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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 426
Propuesta de resolución y resolución del Consejero de Administraciones Públicas por la cual se autoriza la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de la finca ses Sitjoles a favor de la Fundación Proyecto Joven

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Texto

 

Antecedentes


1. La Fundación Proyecto Joven, constituida en escritura autorizada por el notario de Palma Sr. Raimundo Clar Garau el 13 de noviembre de 1996, con número de protocolo 3.957, tiene entre sus objetivos la atención y el tratamiento educativo terapéutico para personas que padecen problemas de adicciones.

 

2. La finca ses Sitjoles, de Campos, propiedad de la Comunidad Autónoma, consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Felanitx, tomo 3.812, libro 288, folio 97, finca 22.265, con referencias catastrales 07013A001002000000QM i 07013A001001000000QL.


3. Mediante la Resolución del Consejero competente en materia de patrimonio, de fecha 5 de febrero de 2008 (BOIB núm. 51, de 15-04-2008), se autorizó la cesión de uso gratuita y temporal de esta finca a favor de la Fundación Proyecto Joven para desarrollar una estrategia de formación y reinserción de los drogodependientes dentro del campo del fomento de las energías renovables.


4. Esta cesión de uso se hizo por un período de cinco años, prorrogable hasta los veinte años, máximo de tiempo previsto por la legislación vigente.

 

5. En fecha 6 de noviembre de 2012, la Secretaria General de la Consejería de Salud, Familia y Bienestar Social libró una memoria favorable a la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal con las condiciones de que el período sea desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2017, y que en cualquier momento la Administración pueda revocar la cesión con un preaviso de tres meses.

 

6. En la misma fecha, el Consejero de Salud, Familia y Bienestar Social instó del Consejero de Administraciones Públicas el inicio del expediente de prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de la finca ses Sitjoles, de Campos, a la Fundación Proyecto Joven para un período de cinco años, hasta un máximo de veinte años.

 

Fundamentos de derecho


1. Los artículos 63, 64 i 87 g de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.


2. Los artículos 128, 129 i 130 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

 

3. El Decreto 10/2011, de 18 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio).

 

4. El Decreto 11/2011, de 18 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio).

 

5. El Decreto 12/2011, de 18 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio), modificado por el Decreto 23/2011, de 5 de agosto (BOIB núm. 119, de 6 de agosto) y el Decreto 33/2011, de 4 de noviembre (BOIB núm. 166, de 5 de noviembre).

 

6. El Decreto 81/2011, de 22 de julio, por el cual se nombra la Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas de la Consejería de Administraciones Públicas (BOIB núm. 112, de 23 de julio).

 

Propuesta de resolución

 

Propongo al Consejero de Administraciones Públicas que dicte una resolución en los términos siguientes:

 

1. Autorizar la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de la finca ses  Sitjoles, de Campos, inscrita en el Registro de la Propiedad de Felanitx, tomo 3.812, libro 288, folio 97, finca 22.265, con referencias catastrales 07013A001002000000QM y 07013A001001000000QL, a favor de la Fundación Proyecto Joven por al período de tiempo que va desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2017.

 

2. Establecer, para la cesión, las características siguientes:

 

a) La Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears podrá revocar la cesión con un preaviso de tres meses.

b) La cesión gratuita de uso comporta la obligación de la cesionaria de devolver el objeto de la cesión de uso a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears cuando se acabe la cesión.

c) Si los bienes y los derechos cedidos no se destinan al uso que prevé el acto que autoriza la cesión o dejan de destinarse a ello posteriormente, la cesión se considerará revocada y revertirán a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que tiene el derecho a percibir del cesionario, habiendo hecho previamente la tasación pericial pertinente, el valor de los detrimentos o deterioros que hayan experimentado.

 

3. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.

 

4. Anotar la prórroga de la cesión gratuita en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Interposición de recursos

 

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de haberse publicado la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

 

Palma, 21 de diciembre de 2012

 

La Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas

  Ana María García Serrano

 

Conforme con la propuesta. Dicto resolución.

 

Marratxí, 21 de diciembre de 2012

 

El Consejero de Administraciones Públicas

 José Simón Gornés Hachero