Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE PORRERES
Núm. 25119
Modificación de crédito nuevos ingressos
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 26/11/2012, publicado en el BOIB núm. 180 de 4/12/2012, sobre el expediente de modificación de créditos del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con cargo a nuevos o mayores ingresos que se hace público resumido por capítulos:
SUPLEMENTO DE CRÉDITO
Estado de Gastos, total: 84.818,86 €
Capítulo 2: 44.000 €
Capítulo 3: 31.818,86 €
Estado de Ingresos, total: 84.818,86 €
Capítulo 4: 84.818,86 €
CRÉDITO EXTRAORDINARIO
Estado de Gastos, total: 43.881,14 €
Capítulo 3: 43.881,14 €
Estado de Ingresos, total: 43.881,14 €
Capítulo 4: 43.881,14 €
Contra el presente Acuerdo, en virtud del que establece el artículo 171 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta jurisdicción. Sin perjuicio de esto, a tenor del establecido en el artículo 171.3 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición del citado recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Porreres, 26/12/2012
El Batle,
Bernat Bauçà Garau