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AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 214
Autorización libre circulación de animales de compañia por las playas del termino municipal de Andratx
Se hace público que por el Sr. Alcalde Presidente de esta Corporación Municipal, en fecha 11 de diciembre de 2012, se ha adoptado entre otros el Decreto Nº 3238, y que dice así:
Esta Alcaldía teniendo en cuenta que el articulo 11 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Protección de Animales que viven en el entorno humano i de Tenencia de animales considerados potencialmente peligrosos, aprobada por el Pleno de la Corporación reunido en sesión ordinaria de día 26 de enero de 2006( BOIB núm. 45, de 30 de marzo de 2006), señala expresamente que:
“( ...) Queda prohibido el acceso de animales de compañía en locales de espectáculos públicos, culturales y piscinas públicas. La autoridad municipal puede determinar los puntos y las horas en que pueden circular libremente o estar los perros uñ otros animales de compañía en las playas del término municipal. Mientras no se establezca tal determinación se entiende prohibida esta circulación o permanencia de forma absoluta”.
Teniendo en cuenta que la temporada de baño está fijada desde el 1 de abril al 31 de octubre de cada año quedando prohibida en aquella época la circulación de caballos y animales doméstico por la playa y el agua exceptuando los perros de asistencia debidamente acreditados acompañados por sus usuarios autorizados( artículo 63.5 de la Ordenanza de Medidas para fomentar y garantizar la Convivencia ciudadana en el espacio publico de Andratx).
Teniendo en cuenta los últimos estudios que evidencian que los perros reducen su estrés y mejoran su conducta con 25 minutos diarios de ejercicio y contacto humano, desvelando que los animales que salen a pasear y tienen contacto habitual con las personas, muestran niveles más bajos de cortisol (hormona relacionada con el estrés) en su saliva, y mejoran su puntuación en los tests de comportamiento. ( Grupo de Etologia Clínica Veterinaria del Departamento de Medicina y Cirugía Animales, de la Universidad de Córdova) y con la finalidad de facilitar aquel comportamiento.
En méritos de todo lo que se acaba de exponer y con base en aquello que dispone el artículo 21.1, letra q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril y normativa concordante, RESUELVO:
Primero.- Autorizar la libre circulación de los perros u otros animales de compañía a las playas del término municipal de Andratx, desde el día 1 de noviembre al 31 de marzo de cada año.
Segundo.- Publicar la presente resolución en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento y en el BOIB.
Andratx, 11 de diciembre de 2012.”
Andratx, 13 de diciembre de 2012
El Alcalde- Presidente
Llorenç Suau Simó