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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 1048
Resolución del Consejero de Turismo y Deportes de 17 de enero de 2013 por la que se convocan exámenes para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo y motos náuticas

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Texto

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas, y en la Orden de 17 de enero de 2003 del Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Transportes, sobre autorización y manejo de motos náuticas, así como en la Orden de 26 de octubre de 2007 del Ministerio de Fomento, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, y la Orden del Consejero de Movilidad y Ordenación del Territorio de 28 de enero de 2009, sobre organización y procedimientos administrativos en materia de titulaciones y enseñanzas náuticas de recreo, en uso de las facultades conferidas en virtud del Decreto 12/2012, de 18 de junio, del Presidente de las Islas Baleares, modificado posteriormente por los decretos del presidente 23/2011, de 5 de agosto, 33/2011, de 4 de noviembre, 2/2012, de 12 de marzo, y 8/2012, de 9 de mayo, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Convocar exámenes teóricos para la obtención de las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo y motos náuticas, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1 de la presente Resolución.

2. Aprobar el modelo de solicitud que se adjunta como anexo 2 a la presente Resolución.

3. Aprobar las normas de participación en las pruebas del anexo 3 de esta Resolución.

4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra la presente Resolución —que agota la vía administrativa— podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Turismo y Deportes en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación en el BOIB de la presente Resolución, conforme al artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Asimismo, cabe interponer directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución en el BOIB, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 17 de enero de 2013

El Consejero de Turismo y Deportes
Carlos Delgado Truyols

 

Documentos adjuntos