D. 1225/2006, de 27/10. |
0538/12 |
15/05/12 2527-DKM |
TRANSCAR LOGISTICA SL Ctra. Villaverde a Vallecas, km 3,5, Oficina 120 28053- MADRID |
Madrid |
2.001,00 |
Art. 15.7 del REGL. (CE) núm. 3821/85, del Consejo de 20/12/85, el art. 140.24 de la Ley 16/87, de 30/07 (LOTT) y el art. 197.24 del R.D.1211/90, de 28/09 (ROTT), modificado por R.D.1225/2006, de 27/10. |
0540/12 |
13/06/12 5078-CWV |
TRANSCAR LOGISTICA SL Ctra. Villaverde a Vallecas, km 3,5, Oficina 120 28053- MADRID |
Madrid |
1.501,00 |
Art.13 y de l’Ap. VI 3 a) de l Anexo I y Apts.V.1 y VI 4 de l’Annex IB del REG CEE núm. 3821/85, del Consejo de 20/12/85, modificat pel REG CE 2135/98, del Consejo, de 24/IX, el art. 141.5 de la Ley 16/87, de 30/07 (LOTT) i l’art. 198.5 del R.D.1211/90, de 28/09 (ROTT), modificado por R.D.1225/2006, de 27/10. |
0655/12 |
07/05/12 9629-FRM |
SEDO, SL C/ Jazmines,3 07193-PALMANYOLA |
Baleares |
1.501,00 |
Art. 13 i del Ap. VI 3 a) del Anexo I y Apts.V.1 y VI 4 del Anexo IB del REG CEE núm. 3821/85, del Consejo de 20/12/85, Modificado por el REG CE 2135/98, del Consejo, de 24/IX, el art. 141.5 de la Ley 16/87, de 30/07 (LOTT) y el art. 198.5 del R.D.1211/90, de 28/09 (ROTT), modificado por R.D. 1225/2006, de 27/10. |
0659/12 |
13/06/12 7559-CWT |
TRANSCAR LOGISTICA SL Ctra. Villaverde a Vallecas, km 3,5, Oficina 120 28053- MADRID |
Madrid |
1.501,00 |
Art.. 13 y de l’Ap. VI 3 a) de l Anexo I y Apts.V.1 i VI 4 de l Anexo IB del REG CEE núm. 3821/85, del Consejo de 20/12/85, Modificado por REG CE 2135/98, del Consejo, de 24/IX, el art. 141.5 de la Ley 16/87, de 30/07l (LOTT) y el art. 198.5 del R.D. 1211/90, de 28/09 (ROTT), modificado por R.D.1225/2006, de 27/10. |
0705/12 |
24/07/12 8499-GCF |
VIDAL VIDAL JUAN SALVADOR C/ Cronista Mariano Garcia S, 00009 47400- MEDINA DEL CAMPO |
Valladolid |
1.501,00 |
Art. 13 i de l’Ap. VI 3 a) de l’Anexo I y Apts.V.1 i VI 4 de l’Anexo IB del REG CEE núm. 3821/85, del Consejo de 20/12/85, modificat pel REG CE 2135/98, del Consejo, de 24/IX, l’art. 141.5 de la Ley 16/87, de 30/07 (LOTT) i l’art. 198.5 del R.D. 1211/90, de 28/09 (ROTT), modificado por R.D. 1225/2006, de 27/10. |
0762/12 |
30/10/12 |
BECKER HOLGER Avda. Del Golf, 6, 4 X 07180- CALVIA |
Baleares |
4.601,00 |
Arts.33.3, 33.4 y 144.2 de la Ley 16/87, de 30/07 (LOTT), el art. 140.7 LOTT y el art. 197.7 del RD 1211/90, de 28/09 ROTT, Modificado por R.D. 1225/2006, de 27/10. |
Palma, 14 de enero de 2013
El Director General de Transportes
Juan Salvador Iriarte