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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 532
Sanitat.- Notificació de resolució de l'expedient M61/11
AREA DELEGADA DE SALUD.
Al no haber podido ser efectuada la preceptiva notificación a la persona que a continuación se relaciona, por el presente edicto se le notifica que en relación al expediente que se tramita al Area Delegada de Salut, con el nº M61/2011, como consecuéncia de molestias ocasionadas por los ladridos de perros ubicados a la vivienda de la c/ Bonaire nº 19-6º-C, de Palma, esta Alcaldia, mediante Decreto nº 20028 de fecha 09 de Noviembre del 2012, ha acordado :
" 1º.- Ordenar a Dª Josefa Alvarez Jimenez, con D.N.I. nº 15.182.299-A, como titular de los animales ubicados en la vivienda de la c/ Bonaire nº 19-6º-C, de Palma, que en el plazo de 48 horas contadas a partir del dia siguiente al de la recepción de la presente notificación, proceda a efectuar la retirada de los perros ubicados en el domicilio antes mencionado, esto por haberse acreditado el incumplimiento de lo ordenado en el Decreto de Alcaldia nº 20028 de fecha 09 de noviembre de 2012, al objecto de eliminar las molestias ocasionadas por los ruidos de estos animales a los vecinos.
2º.- Apercibir a la Sra. Josefa Alvarez Jimenez, y en el caso que no cumpliere lo que se le ha ordenado, en el plazo señalado, de la ejecución subsidiaria por parte de los servicios municipales correspondientes, siendo los gastos a cargo de la denunciada y siendo responsable de los daños y perjuicios que pudiesen producirse, esto sin perjuicio del traslado de las actuaciones efectuadas al Juzgado correspondiente, a los efectos pertinentes.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede presentar recurso de reposición delante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de novembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, segun la redacción de la Ley 4/99, de 13 de Enero. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el dia siguiente de recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo se tendrá que presentar al Registro General de este Ayuntamiento o a las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre , antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el dia siguiente de la interposición, y en este caso quedará expedida la vía contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo antes mencionado y los 45y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, delante del Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el dia siguiente de recibir esta notificación, esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.
Palma, a 08 de Enero del 2013
LA JEFE DEL DEPARTAMENTO
Rosa Llinas Bosch