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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 383
Cuenta de Abogados 977/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª TERESA MARIA BALLESTER MANRESA, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº1 de EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento CUENTA DE ABOGADOS 977/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. VICENTE ACISCLO TUR CARDONA contra la empresa JOSE FERNANDO TEIXEIRA FERREIRA, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

 DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

SECRETARIA JUDICIAL SRA Dª. TERESA MARIA BALLESTER MANRESA

En IBIZA/EIVISSA, a dos de noviembre de dos mil doce.

 VICENTE ACISCLO TUR CARDONA, ha presentado minuta de honorarios afirmando que aún le son debidos y no han sidos satisfechos por su defendido en los autos DSP 1184/10 y la ETJ 227/11.

De conformidad con el art. 35.2 de la LEC acuerdo:

Requerir a JOSE FERNANDO TEIXEIRA FERREIRA para que proceda a pagar la cantidad  6293,4euros en un plazo de DIEZ DÍAS o para que impugne la misma exponiendo los motivos que tuviere para impugnarla y aportando, en su caso, los documentos que tuviere a su disposición.

En cuanto al embargo preventivo solicitado, no ha lugar en virtud de lo dispuesto en el art. 588LEC, por ser sobre bienes cuya efectiva existencia no costa, sin perjuicio de proceder al mismo en un momento posterior cuando se trata de cantidad determinada.

Igualmente apercibo al/a la requerido/a de que si en dicho plazo no paga ni impugna cuenta de derechos y suplidos, se procederá contra sus bienes por la vía de apremio, y se despachará ejecución por la cantidad a que asciende la cuenta, más las costas.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a JOSE FERNANDO TEIXEIRA FERREIRA, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En IBIZA/EIVISSA, a siete de Enero de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL