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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 550
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Consulta previa sobre el proyecto de nueva EDAR e impulsión de 4,7 Km de la actual hacia la de nueva construcción, Sant Antoni de Portmany, Santa Eulària des Riu e Ibiza.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

En relación al asunto de referencia, y de acuerdo con el RDL 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 16 de noviembre de 2012 y en el trámite de consulta preceptiva al órgano ambiental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears,

 

CONSIDERANDO

 

1.Que una vez vista y evaluada técnicamente, desde el punto de vista medioambiental, la documentación presentada por la Subdirección general de Evaluación Ambiental del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, que actúa como órgano ambiental de este proyecto, y visto que éste tiene que someterse a evaluación de impacto ambiental (Grupo 9, letra d del Anexo I del RDL 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos).

 

ACUERDA

 

que la evaluación de impacto ambiental a realizar incluya las siguientes consideraciones:

1.Descripción de los equipamientos e infraestructuras de la nueva EDAR, línea de aguas y línea de fangos. Descripción de las actuaciones y usos que se realizarán en los equipamientos e infraestructuras de la EDAR actual.

2.Una descripción detallada del ámbito de actuación concreto de este proyecto, analizando todos los elementos naturales y socioeconómicos que puedan quedar afectados por el mismo. En la descripción se tiene que incluir:

-El medio abiótico: clima, geología, litología, edafología, hidrología superficial y subterránea de las zonas afectadas.

-El medio biótico: flora, fauna y, si hay, las especies catalogadas en el ámbito de actuación del proyecto y en áreas adyacentes por posibles impactos indirectos, hábitats de interés comunitario fuera de la Red Natura 2000.

-En el medio socioeconómico afectado por el proyecto: población, usos del suelo, elementos etnológicos y patrimoniales, paisaje, figuras de ordenación territorial (Normas Subsidiarias, Planes Territoriales Insulares), espacios de relevancia ambiental (Red Natura 2000- LIC y/o ZEPA).

3.En la documentación presentada no se expone claramente si se realizarán o no actuaciones en el emisario actual o si por el contrario se instalará uno nuevo. Por tanto, el estudio de impacto ambiental tendrá que aclarar estas cuestiones (zona por donde discurrirá, medio terrestre y marino afectado). Si hay actuaciones en la zona marina del emisario, el estudio de impacto ambiental incluirá un estudio de biocenosis marina donde se describirán las comunidades marinas afectadas, hábitats de interés comunitario y especies de fauna y flora indicando las que están catalogadas y/o protegidas.

4. Inventario ambiental de la vegetación de ribera existente y la que se afectará con la instalación de los colectores que se enterrarán paralelos al cauce de cursos de agua.

5.Incluir los condicionantes, observaciones y/o recomendaciones de los distintos órganos administrativos competentes en aspectos sectoriales relacionados con el medio ambiente que también se han consultado. En especial los siguientes: 

-En materia de Áreas de Prevención de Riesgos de Incendios (Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo de la Dirección General de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático).

-En materia de Áreas de Prevención de Riesgos de Erosión y Vulnerabilidad de Acuíferos (Servicio de Estudios y  Planificación de la Dirección General de Recursos Hídricos).

-En materia de Áreas de Prevención de Riesgos de Inundación y protección del dominio público hidráulico (Servicio de Aguas Superficiales de la Dirección General de Recursos Hídricos).

 

Palma, 21 de diciembre de 2012

 

 El presidente de la CMAIB

José Carlos Caballero Rubiato