Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 24803
Modificación de crédito por pleno número 2
De conformidad con la legislación vigente en materia de haciendas locales, el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 25 de octubre de 2012, aprobó inicialmente la modificación de crédito por Pleno número 2 en el Presupuesto del Ayuntamiento para el año 2012 y se publicó en el BOIB núm. 167, de 15 de noviembre de 2012.
Habiendo transcurrido el plazo de exposición al público de acuerdo con lo establecido en el artículo 177.2 en concordancia con el artículo 169.1 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, no se ha presentado ninguna alegación ni reclamación a la modificación de crédito número 2/2012, por lo que queda aprobada definitivamente, transcribiéndose el detalle de la modificación:
“Primero.- Aprobar la propuesta de modificación del presupuesto del ejercicio 2012, por concesión de transferencias de crédito en los términos que se establecen a continuación:
A)SUPLEMENTOS DE CRÉDITO
Partida |
Descripción |
Consignación actual |
Aumento |
Consignación definitiva |
160 13200 2270100 |
A. Tècnica Seguretat |
33.000,00 |
30.000,00 |
63.000,00 |
130 15200 2269900 |
Despeses Habitatges |
15.000,00 |
16.400,00 |
31.400,00 |
141 23300 4490000 |
Aportació a Llar de Calvià |
1.750.415,00 |
300.000,00 |
2.050.415,00 |
210 93000 2200100 |
Premsa i altres publicacions |
800,00 |
4.000,00 |
4.800,00 |
TOTAL SUPLEMENTOS DE CRÉDITO |
350.400,00 |
|
B)CRÈDITOS EXTRAORDINARIOS
Partida |
Descripción |
Consignación actual |
Aumento |
Consignación definitiva |
122 92204 2219900 |
Seguretat i higiene |
4.500,00 |
1.500,00 |
6.000,00 |
217 45000 6190010 |
Obres diverses terme municipal |
212.332,64 |
31.000,00 |
243.332,64 |
TOTAL CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS |
32.500,00 |
|
C)RECURSOS FINANCIEROS
Financiar los suplementos de crédito del apartado A) por importe de 350.400,00€ con cargo al Remanente Líquido de Tesorería del año 2011.
Financiar los créditos extraordinarios del apartado B) por importe de 32.500,00€, con cargo al Remanente Líquido de Tesorería del año 2011.
Contra la aprobación definitiva del acuerdo, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, en la forma y términos que establecen las normas de dicha jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 171-1 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo i 23-1 del Real decreto 500/90, de 20 d’abril.
Calvià, 7 de diciembre de 2012
La Teniente de Alcalde de Economía y Hacienda.
Cristina Tugores Carbonell