Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 760
Ejecución de Tìtulos Judiciales 0000478/2011.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

D/Dª  PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000478 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª CATALINA GUERRA MIRO contra la empresa  EUROAPUESTAS MILLONARIAS SL sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

DECRETO

Secretario/a Judicial D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO

En PALMA DE MALLORCA, a diecisiete de Diciembre de dos mil doce

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En las presentes actuaciones se ha dictado auto despachando ejecución a favor de CATALINA GUERRA MIRO frente a  EUROAPUESTAS MILLONARIAS SL por la cantidad de 3.698,58 euros en concepto de principal y 750 euros en concepto de intereses y costas

Segundo.- En el Juzgado de lo Social nº 2 de Palma se ha dictado resolución declarando a la ejecutada EUROAPUESTAS MILLONARIAS SL en situación de Insolvencia Total a fecha 5 de marzo de 2012 en el procedimiento ETJ 350/11.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.-  Dispone el artículo 551.3 de la LEC, que dictado el auto que contiene la orden general de ejecución, el/la Secretario/a judicial responsable de la misma, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de bienes, y las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de pago que deba hacerse al deudor en casos que lo establezca la ley; dictándose de oficio las resoluciones pertinentes conforme al art. 237 LJS.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

Se Acuerda: Dar audiencia al Fondo de Granita Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Y para que sirva de notificación en legal forma a EUROAPUESTAS MILLONARIAS SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOIB.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

 

En PALMA DE MALLORCA, a veintisiete de Diciembre de dos mil doce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.