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AYUNTAMIENTO DE SÓLLER
Núm. 1000
Propuesta de resolucion expediente sancionador 31/ag/12
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Por no haberse podido efectuar la notificación en el domicilio que figura en el expediente 31/AG/12, se pone en conocimiento de la Sra. Koch Ludwig la comunicación de fecha 28 de noviembre de 2012, a la que se adjuntaba la propuesta de resolución que a continuación se transcribe:
Le comunico que en esta misma fecha, el Instructor del expediente instruido por la realización de obras no adaptadas a licencia que se relacionan a continuación, ha dictado la siguiente Propuesta de Resolución:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL INSTRUCTOR DEL PROCEDIMENTO.-
Visto el expediente sancionador 31/AG/2012, incoado a la Sra. Renate Margarete Koch Ludwig, por lo siguiente:
Instalación de elemento prefabricado tipo roulotte en el polígono 1 parcela 269 de Sóller.
Visto que por resolución de Alcaldía número 341 de fecha diez de abril de 2012, se inició el procedimiento sancionador para poder determinar la posible responsabilidad administrativa en la que hubiera podido incurrir por los mencionados hechos.
Visto que no ha habido recusación al nombramiento del Instructor y el Secretario.
Visto que en fecha veintiuno de mayo de 2012, la Sra. Koch Ludwig presentó un escrito de alegaciones y vistos los informes emitidos al respecto por los Servicios Técnicos en fecha 24 de mayo de 2012, y de los Servicios Jurídicos en fecha 25 de mayo de 2012 .
De acuerdo con el informe emitido por los servicios técnicos en fecha veintitrés de marzo de dos mil doce, las obras realizadas no se han legalizado dentro del plazo.
Los hechos podrían ser constitutivos de la infracción grave tipificada en los artículos 27.1.b) y 28 de la Lei 10/1990, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística,de la CAIB al tratarse de una instalación legalizable, valorado este elemento prefabricado en tres mil euros, (3.000€), y puede dar lugar a una sanción de entre el 50% y el 100% de su valor, como señala el artículo 45 de la Ley 10/1990.
La valoración que se prevé es de mil quinientos euros (1.500€).
En vista de que el órgano competente para la resolución del procedimento según disponen los artículos 10 del RPS, artículo 35 de la Ley 10/1990 de Disciplina Urbanística,de la CAIB y el artículo 41.23 del Reglamento de Organización , Funcionamento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y 21.1,k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de la Bases del Régimen Local (LBRL), es el Alcalde, es por lo que el instructor del expediente propone lo siguiente:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
1.- DESESTIMAR las alegaciones presentadas por la Sra. Koch Ludwig.
2.- IMPONER a la Sra. Koch Ludwig como promotor, autora de la infracción administrativa grave tipificada als articles 27.1.b) i 28 de la Ley 10/1990, la sanción de MIL QUINIENTOS EUROS (1.500 €)
Lo cual os comunico para su conocimiento y a los efectos previstos en el artículo 66.3 de la Ley de Disciplina Urbanística, significando le que dentro del plazo de DIEZ DIAS, contados a partir del siguiente al del recibo de la presente notificación, podreis formular las alegaciones que creáis pertinentes y presentar los documentos y justificantes que estiméis oportunas.
Sóller, 7 de enero de 2013
El Alcalde
Carlos Simarro Vicens