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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 232
Exp 138-12 solar mall vallado y en malas condiciones en la calle Sicilia, 65 de Can Carbonell

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por supuesta infracción medioambiental y al haber intentado la notificación sin resultado positivo, por la presente notificación de la resolución se notifica al interesado CONSTRUCCIONES PALMESANAS DIAYO, S.L de conformidad con lo que dispone  el articulo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el escrito de fecha 6 de noviembre de 2012, que trascrito dice: “De conformitat amb el que es disposa  a l’article 192.2 del Reglament d’Organització, Funcionament i Règim Jurídic de les Entitats Locals, li comunico que el Sr. Batle, en data 6 de novembre de 2012 ha dictat la següent Resolució :

ASUNTO: SOLAR MAL VALLADO EN MALAS CONDICIONES EN LA CALLE SICILIA, 65 DE CAN CARBONELL.

Marratxí, 6 de noviembre de 2012

Puesto que, la Celadora de Medio Ambiente de este Ayuntamiento,  mediante escrito de fecha 28 de junio de 2012, informa el siguiente:

“Puesto que los días 31/05/12 y 01/06/12 el Área de Medio Ambiente de este Ayuntamiento intentó informar al propietario del solar situado en la calle Sicilia, 65 de la urbanización Can Carbonell, con referencia catastral 4049213DD7845S0001FS, de las deficiencias que presenta.

Realizada visita de inspección a fecha de hoy, tengo a bien informar lo siguiente:

-Descripción de la deficiencia: solar ubicado en suelo urbano que se encuentra en malas condiciones  de higiene y salubridad debido principalmente a la presencia de abundante vegetación. Además el solar solo se encuentra parcialmente cerrado.

-Medidas necesarias para subsanar las deficiencias: tal como establece el artículo 18 de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente, de 2 de septiembre de 2006, “Los propietarios de solares tendrán que mantenerlos en óptimas condiciones de higiene y salubridad. Asimismo tendrán que estar cerrados o vallados con una altura mínima de 1,80 metros y en cumplimiento de la normativa urbanística de aplicación vigente”.”

Lo que emito para que conste y produzca los efectos que se consideren oportunos.

Visto el artículo 18 de la Ordenanza municipal de Medio Ambiente, esta Alcaldía en uso a las atribuciones que le confiere la normativa vigente tiene a bien dictar la siguiente:

RESOLUCIÓN

1º Ordenar a CONSTRUCCIONES PALMESANAS DIAYO, S.L propietario del solar situado en la calle Sicilia, 65 de Can Carbonell a la limpieza de abundante vegetación. Además, el solar solo se encuentra parcialmente cerrado.

2º Conceder a CONSTRUCCIONES PALMESANAS DIAYO, S.L un plazo de 30 días (treinta) para llevar a cabo la citada limpieza. Además, el solar sólo se encuentra parcialmente vallado.

3º Advertir a CONSTRUCCIONES PALMESANAS DIAYO, S.L, transcurrido el citado plazo, si no he ejecutado la orden de ejecución trascrita en el parágrafo 1º que encabeza esta Resolución, se procederá a la incoación del expediente sancionador, en la resolución del cual además de la imposición de la multa que sea procedente, si procede, se concederá un último e improrrogable plazo para la ejecución ordenada, que, si no se cumple se realizará por el mismo Ayuntamiento, a costa de CONSTRUCCIONES PALMESANAS DIAYO, S.L a través del procedimiento de ejecución subsidiaria regulado por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.-

Lo manda y firma el Alcalde Sr. Tomeu Oliver Palou.- Doy fe.”

 

Marratxí, 3 de diciembre de 2012

El Alcalde,
Tomeu Oliver Palou