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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA - PALMAACTIVA-

Núm. 1014
Información pública de les bases reguladoras del XI Concurso de Proyectos Empresariales “EUREKA: IDEAS CONVERTIDAS EN EMPRESAS”.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Consejo Rector de PalmaActiva, en sesión de día 11 de enero de 2013, aprobó las bases reguladoras de la XI edición del Concurso de Proyectos Empresariales “EUREKA: IDEAS CONVERTIDAS EN EMPRESAS”.

Bases XI concurso de proyectos empresariales Eureka: Ideas convertidas en empresas

1.- Objetivo general

El XI concurso de proyectos empresariales "Eureka ideas convertidas en empresas" tiene como objetivos:

- Detectar nuevos proyectos empresariales y estimular su puesta en marcha.

- Mejorar la capacitación de los futuros emprendedores/as reforzando sus conocimientos en los aspectos de gestión y administración de empresa, dándoles apoyo en la fase de implementación y redacción del plan de empresa.

- Tutorizar y acompañar a los proyectos participantes

- Promover la cultura emprendedora en la ciudad de Palma mediante la organización de un concurso empresarial que premia las mejores actitudes emprendedoras en relación con los aspectos económicos, sociales y medioambientales en el entorno local.

2.- Partidas presupuestarias.

El crédito total asignado a la presente convocatoria es de 24.200 €  distribuidos de la siguiente forma:

Año 2013: 11.200 € destinados a gastos generales, formación y actividades con cargo a las aplicaciones presupuestarias 40.43300.220.00/00, 40.43300.220.01/00, 40.43300.223.00/00, 40.43300.226.02/00, 40.43300.226.08/00, 40.43300.227.00/00, y 13.000 € destinados a premios con cargo a la aplicación presupuestaria 40.43300.489.00/00 del vigente presupuesto de gastos de PalmaActiva

3 – Premios

La dotación económica de los premios dinerarios se repartirá de la siguiente manera:

A) Premios generales:

-Un primer premio por importe de 6.000 €

-Un segundo premio por importe de 4.000 €

-Un tercer premio por un importe de 3.000 €

Los premios generales se otorgan a los mejores proyectos empresariales.

B) Premios en especie:

- Todos los premiados se podrán beneficiar de la exención del pago de la cuota de alta y del equivalente a 3 meses de cuotas asociativas de la Asociación de Jóvenes Empresarios de Baleares.

- Isba SGR ofrecerá la posibilidad de conseguir un aval hasta 60.000,00 € para los tres primeros premiados.

- Los proyectos premiados tendrán preferencia para el acceso al Centro de Empresas de PalmaActiva, con una puntuación adicional de acuerdo con los requisitos establecidos en las bases propias del Centro de Empresas y supeditado a la disponibilidad de espacios.

- Programa de subvención I + E. Los proyectos empresariales de nueva creación que contemplen la contratación indefinida de los trabajadores o la incorporación de socios a cooperativas o sociedades laborales con una plantilla no superior a 25 trabajadores y que tenga una producción de bienes y servicios relacionada con actividades económicas emergentes o sea una actividad tradicional que cubra necesidades no satisfechas, podrán ser certificados como proyectos I + E por PalmaActiva para poder presentarse a las distintas líneas de subvención otorgadas por diferentes organismos (los requisitos específicos dependerán de las bases de cada convocatoria y la decisión final de otorgamiento de subvención corresponderá al organismo competente).

Los premios en ningún caso podrán superar el 80% del coste del proyecto de inversiones para la puesta en marcha del proyecto de empresa premiado más los gastos ordinarios de actividad durante los primeros 6 meses. En caso de ser superior, el premio se reducirá hasta el límite.

La concesión de los presentes premios es compatible con cualquier otro tipo de subvención o ayuda pero en ningún caso el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras supere el coste total de las inversiones o gastos subvencionados. No se subvencionará el IVA, menos los casos previstos en la ley 38/03, General de Subvenciones.

4.- Presentación de solicitudes.

Podrán presentarse solicitudes hasta el 15 de marzo de 2013, a contar desde el día siguiente de la publicación de estas bases en el BOIB. Las solicitudes se presentarán con las instancias oficiales de solicitud de participación. PalmaActiva se reserva el derecho a pedir la presentación de copia de la titulación, certificados o autorizaciones administrativas, así como la presentación de documentación original.

Todas las solicitudes de participación cumplimentadas, deberán entregarse en papel en la oficina de Promoción Económica y Emprendedores ubicada en el Cuartel de Intendencia, C. Socors, 22  de Palma, dentro del horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes laborables.

El órgano competente podrá requerir al interesado para que en el plazo máximo e improrrogable de diez días, subsane los defectos observados, con la indicación de que si no lo hace se considerará que ha desistido de su solicitud.

5.- Beneficiarios y tipos de proyectos.

5.1-Beneficiarios

Pueden participar en el concurso las personas físicas mayores de edad siempre y cuando prevean establecer en Palma su actividad.

No podrán participar:

-Titulares de proyectos que hayan resultados premiados en ediciones anteriores del concurso Eureka

-Titulares de empresas instaladas o que hayan estado instaladas en el Centro de Empresas de PalmaActiva en cualquiera de sus modalidades

-Participantes en otros concursos para emprendedores de PalmaActiva

5.2-Tipos de proyectos

Pueden presentarse proyectos de empresa que versen sobre cualquier actividad económica lícita, ya sea agrícola, ganadera, industrial, comercial o de servicios, sin limitación de ningún tipo, con especial atención a los proyectos en los nuevos yacimientos de empleo y economía creativa, excluyendo aquellos proyectos que se presenten como franquicias y aquellos proyectos presentados el año anterior que no mejoren la propuesta.

Los proyectos presentados no podrán haber sido puestos en marcha (declaración de inicio de actividad fiscal), aunque sí podrán haberse iniciado los trámites legales y administrativos de constitución de empresa. Se admitirán también aquellos proyectos puestos en marcha como máximo durante los seis meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

Se entenderá que un proyecto no ha sido puesto en marcha cuando la mayoría de los promotores no han desarrollado por cuenta propia el proyecto con anterioridad al concurso. Para los proyectos puestos en marcha como máximo durante los seis meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria se tomará como referencia la fecha de alta fiscal de la empresa.

6.- Fases del concurso.

6.1-Fase de selección:

Una vez comprobado que se cumplen los requisitos mencionados en los puntos 4 y 5, los proyectos presentados pasarán a la fase de formación.

Los promotores de los proyectos seleccionados no podrán variar el objeto de actividad para la que han sido seleccionados.

6.2-Fase formativa:

Los promotores de los proyectos, que hayan sido seleccionados, deberán realizar un curso sobre creación de empresas de hasta un máximo de 40 horas de duración que combina la formación presencial en el aula, y tutorías individualizadas. En esta fase los participantes, por tanto, contarán con un tutor de plan de empresa que les ayudará en la mejora del plan de empresa inicialmente presentado.

La formación presencial se realizará preferentemente en horarios de tarde. Los módulos, contenidos y calendarios se facilitarán al inicio del curso.

La asistencia a esta fase es de carácter obligatorio y se exigirá un mínimo de asistencia del 60% de la formación presencial para poder participar en la fase de premios.

Para contabilizar la asistencia en el caso de proyectos integrados por varios promotores al menos uno de los promotores debe obtener el certificado de aprovechamiento del curso o que la suma de las horas de asistencia de los diferentes promotores sea como mínimo el 60% de las clases presenciales.

A la finalización del curso se entregará un certificado de asistencia nominativo para cada alumno participante. Para obtenerlo es necesario acreditar una asistencia mínima del 80% de las clases presenciales.

En ningún caso se emitirá un certificado de aprovechamiento a nombre del proyecto.

6.3-Fase de entrega de proyectos finales

Los promotores de los proyectos que hayan superado el mínimo de asistencia a la fase de formación estipulado en el 60% podrán presentar por escrito un plan de empresa en base a la formación recibida, dentro del plazo y condiciones que establezca la Comisión Evaluadora, que estará integrada por un equipo técnico de PalmaActiva y un representante de cada una de las siguientes entidades: Isba SGR, Sa Nostra Caja de Baleares, Cámara de Comercio de Mallorca y Asociación de Jóvenes Empresarios de Baleares.

PalmaActiva se reserva la facultad de incluir dentro de esta Comisión Evaluadora otras entidades representativas del tejido empresarial de la economía local.

 Presentación de proyectos:

- Se presentarán en formato impreso y en CD

- El plan de empresa y el Plan Económico-Financiero se presentarán en el modelo oficial aprobado, anexo 1 y anexo 2.

- Igualmente se presentará un "resumen ejecutivo" de extensión máxima de 2 hojas, DinA4, cuerpo letra tamaño 11, con los siguientes apartados: Nombre comercial del proyecto; Nombre de los promotores; Perfiles de los promotores; Inversión (capital propio, recursos ajenos) ; Actividad económica; Público objetivo y mercado potencial; Diferenciación de los competidores; Fortalezas y oportunidades; Debilidades y amenazas.

- Es recomendable que la extensión máxima del proyecto y anexos no supere las 40 páginas, dinA4 en cuerpo de letra 11.

6.4-Fase de selección de los ganadores

La Comisión Evaluadora puntuará los proyectos según los criterios siguientes, resultando ganador aquel proyecto que obtenga una mayor puntuación, sobre un total de 100 puntos:

Criterio 1. Viabilidad técnica y económica (Hasta 35 puntos)

Criterio 2. Coherencia global del proyecto (Hasta 25 puntos)

Criterio 3. Creación de puestos de trabajo (hasta 10 puntos)

Criterio 4. Grado de innovación tecnológica y/o el producto/servicio (Hasta 10 puntos)

Criterio 5. Impacto económico y social y aplicación de criterios de Responsabilidad Social Corporativa (Hasta 10 puntos)

Criterio 6. Aplicación de criterios de Responsabilidad Social Corporativa (Hasta 10 puntos)

7.- Acto de clausura y entrega de premios

El acto es un reconocimiento público a todos y cada uno de los emprendedores participantes como verdaderos motores de nuestra economía local.

Los nombres de los proyectos ganadores y la entrega de premios se hará en el acto público de la clausura y en ningún caso se hará con anterioridad. Los premios en metálico están sujetos a retención fiscal según la normativa en vigor.

El 100% del premio se abonará en el momento de darse de alta como empresa, dentro de los seis meses siguientes al otorgamiento, contados de fecha a fecha, a contar desde la fecha de resolución, siempre que se demuestre la puesta en marcha efectiva del proyecto presentado en la fase de entrega de premios con la declaración de inicio de actividad fiscal y acredite documentalmente tanto las titulaciones descritas en el CV como la experiencia profesional. Los beneficiarios deberán mantener la alta fiscal durante un período no inferior a un año.

Los beneficiarios del premio son los promotores del proyecto a partes iguales. En caso de que algún promotor se dé de baja del proyecto tras el reconocimiento del premio y antes de su abono efectivo, no integrando la empresa que al efecto se haya constituido, su parte del premio se dividirá y se abonará proporcionalmente entre el resto de promotores. En todo caso será necesaria la renuncia escrita que no puede afectar ni cambie el objeto del proyecto inicial.

El pago del premio se realiza por transferencia bancaria a nombre de cada uno de los promotores del proyecto empresarial que ha resultado premiado.

8.- Obligaciones de los beneficiarios.

Son obligaciones de los beneficiarios:

a) Comunicar por parte del promotor o promotores al órgano competente la aceptación del premio dinerario en el plazo de quince días desde la notificación de la resolución, en caso contrario se entenderá automáticamente aceptada.

b) Cumplir el objetivo, y realizar la actividad que fundamenta la concesión del premio dinerario durante un período no inferior a un año.

c) Justificar la realización de la actividad, así como el cumplimiento de los requisitos y las condiciones que determinan la concesión del premio dinerario.

d) Someterse a las actuaciones de comprobación, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes.

e) Hacer publicidad del premio (Entrevistas medios de comunicación, página web, en su publicidad ordinaria).

f) Estar al corriente en las obligaciones fiscales y con la seguridad social y no haber sido sancionado por la obtención de premios, ayudas o subvenciones públicas, en el momento de su pago.

g) Si se encuentra en alguna de las causas de incumplimiento, reintegrar la cuantía recibida.

9.- Incumplimientos.

Se considera incumplimiento de la finalidad establecidas en las presentes bases:

1.- La falsedad en los datos aportados.

2.- La obtención del premio dinerario falseando las condiciones requeridas.

3.- El incumplimiento de dar adecuada publicidad del premio dinerario recibido.

Los reintegros se realizarán en la forma establecida en la Ley 30/1992, garantizando el derecho de audiencia de los interesados.

 

Palma, 15 de enero de 2013

La gerente
Silvia Romero Bosch