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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PRESIDENCIA, PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO Y CONSEJO EJECUTIVO

Núm. 24951
Decreto de la Presidencia de día 13 de diciembre de 2012 relativo a la determinación del régimen de dedicación de la consejera Sra. Maria Lluïsa Dubon Petrus

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Texto

 

El Pleno de la corporación en sesión de día 11 de julio de 2011 estableció el régimen de dedicación, las retribuciones y las indemnizaciones de los miembros de la corporación, modificado por acuerdo del Pleno en sesión de día 26 de julio de 2012.

De conformidad con lo anterior, se delegó en la Presidencia del Consejo Insular la ejecución de este acuerdo para determinar los miembros de la corporación que ejercen funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial, con la finalidad de dar cumplimiento a lo que se dispone en los apartados 3 y 5 del artículo 75 de la Ley reguladora de las bases de régimen local.

Mediante el Decreto de Presidencia de día 12 de julio de 2011 se determinó que el régimen de dedicación de la consejera Maria Lluïsa Dubon Petrus sería el de dietas por asistencia a sesiones de Pleno.

El día 27 de noviembre de 2012 el portavoz del Grupo Socialista en el Consejo de Mallorca ha comunicado que la Sra. Dubon pasará al régimen de dedicación parcial con efectos de día 1 de enero de 2013.

La Sra. Dubon es funcionaria de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas. Mediante escrito de día 29 de noviembre de 2012 la Sra. Dubon ha comunicado que está tramitando una excedencia de su puesto de trabajo con efectos de día 1 de enero de 2013 y, con fecha de 11 de diciembre de 2012, ha entregado copia de la solicitud que presentó a la Dirección General de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios pidiendo pasar a la situación de Servicios Especiales.

Por lo tanto, resuelvo:

1. Determinar que la consejera Maria Lluïsa Dubon Petrus se acoge al régimen de dedicación parcial, con efectos de día 1 de enero de 2013, condicionado a la obtención de la situación de servicios especiales.

2. Publicar el contenido de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

3. Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que tenga lugar.

 

Palma, 20 de diciembre de 2012

 

(Decreto de delegación de día 4 de septiembre de 2012, BOIB nº. 147, de 9 de octubre)

Jeroni M. Mas Rigo