Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 24862
Publicación del Acuerdo del Pleno del Consell Insular de Formentera de día 30 de noviembre de 2012 de aprobación inicial de la modificación puntual núm. 1 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del Municipio de Formentera para su adaptación a la normativa supramunicipal y apertura del plazo de información pública.
Por acuerdo del Pleno del Consell Insular de Formentera, en sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2012 se acordó la aprobación inicial de la modificación puntual de las normas subsidiarias de Formentera y la apertura del trámite de información pública, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado segundo de este acuerdo plenario, se hace público que el mencionado documento permanecerá expuesto al público en las dependencias del Consell Insular de Formentera, Conselleria de Territorio, durante un plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de última publicación de este edicto, para que cualquier persona pueda formular las alegaciones que estime convenientes.
La documentación integrante de la presente modificación puntual de las Normas Subsidiarias podrá ser consultada en los servicios de la Conselleria de Territorio de este Consell, ubicados en la sede del Consell Insular de Formentera, plaza de la Constitución, núm. 1, primera planta, Formentera. Asimismo, la documentación podrá ser consultada a través de internet, accediendo a la siguiente página web: http://www.consellinsulardeformentera.cat.
Seguidamente se publica el acuerdo plenario.
El Pleno del Consell Insular de Formentera, en sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2012, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
«Primero. - Aprobar inicialmente la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de de Formentera, con las modificaciones que constan en su memoria y Anexos I y II (de planos y texto definitivo respectivamente).
Segundo. - Someter la presente modificación puntual de las Normas Subsidiarias al trámite de información pública, mediante su publicación en el BOIB y en uno de los diarios de mayor tirada de la isla, así como su exposición en el Tablón de anuncios de la corporación, durante el plazo mínimo de un mes, para que los interesados puedan presentar sugerencias y alegaciones.
Tercero. - Solicitar en idéntico plazo, en relación con el ámbito de las competencias respectivas, al Gobierno de las Islas Baleares, y a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma sin perjuicio de que también puedan ser consultados los organismos y las entidades de carácter supramunicipal que su parecer se considere relevante.
Cuarto. - Conceder audiencia en este plazo a las asociaciones vecinales y de defensa de los consumidores y usuarios en el ámbito territorial de Formentera, que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales, las finalidades de las cuales tengan relación directa con el objeto de la disposición. »
El Presidente del Consell Insular de Formentera,
Jaume Ferrer Ribas
Formentera, 17 de diciembre de 2012.