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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 24898
Departamento Tributario 022/12. Aprobación definitiva ordenanzas fiscales Precios Públicos. Año 2013

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Texto

 

Habiéndose aprobado inicialmente el Ayuntamiento Pleno en sesión de día 25 de octubre de 2012, el expediente de modificación de las ordenanzas reguladoras de: Precio Público por prestación de servicios del Laboratorio Municipal, concepto 341,02; Precio Público por prestación de servicios de temporada en las zonas delimitadas de las playas del término municipal, concepto 341,04; Precio público por la prestación de servicios y realización de actividades en la escuela municipal de formación; el Exmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión de día 20 de diciembre de 2012, ha resuelto las reclamaciones y aprobado definitivamente los expedientes de modificación de las mencionadas ordenanzas a través de acuerdo, se publica el texto íntegro:

 

 

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL LABORATORIO MUNICIPAL.

 

CONCEPTO  341,02

 

TEXTO QUE SE MODIFICA

 

ARTICULO 3. Cuantía.

 

1. La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza será fijada en la Tarifa contenida en el apartado siguiente.

 

2. La tarifa de este precio público será la siguiente:

 

 

Euros

Aigua, hielo

 

1. Análisis químico ordinario

22,30

2. Análisis microbiológica ordinario

12,60

Agua + hielo

 

3. Análisis mínima (6 determinaciones)

17,50

4. Determinación de hidrocarburos, grasas en agua, sustancia activas al azul de metileno y similares

 

 

18,80

5. Determinación de hierro en agua

9,60

6. Cloruros, dureza, calcio, magnesio, etc

3,00

7. Piscinas

39,20

Aguas residuales

 

8. Determinación microbiológica

49,30

9. Determinación química

52,10

Aguas y bebidas refrescantes

 

10. Análisis química ordinario

75,75

11. Análisis microbiológico ordinario

37,05

12. Una determinación analítica

8,55

Vinos

 

13. Análisis químico ordinario

134,85

14. Análisis microbiológico

29,60

15. Una determinación analítica de tipo medio

12,65

16. Análisis metanol por cromotografía de gases

37,55

Vinagres

 

17. Análisis químico

199,35

18. Análisis microbiológico

33,50

19. Una determinación analítica de tipo medio

13,00

20. Análisis de metanol por cromotografía de gases

37,55

Cervezas

 

21. Análisis química

86,00

22. Análisis microbiológico

25,15

23. Una determinación analítica ordinaria

7,95

Harinas, pan, pastas para sopa y pastelería

 

24. Análisis química

75,90

25. Análisis microbiológica

72,75

26. Análisis completa

148,70

27. Determinación analítica ordinària

10,35

Leche

 

28. Análisis química

128,30

29. Análisis microbiológico

40,65

30. Análisis microbiológico de leche esterilizada

66,65

31. Determinación analítica ordinária

7,35

32. Determinación de grasa y densidad

15,80

33. Determinación analítica por cromatografía de gases

 

37,75

Otros tipos de leche

 

34. Por cada determinación

4,05

Productos lácteos (queso, requesón, etc.)

 

35. Análisis química

74,05

36. Análisis microbiológica

70,65

37. Análisis completa

144,70

38. Determinación analítica ordinária

11,05

39. Determinación analítica por cromatografia de gases

 

37,50

Piensos

 

40. Análisis química

194,70

41. Una determinación

27,80

42. Análisis microbiológica

107,10

43. Una determinación

17,80

44. Determinación del índice de acidez

10,55

45. Determinación analítica ordinária

49,75

Carne

 

46. Análisis químico

196,70

47. Análisis microbiológico

109,75

48. Una determinación analítica

23,60

Productos cárnicos tratados con calor

 

49. Análisis químico

311,40

50. Análisis microbiológico

141,10

51. Análisis completo

452,55

52. Determinación analítica ordinária

17,35

Productos carnicos crudos curados

 

53. Análisis químico

252,75

54. Análisis microbiológico

113,00

55. Análisis completo

365,75

56. Determinación analítica ordinaria

14,55

Pescado, crustáceos, moluscos, marisco y huevos

 

57. Análisis microbiológico

112,85

   58. Determinación analítico ordinario

18,70

Aceites y grasas

 

59. Análisis químico

213,05

60. Determinación de grasas extrañas por cromotografía de gases

 

49,95

61. Análisis completo

263,00

62. Determinación analítico ordinario

21,85

Miel y azúcares

 

63. Análisis químico

136,10

64. Análisis microbiológico

44,15

65. Análisis completo

180,25

66. Determinación analítica ordinária

15,00

Chocolate y cacao en polvo

 

67. Análisis químico

187,70

68. Análisis microbiológico

67,25

69. Determinación de grasas extrañas por cromatografia de gases

 

81,35

70. Análisis completo

255,00

71. Determinación analítica ordinaria

15,90

Sal y condimentos

 

72. Análisis de pureza y condiciones para el consumo

107,95

73. Determinación analítica ordinaria

13,50

Hortalizas, verduras, conservas y semiconservas

 

74. Análisis microbiológico

El precio total será igual al precio del análisis microbiológico más el precio de conservantes multiplicado por el número de conservantes determinados

100,30

Aguardientes, licores y aperitivos

 

75. Análisis químico

235,85

76. Determinación analítica ordinaria

13,85

77. Determinacinó de proteínas o nitrógeno

19,65

78. Determinación de Bacillus cereus

16,15

Lactobacillus

 

79. Recuento

14,45

80. Identificación de lactobacillus

51,35

81. Pseudomona aeruginosa

16,55

Helados

 

82. Análisis químico

41,95

83. Análisis microbiológico

40,00

84. Enterotoxina estafilocòcica

64,50

85. Enterotoxina d’E.Colt

40,50

86. Identificación de la salmonela enterica

64,60

87. Determinación de la salmonela enterica

51,45

88. Determinación de aeromonas

40,25

89. Determinación de aflatoxinas

45,20

90. Determinación del grado de frescor de un pescado

32,00

91. Determinación de Lysteria

60,65

Determinación de plaguicidas en aguas

 

92. Determinación de plaguicidas

35,85

93. Identificación de plaguicidas

53,20

94. Determinación de plaguicidas en verduras

90,55

95. Determinación de la actividad del agua

56,35

 

 

 

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR SERVICIOS DE TEMPORADA EN LAS ZONAS DELIMITADAS DE LAS PLAYAS DEL TÉRMINO MUNICIPAL

 

Concepto 341,04

 

TEXTO QUE SE MODIFICA

 

ARTICULO 3. Cuantía.

 

1. ………………………...

 

2. La tarifa de este precio público será la siguiente:

 

 

Preu

IVA 18%

Total

1. Hamacas, por día

4,42

0,93

5,35

2. Sombrillas, por día

4,42

0,93

5,35

3. Velomares normales, por hora

6,12

1,29

7,41

3. Velomares grandes, por hora

9,13

1,92

11,05

4. Tablas de surf, por hora

10,17

2,14

12,31

5. Esquí náutico, por quince minutos

20,91

4,39

25,30

6. Esquí bus, por recorrido en la playa

7,77

1,63

9,40

 

 

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN LA ESCUELA MUNICIPAL DE FORMACIÓN

 

TEXTO QUE SE MODIFICA

 

Article 3.- Quantia

 

1.  ...............

 

2. La tarifa de este precio público será el siguiente:

 

Profesorado :

 

 

 

Fuera de

servicio €

En hora de servicio €

Personal docente con titulación universitaria, por hora

 

101,87

 

50,42

Personal especializado y con experiencia, por hora

 

82,45

 

41,92

Monitor, por hora

57,83

39,20

Personal de fuera de la isla, por hora

128,39

------

Coordinador, por hora

35,54

------

Conferencia (F)

289,64

 

Mesa Redonda

115,62

 

Utilitzación de instalaciones:

Euros

 

Salas multiusos A y F (capacidad máxima, 25 personas), por hora

 

12,72

 

Sala de informática (capacidad máxima, 16 personas), por hora

21,22

 

Gimnasio, por día

74,26

 

Salas D, E, G y H (capacidad máxima, 30 personas) por hora

15,91

 

Sala multiusos grande (capacidad máxima, 60 personas- aulas D+E), por hora

 

31,83

 

Sala de juntas/conferencias (capacidad máxima, 20 personas), por hora

 

10,61

 

Galería de tiro:

 

 

- por hora y línea de tiro

15,91

 

- munición, por cartucho

0,52

 

Cesión de medios audiovisuales, por hora

26,52

 

Galeria de simulación (capacidad máxima, 4 personas), por hora

58,35

 

Motocicleta, por hora o fracción

11,69

 

Sala de Informática Pl. Santa Eulália (capacidad máxima, 8 personas), por hora

 

21,22

 

Por cada hora de utilización fuera del horario habitual del centro

21,22

 

Equipamiento de bomberos:

 

 

Prácticas con extintor, por extintor

33,94

 

Prácticas con bombona de propanito

20,14

 

DEA (desfibrilador automático) por persona

11,69

 

Simulador de incendios, por simulación

74,26

 

Flash Over, por hora

32,34

 

 

Lo que se publica para que se tenga conocimiento general y a los efectos oportunos, y se comunica que, conforme a lo que dispone el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, contra el acuerdo definitivo de modificación de la mencionada ordenanza, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOIB. No obstante, y con carácter previo y potestativo, se puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación en el BOIB.

 

 

Palma, 20 de diciembre de 2012

 

El jefe del departamento, por delegación

Decreto de alcaldía núm. 22906 de 01/12/2011

(BOIB núm. 187 de 15/12/2011)

Xavier Calafat Rotger