Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
VICEPRESIDENCIA ECONÓMICA, DE PROMOCIÓN EMPRESARIAL Y DE OCUPACIÓN
Núm. 684
Resolución del vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Empleo de 7 de enero de 2013 por la que se delega en el consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio la competencia para convocar y resolver la concesión de ayudas, en materia de agricultura, medio ambiente y territorio, destinadas a entidades públicas cofinanciadas por la Unión Europea con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo de Competitividad Regional y Empleo de las Baleares para el periodo 2007-2013
Antecedentes
1. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de abril de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas en materia de las actuaciones previstas en el programa operativo estableció FEDER 2007/2013 (BOIB núm. 64, de 28 de abril), fijó el marco normativo autonómico relativo a estas ayudas.
2. El artículo 1 de esta Orden dispone que su objeto es establecer las bases reguladoras que regirán la concesión de ayudas destinadas a entidades públicas cofinanciadas por la Unión Europea con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo de Competitividad Regional y Empleo de las Baleares para el periodo 2007-2013, que convoque la Consejería de Comercio, Industria y Energía.
3. Asimismo, los apartados 1 y 3 del artículo 9 de esta Orden disponen, respectivamente, que la consejera de Comercio, Industria y Energía es el órgano competente para iniciar el procedimiento mediante la convocatoria a que se refiere el artículo 5 de la Orden y para dictar la resolución de concesión o denegación de la subvención, así como, si procede, las resoluciones de modificación y revocación a que se refieren los artículos 19 y 20 de la Orden.
4. Atendidas las competencias y la nueva estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobada por el Decreto 12/2011, de 18 de junio, del presidente de las Illes Balears, se considera necesario y oportuno delegar en el consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio las competencias a las que se refieren los apartados 1 y 3 del artículo 9 de la Orden antes citada, las cuales deben entenderse atribuidas actualmente al vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Empleo, y ello en cuanto a las ayudas en materia de agricultura, medio ambiente y territorio que se pretendan convocar a favor de entidades públicas con cargo al FEDER en el marco del Programa Operativo de Competitividad Regional y Empleo de las Illes Balears para el periodo 2007-2013 y de la Orden antes citada.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Los artículos 20, 25 y 42 c de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que regulan, respectivamente, el ejercicio de la competencia, la delegación interorgánica y la forma de los actos administrativos dictados por los consejeros.
3. Los apartados 1 y 3 del artículo 9 de la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de abril de 2011 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas en materia de actuaciones previstas en el programa operativo FEDER 2007/2013.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Delegar en el consejero de Agricultura, Medio ambiente y Territorio la competencia para convocar y resolver la concesión de ayudas, así como para dictar las resoluciones de modificación o de revocación necesarias, en materia de agricultura, medio ambiente y territorio, destinadas a entidades públicas cofinanciadas por la Unión Europea con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo de Competitividad Regional y Empleo de las Baleares para el periodo 2007-2013.
2. Disponer que la presente resolución tenga efectos desde el mismo día en que se dicte.
3. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 7 de enero de 2013
El vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Empleo
José Ignacio Aguiló Fuster