Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL
Núm. 1006
Aprobación definitiva ordenanza reguladora de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida
En el tablón de anuncios del Ayuntamiento des Castell, y en Boletín Oficial de las Islas Baleares, ha sido expuesto al público el acuerdo de aprobación inicial de la ordenanza reguladora de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida. No habiéndose presentado ninguna reclamación contra el acuerdo inicial, ésta se considera definitivamente aprobada, publicándose su texto íntegro:
ORDENANZA REGULADORA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA
Dado que consta en el expediente una propuesta de Ordenanza Reguladora de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida que viene a mejorar y sustituir la vigente, dado que se ha observado errores, y que incorpora la posibilidad que puedan solicitar los beneficios que se otorgan también las personas jurídicas.
Dado que constan en el expediente los informes favorables del Interventor Municipal y del Secretario de la Corporación.
Visto el art. 4.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, (Potestad reglamentaria y de auto organización).
Visto el art. 102 (procedimiento de elaboración de reglamentos y ordenanzas) de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares de aprobación inicial, exposición al público por alegaciones y aprobación definitiva.
Visto el art. 25.2, b) de la Ley reguladora de Bases de régimen local que dice de la competencia municipal en lo referente a la ordenación del tráfico y personas en la vía pública.
Visto el art. 7.g) de la Ley 12/2.006, dice de informe referente todas las normativas dictadas por las administraciones públicas por parte del Instituto de la Mujer.
El Pleno del Ayuntamiento, de acuerdo con el dictamen favorable de la Comisión informativa municipal de Sanidad y asuntos sociales, por unanimidad de los miembros de la corporación presentes resuelve:
PRIMERO.- Aprobar inicialmente la Ordenanza reguladora de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida, el texto íntegro de la cual figura como documento anexo a la presente propuesta y dejar sin efecto la actual ordenanza.
SEGUNDO.- Someter esta Ordenanza a información pública y audiencia a los interesados por un plazo de 30 días, a efectos de reclamaciones y sugerencias, mediante la inserción del correspondiente edicto en el BOIB, así como en el tablón de edictos y en la página web de este Ayuntamiento, y transcurrido este plazo sin que se hayan presentado reclamaciones ni sugerencias, se entenderá aprobada definitivamente la nueva ordenanza sin necesidad de nuevo acuerdo.
Igualmente se acuerda elevar petición al Instituto de la Mujer respecto de este acuerdo a los efectos de su informe.
TERCERO.- Aprobada definitivamente la Ordenanza reguladora de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida, se enviará copia íntegra y fehaciente de ésta a la Delegación de la Administración General del Estado y al Gobierno de las Islas Baleares y se publicará íntegramente su texto en el BOIB, entrando en vigencia una vez transcurran 15 días a contar desde su total publicación.
Es Castell, 21 de enero de 2013
El alcalde
José Luis Camp Pons