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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 905
Exp 130-12 Denuncia Policía Local por quejas de la vivienda situada en la calle Xorrigo, 28 d'Es Pont d'Inca Nou

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por supuesta infracción medioambiental y al haber intentado la notificación sin resultado positivo, por la presente notificación de la resolución se notifica al interesado el SR. FERNANDO GIL TORRENS de conformidad con lo que dispone  el articulo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el escrito de fecha 5 de noviembre de 2012, que trascrito dice: “De conformidad con lo que dispone el artículo 192. 2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, le comunico que el Sr. Alcalde, en fecha 5 de noviembre de 2012 ha dictado la siguiente Resolución :

ASUNTO: VIVIENDA EN MALAS CONDICIONES EN LA CALLE XORRIGO, 28 D’ES PONT D’INCA NOU

Marratxí, 5 de noviembre de 2012

Puesto que, la Celadora de Medio Ambiente de este Ayuntamiento,  mediante escrito de fecha 5 de enero/12, informa lo siguiente: “La presente es para informarles que en la Ordenanza Municipal de Protección de Medio Ambiente, de 2 de septiembre de 2006, el artículo 17 hace referencia a las obligaciones de los propietarios de jardines donde se advierte que “Los jardines y las plantaciones privadas, y también los espacios libres, constituyen un elemento importante del ecosistema urbano y, como tal, sus propietarios los tienen que mantener en un correcto estado. Se tendrá que atender especialmente: a) la limpieza y las condiciones higiénicas; b) Estado fitosanitario de las plantaciones.”

Recibidas varias quejas de los vecinos referente al estado de abandono en que se encuentra la vivienda situada en la calle Xorrigo, 28 de la urbanización Pont d’Inca Nou, con referencia catastral 4239915DD7843N00010H, solicitamos que mantengan el jardín libre de residuos y de abundante vegetación a fin de mantener unas correctas condiciones de higiene y salubridad.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.”

Vistos los artículos 17 y 18 de la Ordenanza municipal de Medio Ambiente, esta Alcaldía en uso a las atribuciones que le confiere la normativa vigente tiene a bien dictar la siguiente:

RESOLUCIÓN

1º Ordenar al SR. FERNANDO GIL TORRENS propietario de la vivienda situada en la calle Xorrigo, 28 d’es Pont d’Inca Nou, a mantener el jardín libre de residuos y de abundante vegetación a fin de mantener unas correctas condiciones de higiene y salubridad la limpieza y el vallado del mismo.

2º Conceder al SR. FERNANDO GIL TORRENS un plazo de 30 días (treinta) para llevar a cabo la citada limpieza.

3º Advertir al SR. GIL TORRENS que, transcurrido el citado plazo, si no he ejecutado la orden de ejecución trascrita en el parágrafo 1º que encabeza esta Resolución, se procederá a la incoación del expediente sancionador, en la resolución del cual además de la imposición de la multa que sea procedente, si procede, se concederá un último e improrrogable plazo para la ejecución ordenada, que, si no se cumple se realizará por el mismo Ayuntamiento, a costa del SR. GIL TORRENS a través del procedimiento de ejecución subsidiaria regulado por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.-

Lo manda y firma el Alcalde Sr. Tomeu Oliver Palou.- Doy fe.”

Marratxí, 18 de diciembre de 2012

El Alcalde,
Tomeu Oliver Palou