Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 24669
Ejecución de Títulos Judiciales 0000105/2012.
DÑA. CAROLINA COSTA ANDRES, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en virtud de lo acordado en Auto y Decreto de fecha 28 de noviembre de 2.012 en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000105 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dªª MARGARITA FAR MAIRATA contra la entidad mercantil FUTUR SOSTENIBLE SL, y por encontrarse en ignorado paradero, se ha acordado la notificación vía edictal, de la PARTE DISPOSITIVA de la resolución de referencia, que se relaciona:
- Auto despachando ejecución de fecha 29 de noviembre de 2.012.-
“Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, DÑA. MARGARITA FAR MAIRATA, frente a la mercantil FUTUR SOSTENIBLE SL, en su condición de parte ejecutada, por importe de 6.946’12 Euros en concepto de principal, así como 1.111’37 Euros en concepto provisional de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación”.
- Decreto de fecha 29 de noviembre de 2.012.-
a) Requerir de pago a la mercantil FUTUR SOSTENIBLE SL, por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, que asciende a la cantidad de 6.946’12 Euros en concepto de principal, así como 1.111’37 Euros en concepto provisional de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación y, si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas de ésta, librándose al efecto .
b) El embargo de salados disponibles en depósitos, cuentas corrientes bancarias y/o activos financieros de cualquier clase, así como cantidades a compensar y/o devolver por A.E.A.T, en cantidad sufieciente para satisfacer la responsabilidad de FUTUR SOSTENIBLE SL librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad.
c) Requerir a FUTUR SOSTENIBLE SL, a fin de que en el plazo de tres días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.
d) Librar los despachos pertinentes a fin de que remita/n a este órgano relación de bienes y derechos susceptibles de embargo e inscritos a nombre de FUTUR SOSTENIBLE SL, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.
e) Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado.
Y para que sirva de notificación a la entidad mercantil FUTUR SOSTENIBLE SL, en su condición de parte ejecutada, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones ss harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a veintinueve de noviembre de 2012.
LA SECRETARIO JUDICIAL.