Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 687
Recurso de Apelación (LECN) 0000373/2012. Sobre Cumplimiento Obligaciones.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

DOÑA JOAQUINA LLOR BAÑOS, Secretaria de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Palma por el presente hago saber: Que en esta Sección se tramita Rollo de Apelación num. 373/2012 siendo parte apelante D GERHARD BAJER, representado por la Procuradora Sra. Luisa Adrover Thomas, y como parte apelada la Comunidad de Propietarios Edificio Xaloc V, representada por la Procuradora Sra. Concepción Zaforteza Guasp y en el cual se ha dictado en fecha 11 de julio de 2012 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Vistos por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, constituida como órgano unipersonal por la Magistrada DOÑA COVADONGA SOLA RUIZ, en grado de apelación, los presentes autos de Juicio Verbal seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Palma, bajo el número 373/12, entre partes, de una, como codemandado apelante DON GERHARD BAJER, representado por el Procurador de los Tribunales DOÑA LUISA ADROVER THOMAS y asistido del Letrado DON JUAN ESCANDELL TORRES y, de otra, como apeladas, la demandante COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO XALOC V, sito en Calle Ramón de Moncada 24 de Santa Ponsa, Calvia, representada por el Procurador de los Tribunales DOÑA CONCEPCIÓN ZAFORTEZA GUASP y asistida del Letrado DOÑA MARIA DOLORES SERRA VARA, y la codemandada DOÑA JUTTA BAJER, en situación de rebeldía procesal.

Que DESESTIMANDO el recurso de Apelación interpuesto por el Procurador de los Tribunales DOÑA LUISA ADROVER THOMAS, en representación de DON GERHARD BAJER, contra la Sentencia de fecha 10d e diciembre de 2010, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Palma, en los autos de Juicio Verbal número 1163/10, de que dimana el presente Rollo de Sala, SE CONFIRMAN los pronunciamientos que la resolución impugnada contiene, condenando a la apelante al pago de las costas causadas en esta alzada y con pérdida del depósito constituido para recurrir.

Y para que sirva a efectos de notificación a JUTTA BAJER expido el presente edicto en la ciudad de PALMA DE MALLORCA a 19 de julio de 2012.

 

LA SECRETARIA JUDICIAL.