Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE VICEPRESIDENCIA DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES
Núm. 25097
Notificación por edictos a efectos del artículo 59,5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, del acuerdo de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca del día 18 de septiembre de 2012 (Exp. 142/2012). Palma, 27 de noviembre de 2012
Notificación por edictos a efectos del artículo 59,5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, al Sr. Sebastián Miguel Pascual Sastre, del acuerdo de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca del día 18 de septiembre de 2012 (Exp. 142/2012).
De conformidad con lo que dispone el artículo 59.5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se procede mediante esta publicación a la formal notificación por edictos al Sr. Sebastián Miguel Pascual Sastre del siguiente acuerdo:
“En la sesión del día 18 de septiembre de 2012, la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca, acordó, entre otros, el siguiente:
Núm. de orden A.4 Expediente 142/2012
Interesado AJUNTAMENT DE CAPDEPERA
Promotor SEBASTIAN MIGUEL PASCUAL SASTRE
Objeto OBRA MENOR RESTAURACIÓN FACHADA
Emplazamiento C/ MAJOR, 2
Municipio CAPDEPERA
Autorizar el proyecto presentado, de conformidad con lo que establecen los artículos 26, 37.1, 40 i 41 de la ley 12/1998, de 21 de diciembre, de Patrimonio Histórico de las Islas Baleares.
Sin Perjuicio que este proyecto se ajuste a las normas dictadas en materia urbanística.
El traslado de este acuerdo se hace a reserva de la aprobación del Acta.
Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el juzgado contencioso administrativo de Palma en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa i de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas i del procedimiento administrativo común.
Palma, 27 de noviembre de 2012
La secretaria delegada de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico
Ana M. Catalán Carrera”