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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

DIRECCIÓN INSULAR DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO EN MENORCA

Núm. 24740
Reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Vistas las solicitudes de asistencia jurídica gratuita presentadas por las personas que a continuación se relacionan;

 

Con fecha 10/09/2012, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de Menorca, HA RESUELTO:

 

Confirmar la decisión provisional adoptada por el Colegio de Abogados de Baleares y en consecuencia, RECONOCER el derecho a la asistencia jurídica gratuita, en la forma prevenida en los párrafos 1º al  10º del artículo 6 de la Ley 1/1996, de 10 de enero (BOE 12-1-96), por haber quedado acreditado que se cumplen los requisitos básicos establecidos en los artículos 2 y 3 de la citada Ley 1/96.

 

La presente resolución podrá ser impugnada, mediante escrito motivado, sin que sea preceptiva la intervención de Letrado, en el plazo de 5 días desde la notificación, ante el Secretario de la Comisión.

 

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27)

 

Maó, 14  de diciembre de 2012.

 

El Presidente,

Eduardo Norro Ruiperez

El Secretario, 

Ángel Paredes Freire

 

Expte.

Nombre y Apellidos

895/12

Mariana Gabriela Figueroa

896/12

Mariana Gabriela Figueroa

897/12

Denise Holmes

944/12

José Escipión Castillo

1078/12

José Escipión Castillo

1004/12

Vanesa Sánchez López

1005/12

Vanesa Sánchez López

1010/12

María del Amor Llopis Rodríguez

1011/12

María del Amor Llopis Rodríguez

1012/12

María del Amor Llopis Rodríguez

1077/12

Rachel Fletcher

 

Insértese,

La Secretaria General,

Ámparo Conejero Olías