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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 29
Resolución de otorgar licencia de obra menor, expediente 149/2006 y 59/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Por no haber podido ser efectuada la notificación en los domicilios que aparecen en los expedientes de obra menor relacionados y que se tramitan en el Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento, por el presente anuncio se notifica a los interesados, que la Alcaldía, por delegación de firma (de acuerdo con el Decreto de Alcaldía núm. 4807, de 29 de diciembre de 2011, de delegación de firma), ha dictado resolución otorgando licencia de obra menor para realizar las obras seguidamente descritas:


Expediente de obra: 149/2006-OBRES

N º de Reg. Entr.: 2006002753

Fecha de entrada: 28 de febrero de 2006

Ubicación: POLIGONO 29 - PARCELA 198

Detalle de las obras:cierre de parcela

Promotor:  (datos personales ocultos) (datos personales ocultos)

Fecha Decreto:   4 de junio de 2012. Todo condicionado a que en caso de que el plazo de la autorización de la Dirección Insular de Carreteras no sea suficiente para finalizar las obras, se solicite prórroga.

Conceptos contributivos

10.1 Impuesto de construcciones, instalaciones y obras.

Valoración de las obras 2.254,00 Tipo 2,85%. Total: ............................................ 64,24

10.2. Tasa licencia urbanística. Total: .....................................................................16,91

SUMA TOTAL: .....................................................................................................81,15 €


Expediente de obra:   59/2012-OBRES

N º de Reg. Entr.: 2012001476

Fecha de entrada: 8 de febrero de 2012

Ubicación: CTRA DEL PUERTO, 26 - PORTO CRISTO

Detalle de las obras:  cambiar alicatado de baño y cocina, repicar paredes sala, enfoscado y fin

Promotor:   (datos personales ocultos)        (datos personales ocultos)

FECHA DECRETO: 28 de febrero de 2012

Conceptos contributivos

10.1 Impuesto de construcciones, instalaciones y obras.

Valoración de las obras 2.254,00 Tipo 2,85%. Total: .......................................... 137,33

10.2. Tasa licencia urbanística. Total: .....................................................................35,97

SUMA TOTAL: ...................................................................................................173,30€


CONDICIONES DE LA AUTORIZACIÓN:

 

1. No se autorizan más obras que las expresadas.

2. El plazo de ejecución de las obras queda fijado en SEIS MESES desde el recibo de la presente notificación, indicando que, de acuerdo con el artículo 3 de la Ordenanza municipal reguladora de la construcción en el TM de Manacor durante la temporada alta veraniega, los periodos previstos en dicha Ordenanza no se computarán a efectos de los plazos de ejecución de las obras, por lo que se entenderá prorrogado el plazo de vigencia de la licencia en el período afectado.

3. La licencia de obras caducará por estos motivos: a) por no haber pagado las tasas de la liquidación; b) por renuncia del solicitante; c) por no haber empezado las obras en el término de seis meses contados a partir de la fecha de comunicación de la licencia al peticionario; d) por no tenerla acabada en el plazo de ejecución fijado en la concesión de la licencia o prórroga justificada; e) por haber infringido las condiciones impuestas en la autorización o licencia y las determinadas en las Ordenanzas Municipales, y, f) por haberse comprobado falseamiento o errores inadmisibles en los datos aportados por el peticionario al solicitar la licencia.

4. Se observarán las prescripciones generales y especiales contenidas en las Ordenanzas Municipales y demás de general aplicación.

5. Se observará especialmente lo dispuesto en la Ordenanza Municipal reguladora de la construcción en el Término Municipal de Manacor durante la alta temporada veraniega.

6. En la construcción y renovación de aceras deberá ajustarse en cuanto a materiales, alineaciones y rasantes a lo que señale la Administración.

7. El titular de la licencia deberá comunicar al Ayuntamiento, por escrito, la terminación de las obras.

8. La concesión de esta licencia no prejuzga, en ningún caso, autorización para instalar actividades molestas, nocivas o peligrosas.
9. En caso de que resulte necesario ocupar la vía pública con motivo de la ejecución de las obras, previamente se deberá formular la correspondiente solicitud ante la Policía Local, y llevarla a cabo de acuerdo con las condiciones en que se autorice.

10. La liquidación correspondiente a la presente licencia la forman los anteriores CONCEPTOS CONTRIBUTIVOS.


RECURSOS CONTRA LA LICENCIA:

 

De conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse, alternativamente, recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía del Ayuntamiento de Manacor en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, dado que, de acuerdo con el artículo 13.4 de la Ley 30/1992, las resoluciones administrativas que se adopten por delegación se entenderán dictadas por el órgano delegante, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo, si ha optado por interponer recurso de reposición potestativo, será de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa, el plazo será de seis meses a contar desde la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición.


RECURSOS CONTRA LA LIQUIDACIÓN:

 

Contra la presente resolución, cabe interponer ante el órgano que dictó el acto, de conformidad con el art. 14 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RDL 2/2004, de 5 de marzo, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, el cual se entenderá desestimado si no se notifica la resolución por el transcurso de un mes a contar desde la interposición del recurso.

El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, será de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa, el plazo será de seis meses, a contar desde la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.

 Todo lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de RJAP y del PAC y el arte. 194 del RD 2568/86 de 28 de noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

 

 

Manacor, 12 de diciembre de 2012

 

El alcalde, por delegación de firma (Decreto 4807/2011)

1a  teniente de alcalde y delegada

Catalina Riera Mascaró