Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓN BANCO DE SANGRE Y TEJIDOS DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 25261
Resolución de rectificación de errores
Antecedentes
El 13 de diciembre de 2012, la Fundació publicó en el BOIB (N23752) anuncio de convocatoria de selección para una interinidad por vacante de auxiliar administrativo para la unidad móvil.
Habiéndose detectado un error de carácter material en el pliego de cláusulas administrativas, procede, conforme a lo previsto en el Art. 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, una rectificación de errores.
Donde dice
a) Requisitos y condiciones generales que las personas interesadas deben cumplir en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, para ser admitidas en este proceso selectivo
(...)
V. Estar en posesión del título de FP I o bien del título de Bachiller
VI. Certificado de catalán Nivel A2
VII. Dominio del programa eProgesa
VIII. Haber desarrollado las tareas administrativas propias del puesto de trabajo durante un mínimo de 24 meses
b) Méritos evaluables:
I. Tener formación relacionada con el puesto de trabajo ofertado
II. Estudios superiores
III. Tener una amplia capacidad organizativa.
Debe decir
Requisitos y condiciones generales que las personas interesadas deben cumplir en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, para ser admitidas en este proceso selectivo
(...)
V. Estar en posesión del título de FP I o bien del título de Bachiller
VI. Certificado de catalán Nivel B2
Méritos evaluables:
I. Tener formación relacionada con el puesto de trabajo ofertado
II. Estudios superiores
III. Tener una amplia capacidad organizativa.
Fundamentos de derecho
Art. 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común
DA 12 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Fundación Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
Por todo ello y en virtud de la competencia que corresponde a este órgano de contratación dicto lo siguiente:
Resolución
1. Modificar la Convocatoria
2. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes 7 días más a contar desde la publicación de esta resolución en el BOIB
3. Publicar esta resolución en el BOIB, la web de la Fundació y en el tablón de anuncios de la Fundació.
El orden jurisdiccional social es el competente para resolver las controversias derivadas de esta resolución, de acuerdo con lo que establece la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se puedan interponer ningún tipo de recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social.
Sin menoscabo de que se pueda presentar una reclamación ante el órgano de selección.
Palma de Mallorca, 21 de diciembre de 2012
Presidente Comisión Delegada (por delegación de 11/07/2012)
D. César Vicente Sanchez