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ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
DIRECCIÓN INSULAR DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO EN MENORCA
Núm. 24739
Reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita
Vistas las solicitudes de asistencia jurídica gratuita presentadas por las personas que a continuación se relacionan:
Con fecha 10/09/2012, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de Menorca, HA RESUELTO:
Confirmar la decisión provisional adoptada por el Colegio de Abogados de Baleares y en consecuencia, RECONOCER el derecho a la asistencia jurídica gratuita, en la forma prevenida en los párrafos 1º al 9º del artículo 6 de la Ley 1/1996, de 10 de enero (BOE 12-1-96), por haber quedado acreditado que se cumplen los requisitos básicos establecidos en los artículos 2 y 3 de la citada Ley 1/96.
La presente resolución podrá ser impugnada, mediante escrito motivado, sin que sea preceptiva la intervención de Letrado, en el plazo de 5 días desde la notificación, ante el Secretario de la Comisión.
Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27)
Maó, 14 de diciembre de 2012
El Presidente,
Eduardo Norro Ruiperez
El Secretario,
Ángel Paredes Freire
Expte. |
Nombre y Apellidos |
932/12 |
Benjamin Pulido Garrido |
977/12 |
Susana Cobo Santos |
978/12 |
Susana Cobo Santos |
1002/12 |
Bernardo Pons Sintes |
1003/12 |
Martina Ramón Aguiló |
1018/12 |
María del Carmen Martínez García |
1020/12 |
Ángel Luis González Sánchez |
1076/12 |
Natalia Viglianco Barcala |
Insértese,
La Secretaria General
Amparo Conejero Olías