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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE INCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE INCA

Núm. 25251
Procedimiento Ordinario 0000517/2008. Sobre Otras Materias.

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Texto

 

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento de referencia se ha dictado la Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Se estima la demanda formulada por la procuradora D. Ana Maria Crespí Tortella, actuando en nombre y representación de D. PEDRO FULLANA VERD (MARMOLERIA FULLANA) y se condena a Dª.

MARIA LOURDES MONES RULL a abonarle la suma de 4.365,3l € más los intereses legales y moratorios desde la interposición de la demanda de proceso monitorio, así como al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado, en el plazo improrrogable de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (artículo 458.l de la Ley de Enjuiciamiento Civil, redactado según la reforma de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal.

De conformidad con la D.A. l5 de la Ley Orgánica l/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la L.O.P.J. 6/1985, de 1 de julio, para interponer recurso de apelación deberá consignarse como depósito la cantidad de 50 €.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Dª. Catalina Mulet Gual, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia n ° 3 (Antiguo Mixto n° 4) de Inca.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada, se extiende la presente para que si a de cédula de notificación.

 

INCA a diecisiete de Abril de dos mil doce.

EL/LA SECRETARIO.