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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 557
EXP 172-12 Solar vallado en malas condiciones en la calle cossi, 3 de Sant Marçal

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por supuesta infracción medioambiental y al haber intentado la notificación sin resultado positivo, por la presente notificación de la resolución se notifica al interesado el  Sr. RAFAEL BLANES CASTAÑER de conformidad con lo que dispone  el articulo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el escrito de fecha 24 de octubre de 2012, que trascrito dice: “De conformidad con lo que dispone el artículo 192.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, le comunico que el Sr. Alcalde, 24 de octubre de 2012 ha dictado la siguiente Resolución :

“ASUNTO: SOLAR EN MALAS CONDICIONES SITUADO EN LA CALLE COSSI, 3 DE SANT MARÇAL.

Marratxí, 24  de octubre de 2012

Puesto que, la Celadora de Medio Ambiente de este Ayuntamiento,  mediante escrito de fecha 28 de agosto/12, informa lo siguiente:

 “Puesto que los días 11/07/12 y 12/07/12 el Área de Medio Ambiente de este Ayuntamiento intentó informar al propietario de un solar situado en la calle Cossi, 3 de Sant Marçal, con referencia catastral 7553107DD7875S0001PQ, de las deficiencias que presenta.

Realizada visita de inspección en fecha de hoy, tengo a bien informar lo siguiente:

-Descripción de la deficiencia: solar cerrado ubicado en suelo urbano que se encuentra en malas condiciones  de higiene y salubridad debido principalmente a la presencia de abundante vegetación seca.

-Medidas necesarias para subsanar las deficiencias: tal como establece el artículo 18 de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente, de 2 de septiembre de 2006, “Los propietarios de solares tendrán que mantenerlos en óptimas condiciones de higiene y salubridad. Asimismo tendrán que estar cerrados o vallados con una altura mínima de 1,80 metros y en cumplimiento de la normativa urbanística de aplicación vigente”.”

Lo que emito para que conste y produzca los efectos que se consideren oportunos.”

Vistos los artículos 17 y 18 de la Ordenanza municipal de Medio Ambiente, esta Alcaldía en uso a las atribuciones que le confiere la normativa vigente tiene a bien dictar la siguiente:

 

RESOLUCIÓN

 

1º Ordenar al SR. RAFAEL BLANES CASTAÑER propietario del solar situado en la calle Cossi, 3 de Sant Marçal a la limpieza del mismo.

2º Conceder al SR. RAFAEL BLANES CASTAÑER un plazo de 30 días (treinta) para llevar a cabo la citada limpieza.

3º Advertir al SR. RAFAEL BLANES CASTAÑER que, transcurrido el citado plazo, si no he ejecutado la orden de ejecución trascrita en el parágrafo 1º que encabeza esta Resolución, se procederá a la incoación del expediente sancionador, en la resolución del cual además de la imposición de la multa que sea procedente, si procede, se concederá un último e improrrogable plazo para la ejecución ordenada, que, si no se cumple se realizará por el mismo Ayuntamiento, a costa del SR. RAFAEL BLANES CASTAÑER, a través del procedimiento de ejecución subsidiaria regulado por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.-

Lo manda y firma el Alcalde Sr. Tomeu Oliver Palou.- Doy fe.”

 

Marratxí, 2 de enero de 2013

 

El Alcalde,
Sr. Francisco J. Ferrá Pizá