Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESPACIOS DE NATURALEZA BALEAR
Núm. 741
Encargo de gestión a BITEL para la modificación y mantenimiento del sistema de gestión de los permisos de uso público en el parque nacional marítimo terrestre del archipiélago de Cabrera.
José María Vicente Martorell, director de Espais de Natura Balear, en virtud de lo que establece el artículo 14.3.c) del Decreto 71/2006, de 28 de julio, de creación, de organización y régimen jurídico de la empresa pública Espais de Natura Balear, facultado para este acto mediante acuerdo del Consejo Directivo de 13 de noviembre de 2012.
EXPONE
1. Que el artículo 1 del Decreto 71/2006, de 28 de julio, de creación, de organización y régimen jurídico de la empresa pública Espais de Natura Balear, establece que la finalidad institucional de la entidad es la gestión de los parques y otras figuras de protección especial al amparo de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres (actualmente derogada por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de patrimonio natural y de la biodiversidad), y de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental. Esta finalidad institucional fue ampliada, en virtud de la disposición adicional cuarta de la Ley 25/2006, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas y la Ley 6/2009, de 17 de noviembre, de medidas ambientales para impulsar las inversiones y la actividad económica en la Illes Balears. El ámbito de actuación de Espais de Natura Balear incluye los parques nacionales declarados en las Illes Balears.
2. Que mediante acuerdo de Consejo de Gobierno de 7 de septiembre de 2012, se autorizó la creación de la Fundación Balear de Innovación y Tecnología, en la cual se fusionaron la Fundación IBIT, Parc Bit Desenvolupament, SA y BITEL, SA. El acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de octubre de este año autorizó la cesión global de activos y pasivos sin contraprestación de las sociedades anónimas Parc Bit Desenvolupament SA y BITEL Baleares Innovación Telemática SA a la nueva Fundación IBIT, así como la fusión de la Fundación BIT con el nuevo organismo. La Fundación BIT se constituyó en virtud de la escritura de 2 de octubre de 2012, otorgada ante el notario de Palma de Mallorca, Luis Pareja Cerdó, con el número 2121 de su protocolo. El artículo 4 de los estatutos de la nueva Fundación establece que tiene el caràcter de medio propio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y del resto de administraciones públicas, como también de todos los entes instrumentales.
Así, las administraciones o entidades indicadas podrán encargar a la Fundación la ejecución de cualquier actuación material que se incluya en su objeto social.
El artículo 7 de los estatutos de la Fundación expone que, entre las actividades fundacionales, se incluyen la realización de actividades de provisión de servicios y de ingenieria de sistemas en el campo de las tecnologías de la información y de las telecomunicaciones, incluida la consultoría, el diseño, el desarrollo, la implantación y la explotación, como la formación y la asistencia técnica de estos sistemas y servicios.
3. Que los artículos 4.1.n) i 24.6 del Real Decret Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Llei de Contratos del Sector Público, regulan los encargos realizados por entidades que tienen la consideración de medio propio y servicio técnico, y establece que se deben seguir las previsiones de la Ley cuando las actuaciones derivadas de la prestación tengan por objeto la realización de una obra, suministro o servicio.
4 Que en la sesión de 13 de noviembre de 2012, el Consejo Directivo de Espais de Natura Balear, visto el expediente de tramitación, autorizó el encargo de gestión a la Fundación Balear de Innovación y Tecnología, para la modificación y mantenimiento del sistema de gestión en línea de los permisos de uso público en el parque nacional maritimoterrestre del archipiélago de Cabrera, con un importe de
6.235,01 € facultando al director de Espais de Natura Balear para su firma.
5. El importe de este encargo se ha fijado de acuerdo con las tarifas y precios de trabajo aprobados mediante Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación, de 17 de julio de 2008, por la cual se aprueban las tarifas aplicables a los encargos de gestón del área de desarrollo para la programación de aplicativos.
El encargo de gestión se llevará a cabo de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. En el marco de lo que dispone el artículo 24.6, en relación con el artículo 4.1.n) del Text Refundido de la Ley de Contratos del Sector Públic, se encarga a la Fundación Balear de Innovación y Tecnología la modificación y mantenimiento del sistema de gestión en línea de los permisos de uso público en el parque nacional maritimoterrestre del archipiélago de Cabrera.
Las características de este servicio están detalladas en el pliego de condiciones técnicas adjunto, redactado al efecto.
Segunda. El importe de este servicio supone un presupuesto total de 6.235,01 € (seis mil doscientos trenta y cinco euros con un), de acuerdo con las tarifas y precios indicados en el expositivo 5.
Tercera. Los pagos los realizará Espais de Natura Balear, previa presentación de las certificaciones parciales correspondientes a las actuaciones realizadas, debidamente conformadas por el responsable del servicio.
Cuarta. La comunicación de Espais de Natura a la Fundación Balear de Innovación y Tecnología del presente encargo supondrá la orden para inciar los servicios, que se realizarán bajo la supervisión del director del Parque Nacional de Cabrera, que se encargará de comprobar que el servicio se ajusta a la finalidad de este encargo, así como de facilitar los datos y documentos que puedan ser necesarios para la ejecución de los trabajos.
Quinta. El plazo de vigencia del encargo es desde día 2 de enero hasta día 31 de diciembre de 2013.
Sexta.- El personal que la Fundación Balear de Innovación y Tecnología destine a la ejecución del encargo no tendrá vinculación laboral o de otro tip con Espais de Natura Balear. Este personal quedará exclusivamente bajo el poder de dirección del medio propio que lo haya contratado sin que Espais de Natura Balear pueda asumir funciones directivas sobre el mismo y sin perjuicio de las facultades que la legislación de contratos del sector público reconozca al órgano de contratación, en relación a la ejecución del encargo.
Séptima. Este encargo no supone, en ningún caso, la cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos del hecho de ejercerla.
Octava. Este encargo se extinguirá:
a) Por la expiración de su plazo de vigencia
b) Por incumplimiento de sus cláusuals, lo que facultará a la parte cumplidora a exigir su resolución
c) Por causa sobrevenida o que afecte al interés público
Palma, 31 de diciembre de 2012
El director d’Espais de Natura Balear
José María Vicente Martorell