Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 964
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2013 por el que se ratifica el acuerdo de disolución y liquidación del Consorcio Pla Mirall Inca
Mediante el Decreto 184/1996, de 11 de octubre, se reguló el Plan Extraordinario de Recuperación y Mejora del Paisaje Urbano (Mirall). Este Plan tenía como objetivo prioritario la necesidad de adoptar una serie de medidas para lograr una recuperación y mejora del entorno paisajístico de la comunidad autónoma.
El artículo 21 del Decreto preveía la posibilidad de crear un consorcio de carácter local, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el ayuntamiento correspondiente, para la gestión ordinaria, dentro del ámbito de cada municipio, de los proyectos incluidos en el Programa de Recuperación y Mejora de Infraestructuras.
Uno de los medios para hacer posible este objetivo fue, conforme a lo que disponía el artículo 21 del Decreto 184/1996, la posibilidad de que los consorcios, constituidos al amparo del Decreto mencionado, formalizasen operaciones de endeudamiento para financiar los proyectos aprobados por la Comisión de Recuperación y Mejora del Paisaje Urbano. El coste de estas operaciones de financiación fue subvencionado por los entes consorciados, por la Administración de la Comunidad Autónoma y, si procedía, por el ayuntamiento correspondiente, en la parte que respectivamente les correspondía.
En cumplimiento del citado artículo, se constituyó, entre otros, el Consorcio Pla Mirall Inca y se aprobaron los estatutos correspondientes de acuerdo con el modelo establecido en el Decreto 184/1996.
La disposición adicional octava de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2012, autoriza al Consejo de Gobierno para que, con carácter general, haga todas las actuaciones que sean necesarias a fin de racionalizar y reducir el conjunto de entes instrumentales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a través de las operaciones de estructuración que resulten de las previsiones a que se refiere la disposición transitoria primera de la Ley 7/2010, incluidas las transformaciones, las extinciones, las fusiones y las integraciones, en todo o en parte, en otros entes instrumentales o en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de abril de 2012, se aprobó la primera fase del Proyecto de Reestructuración del Sector Público Instrumental de las Illes Balears y se dispuso que corresponde a cada consejería, respecto de los entes del sector público que tenga adscritos, el impulso y la coordinación de la ejecución de este Acuerdo. El anexo I del Acuerdo prevé, dentro de los entes que deben extinguirse, el Consorcio Pla Mirall Inca.
En la actualidad, este Consorcio ha cumplido el objetivo por el que se creó, por lo que el 14 de diciembre de 2011 se acordó por parte de la Junta Rectora, de acuerdo con lo previsto en los artículos 5 y 12.1 de los Estatutos, su disolución y liquidación. Debido al tiempo transcurrido, el 17 de diciembre de 2012 la Junta Rectora del Consorcio ratificó el acuerdo anterior de 14 de diciembre de 2011.
Así consta tanto en las actas como en los certificados emitidos por el secretario del Consorcio.
Por otra parte, de conformidad con el artículo 12.4 de los Estatutos, el acuerdo de la Junta Rectora relativo a la disolución y liquidación requiere la unanimidad de todos los miembros del Consorcio con derecho a voto en la Junta Rectora, así como la posterior ratificación de las entidades miembros del Consorcio, es decir, el Gobierno de las Illes Balears y el ayuntamiento respectivo.
El 21 de diciembre de 2012 el Pleno del Ayuntamiento de Inca ratificó el acuerdo de disolución del Consorcio Mirall Inca.
De acuerdo con el Decreto 12/2011, de 18 de junio, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en la redacción dada por el Decreto 23/2011, de 5 de agosto, el Consorcio Pla Mirall Inca está adscrito a la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, en la sesión de 18 de enero de 2013, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:
“Primero. Ratificar el acuerdo de disolución y liquidación adoptado por la Junta Rectora del Consorcio Pla Mirall Inca de 14 de diciembre de 2011.
Segundo. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”
Palma, 18 de enero de 2013
El secretario del Consejo de Gobierno
Antonio Gómez Pérez