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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE LLOSETA

Núm. 370
Anuncio de aprobación definitiva del Presupuesto General del ejercecio 2012 del ayuntamiento de Lloseta

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En sesión plenaria celebrada el pasado día 26-11-2012, se aprobó inicialmente el Presupuesto General de esta Entidad por el 2013,  dado que no se han presentado reclamaciones durante el plazo de información pública, se entiende aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento para el 2013, y comprensivo este del presupuesto general de este Ayuntamiento, bases de ejecución, plantilla de personal funcionario y laboral, en conformidad con el artículo 169 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica su resumen por capítulos:

ESTADO DE GASTOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

CAPÍTULO 1: Gastos de Personal: 2.070.216,88 euros.

CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios: 1.433.105,30 euros.

CAPÍTULO 3: Gastos Financieras: 82.000,00 euros.

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes: 573.950,00 euros.

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

CAPÍTULO 6: Inversiones Reales: 0,00 euros.

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital: 51.500,00 euros

 

B) OPERACIONES FINANCIERAS

CAPÍTULO 8: Activos Financieros: 0 euros.    

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros: 371.227,82 euros.

TOTAL: 4.582.000,00 euros.

 

ESTADO DE INGRESOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

CAPÍTULO 1: Impuestos Directos: 2.113.000,00 euros.

CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos: 120.000,00 euros.

CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos: 1.106.571,00 euros.

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes: 1.225.180,00 euros.

CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales: 17.249,00 euros.

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversions Reales: 0,00 euros.

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital: 0,00 euros.

 

B) OPERACIONES FINANCIERAS

CAPÍTULO 8: Activos Financieros: 0,00 euros.

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros: 0,00 euros.

TOTAL: 4.582.000,00 euros.

 

PLANTILLA DE PERSONAL

*A.- PLAZAS RESERVADAS A FUNCIONARIOS DE CARRERA.-

 

Denominación

Grup

Núm.

Vacantes

1.- Habilitación de Carácter Estatal

 

 

 

1.1. Secretario/a

A-1

1

-

1.2. Interventor/a

A-1

1

1

2.- Escala de Administración General

 

 

 

2.1. Subescala técnica:

          Técnico/a de Administración General

 

A-1

 

1

 

-

2.2. Subescala Administrativa:

          Administrativa de Administración Gral.

 

C-1

 

3

 

-

2.3. Subescala Auxiliares:

          Auxiliar Administrativa

C-2

1

-

3.- Escala Administración Especial

 

 

 

3.1. Subescala servicios especiales

 

 

 

3.2. Policial Local

          Oficial

          Policía Local

          Policía Turística

 

C-1

C-1

C-1

 

1

9

2

 

-

2

-

TOTALES

 

19

4

 

B.     PERSONAL LABORAL.

 

Denominación

Núm.

Vacantes

De actividad Permanente

- Administrativo de contabilidad

- Auxiliar Administrativa

- Trabajadora Social

- Ordenanzas Edificios Municipales

- Bibliotecaria

- Secretaria de Juzgado de Paz

- Limpiadoras

- Oficiales 1a

- Oficiales 2a

- Trabajadoras familiares

- Técnico de cultura

- Ordenanza notificador

- Enfermera Centre de día

- Terapeuta ocupacional

- Cocinera Centre de día

- Monitores piscina

- Recepcionista piscina

                      Suma

 

1

1

1

1

1

1

8

4

1

8

1

1

1

1

1

1

1

         34

 

-

-

-

-

-

-

3

-

-

2

-

-

1

1

-

-

-

           7

De Actividad no permanente

- Auxiliar educadora

- Monitor piscina

- Auxiliar administrativa

- Ordenanza Punto Verde

- Peón brigada

- Monitora fútbol

- Monitora refuerzo escolar

- Limpiadora

                      Suma

 

1

6

1

1

1

1

1

1

13

 

-

-

-

-

-

-

-

-

                                                                                                             

Esta aprobación puede ser impugnada ante la jurisdicción contenciosa administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de esta jurisdicción.

 

Lloseta, 2 de enero de 2013.

El Alcalde,

Bernat Coll Ramon.