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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 24920
Cuenta de Abogados 0000202/2011.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento CUENTA DE ABOGADOS 0000202 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª CARLOS MOLERO MANGLANO, SUSANA CASTAN ASENSIO  contra la empresa OSCAR PROUS DE LAS HERAS, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

CÉDULA DE REQUERIMIENTO

ÓRGANO JUDICIAL QUE REQUIERE: JDO. DE LO SOCIAL N. 4

ASUNTO EN QUE SE ACUERDA: CUENTA DE ABOGADOS 0000202 /2011

PERSONA/S A LA/S QUE SE REQUIERE:  OSCAR PROUS DE LES HERAS.

OBJETO DEL REQUERIMIENTO:

Para que proceda a pagar la cantidad  3.480€ en concepto de principal más la cantidad de 696€ que se fijan provisionalmente en concepto de costas en un plazo de DIEZ DÍAS o para que impugne la misma exponiendo los motivos que tuviere para impugnarla y aportando, en su caso, los documentos que tuviere a su disposición.

Apercibiéndole de que si en dicho plazo no paga ni impugna cuenta de derechos y suplidos, se procederá contra sus bienes por la vía de apremio, y se despachará ejecución por la cantidad a que asciende la cuenta, más las costas.

Y para que sirva de notificación en legal forma a OSCAR PROUS DE LAS HERAS, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

 

En PALMA DE MALLORCA, a diecisiete de Diciembre de dos mil doce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.