Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 878
Resolución del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 17 de diciembre de 2012, por la que se disponen la reorganización y la reestructuración de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Palma 2, Sóller, Calvià, Inca y Muro
Hechos
1. La Orden de 7 de septiembre de 1994 (BOE nº 225, de 20 de septiembre) establece la sectorización de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica, y determina su demarcación geográfica en las Islas Baleares.
2. En fecha de 19 de diciembre de 2008, el director general de Planificación y Centros dictó Resolución por la que se separa el EOEP Manacor-Campos en dos equipos diferentes.
3. En fecha de 1 de octubre de 2010 (BOIB nº 159, de 2 de noviembre), la Resolución del consejero de Educación y Cultura establece que se separan el EOEP Palma 2 y la subsede de Calvià en dos equipos diferentes.
4. En fecha de 8 de julio de 2011 (BOIB nº 119, de 6 de agosto), la Resolución del Consejero de Educación, Cultura y Universidades autorizó la creación del EOEP Sóller en el proceso de segregación de la sede central EOEP Palma 2.
5. En fecha de 8 de julio de 2011 (BOIB nº 119, de 6 de agosto), la Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades autorizó la creación del EOEP Muro en el proceso de segregación del EOEP Inca.
6. En fecha de 19 de septiembre de 2012 (NRS: 03/12 de 19 de septiembre) el Servicio de Atención a la Diversidad de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Formación Profesional solicita la autorización para la reorganización de las diferentes sedes y subsedes de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica.
7. En fecha 29 de octubre de 2012 (NRS: 106/12 de 30 de octubre) el Servicio de Atención a la Diversidad de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Formación Profesional remite informe de la nueva reestructuración de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica, que permitirá reducir el número de horas destinadas a la dirección y repercutirá en la atención directa de alumnos, familias y centros.
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4 de julio), reguladora del derecho a la educación.
2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE nº 106, del 4 de mayo), de educación.
3. La Orden del Ministerio de Educación de 9 de diciembre de 1992, por la que se regulan la estructura y las funciones de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica.
4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo (BOIB nº 44, del 3 de abril), de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
5. La Resolución del Consejero de Educación y Cultura de 12 de marzo de 2010 (BOIB nº 48, de 25 de marzo) por la que se establecen la denominación y la sigla que han de constar en el Registro de centros docentes de las Islas Baleares.
6. El Decreto ley 5/2012 de 1 de junio de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y de otras instituciones autonómicas.
Por todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Planificación, Inspección e Infraestructuras Educativas, dicto la siguiente
Resolución
Primero. Disponer la reorganización y la reestructuración de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Palma 2, Sóller, Calvià-Andratx, Inca y Muro; de tal forma que las sedes de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Sóller y Calvià pasan a ser subsedes del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Palma 2, y la sede del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Muro pasa a ser subsede del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Inca.
Segundo. Mantener los códigos de centro de cada sede y subsede. (Anexo 1)
Tercera. Inscribir esta modificación en el Registro de Centros de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades. (Anexo 1)
Cuarta. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 17 de diciembre de 2012
El Consejero de Educación, Cultura y Universidades
Rafael Àngel Bosch i Sans
ANEXO
REORGANIZACIÓN EOEP 2012-2013 |
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SEDES |
SUBSEDES |
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Palma I codi:7700121 |
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Palma II codi:7700143 |
Sóller codi:7700131 |
Calvià-Andratx codi:7700052 |
Inca codi:7700091 |
Muro codi:7700313 |
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Manacor codi:7700106 |
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Campos codi:7700064 |
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Ibiza codi:7700088 |
Formentera codi:7700155 |
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Menorca codi:7700118 |
Ciudadela codi:7700076 |
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