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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 24767
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears del Proyecto constructivo del Acondicionamiento de la carretera C-733, del PK 8,030 al PK 20,890, Santa Eulària des Riu y Sant Joan de Labritja.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo II de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 27 de septiembre de 2012

CONSIDERANDO

1. Que el aumento de las aceras, la eliminación de la rotonda del cruce de Sant Carles y la sustitución integral del firme actual de la carretera no son sustanciales en cuanto a la afectación sobre el medio ambiente y la ocupación del territorio.

2. Que estas modificaciones responden a la aplicación de criterios técnicos que garantizan la seguridad de los vehículos durante su explotación (que son competencia de la propia Dirección Insular de Carreteras del Consell d’Eivissa).

3. Que estos criterios prevalecen sobre los ambientales, en cuanto a la ampliación de la sección de la plataforma, la sustitución del firme de la vía y a la supresión de la rotonda de Sant Carles.

4. Que el itinerario rural Can Llàtzer – Sant Joan de Labritja representa una alternativa válida al carril bici original.

5. Que la documentación aportada presenta el contenido mínimo que establece el artículo 27 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de EIA y EAE en las Illes Balears.

6. Que se han consultado a los ayuntamientos afectados (Santa Eulària des Riu y Sant Joan de Labritja) y la Dirección general de Recursos Hídricos.

7. Que el proyecto modificado implica la desafectación limpia de territorio de 27.375 m2 (respecto al proyecto original), por lo cual no se produce un nuevo consumo de territorio.

8. Que la desafectación de superficie reduce los volúmenes que se generarán con los desmontes (tierra vegetal y tierra tolerable), que permitirán la reutilización del 22,14% de la tierra vegetal y del 97,8% de la tierra tolerable.

9. Que el documento ambiental prevé la reutilización integral del firme actual en la producción de mezcla bituminosa.

10. Que no consta en el expediente el informe de la Dirección general de Recursos Hídricos en relación con la suficiencia de las medidas adecuadas a los riesgos de inundación y desprendimientos existentes, así como las afectaciones sobre el DPH existentes.

ACUERDA

la no sujeción a Evaluación de Impacto Ambiental del nuevo proyecto de acondicionamiento de la carretera C-733, con el cumplimiento de las medidas ambientales y el Plan de Vigilancia Ambiental aportados y las siguientes condiciones:

1. Se tendrá que dar cumplimiento a las consideraciones recogidas en el acuerdo de la CMAIB de 3 de marzo de 2011.

2. Las aportaciones de áridos externas a las producidas por la obra provendrán de canteras de la isla de Eivissa debidamente incorporadas en el PDS de Canteras y con Plan de Restauración aprobado.

3. Para la reutilización del firme actual en la fabricación de las mezclas bituminosas se tendrá que acreditar el certificado de gestor de materiales peligrosos de tratamiento de residuos bituminosos acreditado por el Servicio de Residuos de la Consejería de Agricultura, Medio ambiente y Territorio de la CAIB.

Se recuerda que antes de la autorización del proyecto se tendrá que contar con el informe favorable de la Dirección general de Recursos Hídricos.

 

Palma, 29 de octubre de 2012

El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato