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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 24773
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Línea de BT subterránea en la finca “Es Camp Roig”, Mahón.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo II de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears y el artículo 39 de la ley 5/2005, de 26 de mayo para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO), se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 27 de septiembre 2012

CONSIDERANDO

1.Que el proyecto tiene por objeto el soterramiento de 218 m de una línea eléctrica aérea existente, de derivación individual (230 V), por el trazado más rectilíneo posible y cerca de la pared medianera para ser fácilmente localizable, atravesando un trozo de acebuchal (alrededor de 100 m) y un campo de cultivo situado en suelo rústico protegido, dentro de la finca del promotor.

2.Que la zona afectada por el proyecto está en suelo rústico protegido, calificado como ANEI o AANP (según el tramo), APR de erosión, dentro del Parque Natural de s’Albufera des Grau y el LIC y ZEPA SE0000233 d’Addaia a s’Albufera, en una zona donde la vulnerabilidad a la contaminación de acuíferos es baja y fuera de los perímetros de restricciones de los pozos de captación de agua de abastecimiento urbano.

4.Que el documento ambiental prevé medidas para aminorar los ruidos y las emisiones de polvo y la correcta gestión de los residuos generados.

5.Que, una vez analizados los criterios de sujeción a AIA establecidos del artículo 44 de la Ley 11/2006 (dimensiones reducidas, sensibilidad ambiental muy alta pero sólo temporalmente afectada, características del impacto de magnitud reducida y limitado en el tiempo, medidas previstas para aminorar la posible contaminación y los residuos, elevada capacidad regenerativa de la flora y fauna una vez finalizado el proyecto), no parece que el proyecto pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente si se aplican las medidas correctoras propuestas por el documento ambiental, las condiciones que se recogen en el presente acuerdo y las que puedan poner las administraciones que tienen que emitir informes preceptivos.

6.Que la mitad de la longitud de la zanja necesaria para el soterramiento atraviesa el hábitat de interés comunitario 5330, matorrales termomediterranios y predesérticos presente en la ficha oficial del lugar, con presencia de acebuche (Olea europaea var sylvestris).

7.Que según la fotografía aérea y las imágenes de la documentación presentada, hay zonas de vegetación herbácea intercaladas entre la vegetación arbórea y arbustiva, tanto a la derecha como la izquierda de la línea aérea existente.

8.Que según el Bioaltlas en la cuadrícula 1x1 km hay presencia segura de tortuga mediterránea (Testudo hermanni).

9.Que la memoria ambiental presentada no incluye medidas correctoras sobre la afección a la fauna.

ACUERDA

A.En relación a la Evaluación de Impacto Ambiental:

La no sujeción del proyecto “Línea de BT subterránea en la finca Es Camp Roig” a evaluación de impacto ambiental, de acuerdo con las determinaciones del proyecto y del documento ambiental, y las condiciones siguientes:

1.Se tiene que procurar afectar lo mínimo posible la zona de acebuchal, previendo el traslado temporal (hacia un ecosistema equivalente) de las especies de la fauna que se puedan ver afectadas por las obras.

2.Una vez finalizado el proyecto, se tiene que restaurar el acebuchal o bien dejar la franja afectada en condiciones óptimas para favorecer la recuperación espontánea.

3.Durante el tiempo que las zanjas permanezcan abiertas, se tienen que tomar precauciones para evitar la caída de pequeños vertebrados dentro de ellas o prever sistemas que los permitan salir.

Se recuerda que, antes de la concesión de la licencia de obras, se tiene que obtener el informe favorable del Servicio de Estudios y Planificación de la DG de Recursos Hídricos, en relación a la APR de erosión.

B.En cuanto a la afección a la Red Natura 2000:

Informar favorablemente la exclusión de afectación del “Proyecto de línea de baja tensión subterránea para suministro eléctrico de una vivienda en la finca Es Camp Roig”, en el TM Mahón, por no afectar a los valores protegidos en el LIC-ZEPA SE0000023 d’Addaia a s’Albufera, con los siguientes condicionantes:

1.Antes de empezar los trabajos se comprobará la no presencia de tortuga mediterránea y durante la ejecución de las obras se tendrá cuidado de evitar la afección a esta especie. Los posibles ejemplares serán trasladados a un emplazamiento cercano de características similares.

2.El trazado de línea subterránea se tendrá que adaptar, siempre que sea posible, a la vegetación existente, para minimizar la afección a la vegetación. Una vez finalizados los trabajos la capa superior del suelo se dejará en condiciones adecuadas para que se pueda llevar a cabo la regeneración natural del hábitat y se retirarán los escombros y tierras sobrantes a vertederos autorizados sin que se puedan destinar a otros usos.

El presente acuerdo se emite sin perjuicio otras licencias y autorizaciones que sean adecuadas.

 

Palma, 29 de octubre de 2012

El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato